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Real Decreto 1247/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba la transformación de la sociedad mercantil estatal SEPI Desarrollo Empresarial, SA, S.M.E., en la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial Entidad Pública Empresarial, y se aprueba su Estatuto.
En vigor Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · Publicada el 11 de diciembre de 2024 · Último cambio el 11 de diciembre de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Transformación de la sociedad mercantil estatal SEPI Desarrollo Empresarial en la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial Entidad Pública Empresarial.
- Artículo 3. Aprobación de los Estatutos de la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial.
- Disposición adicional primera. Inicio de la actividad de SEPIDES E.P.E. y extinción de SEPIDES, SA, S.M.E.
- Disposición adicional segunda. Subrogación en la participación de las sociedades filiales de SEPIDES, SA, S.M.E.
- Disposición adicional tercera. Integración de SEPIDES E.P.E. en el grupo SEPI.
- Disposición adicional cuarta. Gestión de ayudas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia por la entidad SEPIDES E.P.E.
- Disposición adicional quinta. Clasificación de SEPIDES E.P.E.
- Disposición transitoria única. Adaptación de órganos y operaciones contables.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Referencias normativas a SEPIDES, SA, S.M.E.
- Disposición final segunda. Facultades de desarrollo normativo.
- Disposición final tercera. Modificación de los Estatutos del Organismo Autónomo Parque Móvil del Estado, O.A., aprobados por Real Decreto 663/2022, de 1 de agosto.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]
- ESTATUTOS
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Naturaleza jurídica y adscripción.
- Artículo 2. Régimen jurídico y potestades administrativas.
- Artículo 3. Domicilio y sede.
- Artículo 4. Impugnación de sus actos.
- Artículo 5. Participación en sociedades.
- CAPÍTULO II
- Artículo 6. Fines.
- Artículo 7. Funciones y competencias.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 8. Órganos de Gobierno y ejecutivos.
- Sección 2
- Artículo 9. La Presidencia.
- Artículo 10. El Consejo Rector.
- Artículo 11. Funciones del Consejo Rector.
- Artículo 12. Funcionamiento del Consejo Rector.
- Artículo 13. Comisiones Delegadas.
- Sección 3
- Artículo 14. La Secretaría General y del Consejo.
- Artículo 15. El Comité de Dirección.
- Artículo 16. Comité de Evaluación.
- Artículo 17. Asistencia jurídica.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 18. Patrimonio: Régimen jurídico y normas generales.
- Artículo 19. Gestión patrimonial.
- Artículo 20. Inventario.
- CAPÍTULO V
- Artículo 21. Competencias en materia de personal.
- Artículo 22. Personal directivo.
- Artículo 23. Personal laboral y funcionarios.
- Artículo 24. Incompatibilidades.
- Artículo 25. Régimen retributivo de máximos responsables y directivos.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 26. Recursos de la entidad.
- Artículo 27. Régimen de contratación.
- Artículo 28. Régimen de contabilidad, control económico-financiero y control de eficacia y supervisión continua.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 29. Presupuesto.
- Artículo 30. Ejercicio económico y cuentas anuales.
- Artículo 31. Financiación.
- Artículo 32. Efectividad de débitos de naturaleza pública.
- Artículo 33. Beneficios tributarios.


