Legislación › Real Decreto 615/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I.
Artículo 24 bis. Subdirección General de Transparencia e integridad de las actividades de los Grupos de Interés.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de agosto de 2026 y la del 18 de septiembre de 2026.
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Artículo 24 bis. Subdirección General de Transparencia e integridad de las actividades de los Grupos de Interés.
La Subdirección General de Transparencia e integridad de las actividades de los Grupos de Interés tiene encomendadas las siguientes funciones: (Sin efecto)
a) Gestión, seguimiento y supervisión del registro público y obligatorio de Grupos de Interés, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-ley 21/2026, de 25 de agosto, de transparencia e integridad de las actividades de los grupos de interés.
b) Instrucción de los procedimientos sancionadores aplicables a los grupos de interés, de acuerdo con lo definido en el Real Decreto-ley 21/2026, de 25 de agosto, de transparencia e integridad de las actividades de los grupos de interés.
c) Aquellas otras que le sean encomendadas por la Presidencia del Consejo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de septiembre de 2026 En vigor | BOE-A-2026-19419 | Leer | Qué cambió |
| 27 de agosto de 2026 | BOE-A-2026-18148 | Leer |


