Legislación › Decreto-ley 1/2024, de 19 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda.
Disposición adicional tercera. Adaptación del planeamiento urbanístico a la modificación efectuada por la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de febrero de 2024 y la del 23 de abril de 2025.
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Disposición adicional tercera. Adaptación del planeamiento urbanístico a la modificación efectuada por la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
La reserva para vivienda protegida exigida en el artículo 20.1.b) del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, en la redacción dada por la disposición final cuarta de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, se aplicará a todos los instrumentos de ordenación urbanística y a todas las modificaciones de planeamiento, sustanciales o menores, cuyo procedimiento de aprobación se inicie con posterioridad a la entrada en vigor de este decreto-ley. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de abril de 2025 En vigor | BOE-A-2025-11961 | Leer | Qué cambió |
| 20 de febrero de 2024 | Texto original | Leer |
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