LexTotal

Legislación › Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

Artículo 60. Actuaciones de restauración hidrológico-forestal del dominio público hidráulico.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de noviembre de 2024 y la del 30 de octubre de 2025. Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (20 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 60. Actuaciones de restauración hidrológico-forestal fuera del dominio público hidráulico.
En los municipios del anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, y hasta el 31 de diciembre de 2026, 2027, se declaran de interés general las actuaciones de restauración hidrológico-forestal fuera del dominio público hidráulico. hidráulico y las actuaciones de recuperación ecológica de la Albufera, como consecuencia de los daños producidos por la DANA. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico colaborará con los órganos competentes de las Comunidades Autónomas para la determinación de dichas actuaciones de restauración. A dichas actuaciones les será de aplicación la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de octubre de 2025 En vigor BOE-A-2025-21725 Leer Qué cambió
13 de noviembre de 2024 Texto original Leer

← Artículo 59 Índice Artículo 61 →