Legislación › Ley 3/2024, de 3 de mayo, de medidas urgentes en materia de vivienda.
Disposición final segunda. Modificación de las normas de la disposición adicional decimosegunda de esta ley.
Disposición final segunda. Modificación de las normas de la disposición adicional decimosegunda de esta ley.
Se faculta al Gobierno para modificar, mediante un decreto, las normas de funcionamiento del Registro autonómico de viviendas de precio limitado.
← Disposición final primera Índice Disposición final tercera →


