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Legislación › Orden APA/1043/2024, de 30 de septiembre, por la que se establecen medidas específicas de protección y control frente al serotipo 3 del virus de la lengua azul en España.

ANEXO

Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de noviembre de 2024 y la del 1 de diciembre de 2024. Tachado: lo que se quitó (10 palabras). Subrayado: lo que se añadió (22 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO
Zona restringida Restringida
Se considerará zona restringida frente al serotipo 3 del virus de la lengua azul los siguientes territorios:
1. En la Comunidad Autónoma de Andalucía:
– Las provincias de Huelva, Sevilla, Córdoba, Cádiz y Málaga.
– En la provincia de Jaén, las comarcas de Andújar (Sierra Morena/Campiña Jaén), Jaén (Campiña de Jaén), Linares (Sierra Morena/Campiña Jaén) y Úbeda (La Loma).
2. La Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. En la Comunidad Autónoma de Castilla y León:
a) En la provincia de Ávila: las comarcas de El Barco de Ávila, Arenas de San Pedro, Candeleda, Piedrahíta, Navarredonda de Gredos, Navaluenga, Sotillo de la Adrada, El Barraco, Cebreros, Las Navas del Marqués y Ávila.
b) En la provincia de Salamanca: las comarcas de Béjar, Ciudad Rodrigo, Guijuelo, Tamames y Sequeros.
4. En la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha:
a) La provincia de Toledo.
b) La provincia de Ciudad Real.
5. c) En la Comunidad provincia de Madrid: Cuenca: las comarcas de El Escorial, San Martín Tarancón y Belmonte.
d) En la provincia
de Valdeiglesias Guadalajara: las comarcas de Pastrana y Navalcarnero. Guadalajara.
5. La Comunidad de Madrid.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de diciembre de 2024 En vigor BOE-A-2024-26057 Leer Qué cambió
1 de diciembre de 2024 BOE-A-2024-25037 Leer Qué cambió
26 de noviembre de 2024 BOE-A-2024-24559 Leer Qué cambió
8 de noviembre de 2024 BOE-A-2024-23167 Leer Qué cambió
19 de octubre de 2024 BOE-A-2024-21373 Leer Qué cambió
2 de octubre de 2024 Texto original Leer

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