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Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 6 de noviembre de 2024 · Último cambio el 28 de febrero de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Cooperación entre Administraciones Públicas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Ayudas destinadas a paliar daños personales, daños materiales en vivienda y enseres, y en establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, y por prestaciones personales o de bienes de personas físicas o jurídicas. 3 redacciones · cambió el 29/11/2024
- Artículo 3 bis. Anticipos a cuenta. 2 redacciones · cambió el 29/11/2024
- Artículo 4. Régimen de ayudas a corporaciones locales. 4 redacciones · cambió el 29/01/2025
- Artículo 5. Régimen de ayudas a entidades locales para las obras de reparación, restitución, reconstrucción, mejora y ampliación de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal o provincial. 4 redacciones · cambió el 19/02/2026
- Artículo 6. Excepciones a la aplicación de la franquicia prevista en el artículo 9 del Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios, aprobado por el Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero.
- Artículo 7. Tramitación por el Consorcio de Compensación de Seguros de las indemnizaciones por el seguro de riesgos extraordinarios en el caso de daños a las personas.
- CAPÍTULO III
- Artículo 8. Suspensión de los plazos para los obligados tributarios y para el cómputo de la duración máxima en los procedimientos tramitados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por los Tribunales económico-administrativos, y extensión de los plazos de presentación e ingreso de declaraciones y autoliquidaciones. 2 redacciones · cambió el 12/11/2024
- Artículo 9. Inembargabilidad de las ayudas.
- Artículo 10. Medidas en materia catastral en el ámbito de competencias de la Dirección General del Catastro.
- Artículo 11. Línea de ayudas directas a empresas y profesionales especialmente afectados por la DANA. 7 redacciones · cambió el 28/02/2026
- Artículo 12. Beneficios fiscales. 3 redacciones · cambió el 29/11/2024
- Artículo 13. Reducciones fiscales especiales para las actividades agrarias.
- Artículo 14. Inversiones realizadas para reparar los daños consecuencia de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) a que se refiere el Acuerdo de Consejo de Ministros de 5 de noviembre de 2024.
- Artículo 15. Financiación por el Fondo de Financiación a Entidades Locales.
- Artículo 16. Período de ingreso del segundo plazo de Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas del ejercicio 2023.
- Artículo 17. Excepciones a la extensión de plazos para presentar e ingresar ciertas declaraciones tributarias.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 18. Exenciones en la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta. 2 redacciones · cambió el 12/11/2024
- Artículo 19. Aplazamiento y moratoria en el pago de la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta. 2 redacciones · cambió el 12/11/2024
- Artículo 20. Ampliación del plazo reglamentario de ingreso de las cuotas de Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta.
- Artículo 21. Suspensión de los procedimientos de recaudación de las cuotas de Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta.
- Artículo 22. Ampliación del plazo de ingreso de cuotas devengadas con anterioridad a la catástrofe natural.
- Artículo 23. Ampliación del plazo para solicitar bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social.
- Artículo 24. Medidas para los trabajadores por cuenta propia. 3 redacciones · cambió el 29/11/2024
- Artículo 25. Consideración excepcional como situación asimilada a accidente de trabajo de los procesos de incapacidad temporal, y pensiones de incapacidad permanente, muerte y supervivencia. 3 redacciones · cambió el 29/11/2024
- Artículo 26. Medidas para la tramitación de determinados procedimientos de las entidades gestoras de la Seguridad Social.
- Artículo 27. Incremento extraordinario en la prestación del ingreso mínimo vital.
- Artículo 27 bis. Ampliación del plazo de solicitud del reconocimiento del derecho de la prestación del ingreso mínimo vital.
- Artículo 28. Incremento extraordinario en las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.
- CAPÍTULO V
- Sección 1
- Artículo 29. Aprobación de una línea de avales para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación otorgada por entidades financieras a hogares, empresas y autónomos. 3 redacciones · cambió el 29/11/2024
- Artículo 30. Régimen de cobranza y garantías. 2 redacciones · cambió el 12/11/2024
- Artículo 30 bis. Novación de las operaciones de financiación avaladas.
- Sección 2
- Artículo 31. Objeto.
- Artículo 32. Ámbito de aplicación. 2 redacciones · cambió el 12/11/2024
- Artículo 33. Fiadores, avalistas e hipotecantes no deudores.
- Artículo 34. Acreditación de las condiciones de pertenencia al ámbito de aplicación.
- Artículo 35. Solicitud de las moratorias.
- Artículo 36. Concesión de las moratorias. 2 redacciones · cambió el 12/11/2024
- Artículo 37. Efectos de la moratoria. 2 redacciones · cambió el 12/11/2024
- Artículo 38. Consecuencias de la aplicación indebida por el deudor de las medidas para la reestructuración de la deuda con o sin garantía hipotecaria.
- Artículo 39. Régimen de supervisión y sanción.
- Artículo 40. Otorgamiento unilateral por el acreedor de los instrumentos notariales en que se formaliza la ampliación de plazo derivada de la moratoria legal de los préstamos o créditos garantizados con hipoteca o mediante otro derecho inscribible distinto.
- CAPÍTULO VI
- Sección 1
- Artículo 41. Agilización judicial.
- Artículo 42. Prestación de servicios a distancia en los órganos judiciales.
- Artículo 43. Medidas en el ámbito notarial.
- Artículo 44. Medidas en el ámbito registral.
- Artículo 45. Medidas en el ámbito del Registro Civil.
- Sección 2
- Artículo 46. Ejercicio del derecho de desistimiento u otros derechos establecidos contractualmente.
- Artículo 47. Obligaciones derivadas de contratos afectados por la DANA.
- Artículo 48. Forma y plazos para el ejercicio de derechos.
- Disposición adicional primera. Imputación presupuestaria de los gastos asociados a las medidas urgentes para paliar los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) que ha afectado a amplias zonas de la Península y Baleares entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
- Disposición adicional segunda. Créditos presupuestarios. 2 redacciones · cambió el 12/11/2024
- Disposición adicional tercera. Presentación de solicitudes.
- Disposición adicional cuarta. Registro de las ayudas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
- Disposición adicional quinta. Régimen de contratación de determinadas obras.
- Disposición adicional sexta. Medidas de gestión de residuos.
- Disposición adicional séptima. Medidas aplicables a las autorizaciones de vertidos al dominio público hidráulico.
- Disposición adicional octava. Creación del Mecanismo Nacional de Respuesta y Reconstrucción frente a la DANA en Valencia.
- Disposición adicional novena. Excepción de la obligación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.
- Disposición adicional décima. Suspensión de plazos procesales.
- Disposición adicional undécima. Plazo del deber de solicitud de concurso.
- Disposición adicional duodécima. Suspensión de plazos de prescripción y caducidad.
- Disposición adicional decimotercera. Obtención de información en la CIRBE.
- Disposición transitoria única. Aplicación de determinadas medidas del real decreto-ley.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Disposición final segunda. Modificación del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre.
- Disposición final tercera. Títulos competenciales.
- Disposición final cuarta. Facultades de desarrollo.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO
- Información relacionada


