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Real Decreto 713/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula el Sistema Arbitral de Consumo.

En vigor Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 · Publicada el 24 de julio de 2024 · Último cambio el 24 de julio de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. Artículo único. Aprobación del Reglamento.
  3. Disposición adicional única. Protección de datos de carácter personal.
  4. Disposición transitoria única. Procedimientos arbitrales y de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo iniciados antes de la entrada en vigor de este real decreto.
  5. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  6. Disposición final primera. Título competencial.
  7. Disposición final segunda. Aplicación supletoria.
  8. Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo normativo.
  9. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  10. [firma]
  11. REGLAMENTO
  12. CAPÍTULO I
  13. Artículo 1. Objeto.
  14. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  15. CAPÍTULO II
  16. Artículo 3. Composición del Sistema Arbitral de Consumo.
  17. Sección 1
  18. Artículo 4. Naturaleza de las Juntas Arbitrales de Consumo.
  19. Artículo 5. Composición de las Juntas Arbitrales de Consumo.
  20. Artículo 6. Funciones de las Juntas Arbitrales de Consumo.
  21. Artículo 7. Ámbito competencial de las Juntas Arbitrales de Consumo.
  22. Sección 2
  23. Artículo 8. Naturaleza de los órganos arbitrales.
  24. Artículo 9. Propuesta y listado de árbitros acreditados.
  25. Artículo 10. Acreditación de los árbitros.
  26. Artículo 11. Retirada de la acreditación de los árbitros y baja en el listado correspondiente.
  27. Artículo 12. Órganos arbitrales unipersonales.
  28. Artículo 13. Órganos arbitrales colegiados.
  29. Artículo 14. Designación de los órganos arbitrales.
  30. Artículo 15. Abstención y recusación de los órganos arbitrales.
  31. Sección 3
  32. Artículo 16. Naturaleza de la Comisión de Juntas Arbitrales de Consumo.
  33. Artículo 17. Composición y funcionamiento de la Comisión de Juntas Arbitrales de Consumo.
  34. Artículo 18. Funciones de la Comisión de Juntas Arbitrales de Consumo.
  35. Sección 4
  36. Artículo 19. Naturaleza del Consejo del Sistema Arbitral de Consumo.
  37. Artículo 20. Composición del Consejo del Sistema Arbitral de Consumo.
  38. Artículo 21. Funcionamiento del Consejo del Sistema Arbitral de Consumo.
  39. Artículo 22. Funciones del Consejo del Sistema Arbitral de Consumo.
  40. CAPÍTULO III
  41. Artículo 23. Formalización del convenio arbitral.
  42. Artículo 24. Oferta pública de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo.
  43. Artículo 25. Competencia para resolver sobre las ofertas públicas de adhesión.
  44. Artículo 26. Resolución sobre la oferta pública de adhesión y concesión del distintivo de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo.
  45. Artículo 27. Base de datos de empresarios adheridos al Sistema Arbitral de Consumo.
  46. Artículo 28. Denuncia de la oferta pública de adhesión.
  47. Artículo 29. Baja en las bases de datos de empresarios adheridos al Sistema Arbitral de Consumo.
  48. Artículo 30. Fomento de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo.
  49. CAPÍTULO IV
  50. Artículo 31. Principios generales del procedimiento.
  51. Artículo 32. Presentación de solicitudes de arbitraje.
  52. Artículo 33. Determinación de la competencia territorial de la Junta Arbitral de Consumo.
  53. Artículo 34. Verificación del contenido de la solicitud de arbitraje.
  54. Artículo 35. Admisión e inadmisión de las solicitudes de arbitraje.
  55. Artículo 36. Comprobación de existencia de convenio arbitral, traslado de la solicitud de arbitraje y contestación.
  56. Artículo 37. Inicio del procedimiento arbitral.
  57. Artículo 38. Elevación a laudo conciliatorio del acuerdo alcanzado entre las partes.
  58. Artículo 39. Traslado de la documentación a las partes.
  59. Artículo 40. Reconvención del empresario y modificación de la pretensión por el consumidor o usuario.
  60. Artículo 41. Audiencia.
  61. Artículo 42. Prueba.
  62. Artículo 43. Falta de comparecencia e inactividad de las partes.
  63. Artículo 44. Terminación de actuaciones y emisión del laudo arbitral.
  64. Artículo 45. Plazo para la emisión y notificación del laudo arbitral.
  65. ANEXO