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Real Decreto 718/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad.

En vigor Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública · Publicada el 24 de julio de 2024 · Último cambio el 11 de diciembre de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. Artículo 1. Organización general del Departamento.
  4. Artículo 2. Secretaría de Estado de Sanidad.
  5. Artículo 3. La Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud.
  6. Artículo 4. Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud. 2 redacciones · cambió el 11/12/2025
  7. Artículo 5. Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia. 2 redacciones · cambió el 11/12/2025
  8. Artículo 6. Dirección General de Ordenación Profesional.
  9. Artículo 7. Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.
  10. Artículo 8. Dirección General de Salud Digital y Sistemas de Información para el Sistema Nacional de Salud.
  11. Artículo 9. Subsecretaría de Sanidad. 2 redacciones · cambió el 11/12/2025
  12. Artículo 10. Secretaría General Técnica.
  13. Artículo 11. El Comisionado de Salud Mental.
  14. Disposición adicional primera. Supresión de órganos.
  15. Disposición adicional segunda. Referencias a órganos suprimidos.
  16. Disposición adicional tercera. Delegación de competencias.
  17. Disposición adicional cuarta. Suplencia de las personas titulares de los órganos superiores y directivos.
  18. Disposición adicional quinta. Organismo autónomo Instituto de Salud Carlos III.
  19. Disposición adicional sexta. Consolidación de las Unidades TIC.
  20. Disposición adicional séptima. Prestación de servicios de tecnologías digitales en el ámbito sanitario.
  21. Disposición adicional octava. Modificaciones presupuestarias.
  22. Disposición transitoria única. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General.
  23. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  24. Disposición final primera. Autorización para la modificación de la regulación o supresión de los órganos colegiados, grupos y comisiones de trabajo ministeriales.
  25. Disposición final segunda. Facultades de desarrollo normativo.
  26. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  27. [firma]