Legislación › Decreto-ley 1/2024, de 19 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda.
Artículo 2. Emergencia habitacional.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de febrero de 2024 y la del 12 de marzo de 2024.
Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras).
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Artículo 2. Declaración de emergencia Emergencia habitacional.
La situación de emergencia habitacional que justifica esta disposición se declara de interés general excepcional a los efectos de prevalecer sobre su consideración en la aplicación de cualquier norma autonómica que sea de aplicación en necesaria para la ejecución de las medidas que se establecen.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de julio de 2024 En vigor | BOE-A-2025-4912 | Leer | Qué cambió |
| 12 de marzo de 2024 | BOE-A-2024-14313 | Leer | Qué cambió |
| 20 de febrero de 2024 | Texto original | Leer |


