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Real Decreto 713/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula el Sistema Arbitral de Consumo.
En vigor Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 · Publicada el 24 de julio de 2024 · Último cambio el 24 de julio de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo único. Aprobación del Reglamento.
- Disposición adicional única. Protección de datos de carácter personal.
- Disposición transitoria única. Procedimientos arbitrales y de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo iniciados antes de la entrada en vigor de este real decreto.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Aplicación supletoria.
- Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo normativo.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]
- REGLAMENTO
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Composición del Sistema Arbitral de Consumo.
- Sección 1
- Artículo 4. Naturaleza de las Juntas Arbitrales de Consumo.
- Artículo 5. Composición de las Juntas Arbitrales de Consumo.
- Artículo 6. Funciones de las Juntas Arbitrales de Consumo.
- Artículo 7. Ámbito competencial de las Juntas Arbitrales de Consumo.
- Sección 2
- Artículo 8. Naturaleza de los órganos arbitrales.
- Artículo 9. Propuesta y listado de árbitros acreditados.
- Artículo 10. Acreditación de los árbitros.
- Artículo 11. Retirada de la acreditación de los árbitros y baja en el listado correspondiente.
- Artículo 12. Órganos arbitrales unipersonales.
- Artículo 13. Órganos arbitrales colegiados.
- Artículo 14. Designación de los órganos arbitrales.
- Artículo 15. Abstención y recusación de los órganos arbitrales.
- Sección 3
- Artículo 16. Naturaleza de la Comisión de Juntas Arbitrales de Consumo.
- Artículo 17. Composición y funcionamiento de la Comisión de Juntas Arbitrales de Consumo.
- Artículo 18. Funciones de la Comisión de Juntas Arbitrales de Consumo.
- Sección 4
- Artículo 19. Naturaleza del Consejo del Sistema Arbitral de Consumo.
- Artículo 20. Composición del Consejo del Sistema Arbitral de Consumo.
- Artículo 21. Funcionamiento del Consejo del Sistema Arbitral de Consumo.
- Artículo 22. Funciones del Consejo del Sistema Arbitral de Consumo.
- CAPÍTULO III
- Artículo 23. Formalización del convenio arbitral.
- Artículo 24. Oferta pública de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo.
- Artículo 25. Competencia para resolver sobre las ofertas públicas de adhesión.
- Artículo 26. Resolución sobre la oferta pública de adhesión y concesión del distintivo de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo.
- Artículo 27. Base de datos de empresarios adheridos al Sistema Arbitral de Consumo.
- Artículo 28. Denuncia de la oferta pública de adhesión.
- Artículo 29. Baja en las bases de datos de empresarios adheridos al Sistema Arbitral de Consumo.
- Artículo 30. Fomento de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 31. Principios generales del procedimiento.
- Artículo 32. Presentación de solicitudes de arbitraje.
- Artículo 33. Determinación de la competencia territorial de la Junta Arbitral de Consumo.
- Artículo 34. Verificación del contenido de la solicitud de arbitraje.
- Artículo 35. Admisión e inadmisión de las solicitudes de arbitraje.
- Artículo 36. Comprobación de existencia de convenio arbitral, traslado de la solicitud de arbitraje y contestación.
- Artículo 37. Inicio del procedimiento arbitral.
- Artículo 38. Elevación a laudo conciliatorio del acuerdo alcanzado entre las partes.
- Artículo 39. Traslado de la documentación a las partes.
- Artículo 40. Reconvención del empresario y modificación de la pretensión por el consumidor o usuario.
- Artículo 41. Audiencia.
- Artículo 42. Prueba.
- Artículo 43. Falta de comparecencia e inactividad de las partes.
- Artículo 44. Terminación de actuaciones y emisión del laudo arbitral.
- Artículo 45. Plazo para la emisión y notificación del laudo arbitral.
- ANEXO


