Legislación › Orden PJC/756/2024, de 22 de julio, por la que se delimitan las actuaciones a realizar en los servicios de control oficial en frontera dependientes funcionalmente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y del Ministerio de Sanidad.
Disposición transitoria única. Despliegue efectivo del nuevo sistema de controles.
Disposición transitoria única. Despliegue efectivo del nuevo sistema de controles.
Sin perjuicio de lo previsto en la disposición final tercera, antes del día 1 de octubre de 2024 se llevarán a cabo todas las actuaciones necesarias para la adecuación de los medios informáticos, humanos y materiales al nuevo sistema implantado por esta orden, momento a partir del cual surtirá efectos y los controles se realizarán conforme a lo dispuesto en esta orden.
← Disposición derogatoria única Índice Disposición final primera →


