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Orden HAC/66/2024, de 25 de enero, por la que se aprueban las normas de desarrollo de las marcas fiscales previstas para todas las labores de tabaco.
En vigor Ministerio de Hacienda · Publicada el 2 de febrero de 2024 · Último cambio el 13 de octubre de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Marcas fiscales para labores del tabaco.
- Artículo 2. Aprobación del modelo 515.
- Artículo 3. Procedimiento para la autorización y entrega física de las marcas fiscales.
- Artículo 4. Contabilidad de marcas fiscales.
- Artículo 5. Marcas fiscales para labores del tabaco destinadas para las ventas por tiendas libres de impuestos a viajeros con destino al ámbito territorial comunitario, o con destino a terceros países y las entregas para el consumo o venta a bordo en buques o aeronaves con destino a terceros países o territorios.
- Disposición adicional primera. Tratamiento de datos personales.
- Disposición adicional segunda. Declaración de existencias y destrucción de marcas fiscales.
- Disposición transitoria primera. Mantenimiento de la validez de determinadas marcas fiscales.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio para labores del tabaco distintas de los cigarrillos y picadura para liar.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios.
- Disposición final segunda. Modificación de la Orden HAC/1271/2019, de 9 de diciembre, por la que se aprueban las normas de desarrollo de lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, sobre marcas fiscales previstas para bebidas derivadas.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III


