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Real Decreto 203/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrollan aspectos relativos a la asignación gratuita de derechos de emisión para los años 2026-2030 y otros aspectos relacionados con el régimen de exclusión de instalaciones a partir de 2026.

En vigor Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico · Publicada el 28 de febrero de 2024 · Último cambio el 28 de febrero de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. CAPÍTULO II
  5. Artículo 2. Solicitudes de asignación gratuita de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en el periodo de asignación 2026-2030.
  6. Artículo 3. Requisitos de acreditación para la verificación de las solicitudes de asignación.
  7. Artículo 4. Plan metodológico de seguimiento.
  8. CAPÍTULO III
  9. Artículo 5. Solicitud de exclusión del régimen de comercio de derechos de emisión de hospitales e instalaciones de pequeño tamaño para el periodo de asignación 2026-2030.
  10. Artículo 6. Medida de mitigación considerada equivalente a la participación en el régimen de comercio de derechos de emisión.
  11. Artículo 7. Arrastre de cuota de emisiones en el periodo 2026-2030.
  12. Artículo 8. Entrega de derechos de emisión.
  13. Artículo 9. Solicitudes de asignación gratuita de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en el periodo de asignación 2026-2030 de las instalaciones de pequeño tamaño y hospitales.
  14. Artículo 10. Reintroducción en el régimen de comercio de derechos de emisión de los hospitales y de las instalaciones de pequeño tamaño.
  15. CAPÍTULO IV
  16. Artículo 11. Exclusión de instalaciones que emiten menos de 2.500 toneladas para el periodo 2026-2030.
  17. Artículo 12. Solicitudes de asignación gratuita de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en el periodo de asignación 2026-2030 de las instalaciones que emiten menos de 2.500 toneladas.
  18. Artículo 13. Aspectos relacionados con la reintroducción en el régimen de comercio de derechos de emisión.
  19. CAPÍTULO V
  20. Artículo 14. Obligaciones de las instalaciones excluidas.
  21. Artículo 15. Sistema de seguimiento, verificación y notificación.
  22. CAPÍTULO VI
  23. Artículo 16. Régimen sancionador.
  24. Disposición adicional primera. Tratamiento de la biomasa en relación con el seguimiento y la notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero para instalaciones fijas en el marco del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea.
  25. Disposición adicional segunda. Uso de los derechos de emisión entregados por las instalaciones excluidas para el cumplimiento de los compromisos contraídos en el marco de la Unión Europea y del Acuerdo de París.
  26. Disposición adicional tercera. Arrastre de cuota de emisiones entre periodos de asignación.
  27. Disposición final primera. Título competencial.
  28. Disposición final segunda. Desarrollo y aplicación.
  29. Disposición final tercera. Evaluación ex post.
  30. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  31. [firma]