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Legislación › Decreto-ley 1/2024, de 19 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda.

Artículo 2. Emergencia habitacional.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de marzo de 2024 y la del 31 de julio de 2024. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

Artículo 2. Emergencia habitacional.
La situación de emergencia habitacional que justifica esta disposición se declara de interés general excepcional a los efectos de su consideración en la aplicación de cualquier norma autonómica que sea necesaria para la ejecución las medidas que se establecen.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de julio de 2024 En vigor BOE-A-2025-4912 Leer Qué cambió
12 de marzo de 2024 BOE-A-2024-14313 Leer Qué cambió
20 de febrero de 2024 Texto original Leer

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