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Legislación › Orden EFD/42/2024, de 25 de enero, por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas.

Disposición adicional séptima. Derechos de las personas con discapacidad.

Disposición adicional séptima. Derechos de las personas con discapacidad.

Las federaciones deportivas españolas, a través de sus órganos electorales, deberán adoptar las medidas técnicas u organizativas necesarias para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas electoras y elegibles cuando tengan alguna discapacidad reconocida.

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