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Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y se modifica el Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal.
En vigor Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública · Publicada el 28 de febrero de 2024 · Último cambio el 15 de abril de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- no 2 redacciones · cambió el 28/05/2025
- [preambulo] 2 redacciones · cambió el 28/05/2025
- Artículo 1. Organización general del departamento.
- Artículo 2. Secretaría de Estado de Justicia. 3 redacciones · cambió el 22/10/2025
- Artículo 3. Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia. 2 redacciones · cambió el 22/10/2025
- Artículo 4. Dirección General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia. 2 redacciones · cambió el 22/10/2025
- Artículo 5. Gerencias Territoriales del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. 2 redacciones · cambió el 22/10/2025
- Artículo 6. Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia.
- Artículo 7. Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
- Artículo 8. Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional.
- Artículo 9. Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales.
- Artículo 10. Dirección General de Relaciones con las Cortes. 2 redacciones · cambió el 09/03/2024
- Artículo 11. Dirección General de Asuntos Constitucionales y Coordinación Jurídica.
- Artículo 12. Subsecretaría de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. 4 redacciones · cambió el 15/04/2026
- Artículo 13. Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno.
- Artículo 14. Dirección General de Servicios. 4 redacciones · cambió el 22/10/2025
- Artículo 15. Dirección General de Libertad Religiosa. 2 redacciones · cambió el 15/04/2026
- Artículo 16. Abogacía General del Estado. 3 redacciones · cambió el 28/05/2025
- Disposición adicional primera. Supresión de órganos y unidades.
- Disposición adicional segunda. Referencias a órganos suprimidos.
- Disposición adicional tercera. Delegación de competencias.
- Disposición adicional cuarta. Suplencia de las personas titulares de los órganos directivos.
- Disposición adicional quinta. Consolidación de las unidades TIC.
- Disposición adicional sexta. Protección y tratamiento de datos personales.
- Disposición adicional séptima. División de Servicios Digitales Departamentales.
- Disposición adicional octava. Oficina de asistencia en materia de registros del extinto Ministerio de Justicia.
- Disposición adicional novena. Gestión económico financiera y de régimen interior de la Abogacía General del Estado y apoyo de la Subsecretaría.
- Disposición adicional décima. Control de anticipos de caja fija.
- Disposición adicional undécima. Comisiones de servicio.
- Disposición adicional duodécima. Delegación de competencias entre órganos del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y la Presidencia del Gobierno.
- Disposición adicional decimotercera. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio aplicable a las unidades y puestos de trabajo suprimidos del extinto Ministerio de Justicia.
- Disposición transitoria segunda. Régimen aplicable al control de cuentas no aprobadas.
- Disposición transitoria tercera. Régimen de funcionamiento de la Comisión de Publicidad y Comunicación Institucional.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Estatuto del Organismo Autónomo Centro de Estudios Jurídicos aprobado por el Real Decreto 312/2019, de 26 de abril.
- Disposición final segunda. Modificación de los Estatutos de la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P., aprobados por el Real Decreto 45/2021, de 26 de enero.
- Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal. 3 redacciones · cambió el 28/05/2025
- Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
- Disposición final quinta. Facultades de desarrollo normativo.
- Disposición final sexta. Órganos colegiados de alcance puramente ministerial.
- Disposición final séptima. Entrada en vigor.
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