Legislación › Orden PJC/1472/2024, de 26 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de diciembre de 2024, por el que se declara la activación del Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo, de conformidad con el artículo 47 bis del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, para el sector de la fabricación de vehículos de motor.
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Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2026 y la del 1 de julio de 2026.
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Téngase en cuenta que se declara la segunda prórroga de la activación del Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo para el sector de la fabricación de vehículos de motor, en su modalidad sectorial, que permanecerá activado entre el 1 de enero julio y el 30 31 de junio diciembre de 2026, perdiendo su vigencia y efectos el 30 31 de junio diciembre de 2026, con independencia de la fecha de la solicitud de la empresa, en la forma establecida por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 29 de diciembre junio de 2025, 2026, publicado por Orden PJC/1545/2025, PJC/654/2026, de 26 29 de diciembre. BOE-A-2025-27009 junio. BOE-A-2026-14115
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de julio de 2026 En vigor | BOE-A-2026-14115 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2026 | BOE-A-2025-27009 | Leer |


