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Legislación › Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

Artículo 4. Dirección General de Inteligencia Artificial.

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Artículo 4. Dirección General del Dato. de Inteligencia Artificial.
1. La Dirección General del Dato tendrá de Inteligencia Artificial tiene como misión el fomento impulso del uso despliegue de datos por las Administraciones Públicas, empresas y ciudadanos, así como la compartición inteligencia artificial y otras tecnologías habilitadoras digitales en espacios nuestro país, de datos interoperables, contribuyendo al desarrollo del mercado único digital para Europa, en coordinación con los departamentos ministeriales sectoriales competentes forma ética y en colaboración respetuosa con las Comunidades Autónomas los derechos de los ciudadanos, y Entidades Locales. En particular, llevará a cabo ejercerá las siguientes funciones: funciones siguientes:
a) La interlocución implementación y coordinación con los agentes representativos seguimiento de la economía del dato Estrategia española de Inteligencia Artificial, así como otros potenciales planes y la participación estrategias relativas a esta área, en colaboración con otros departamentos, órganos y organismos con competencias en esta materia.
b) La organización, coordinación y participación de
comisiones, grupos de trabajo y otros foros al dato de carácter técnico internacional o nacional, tanto públicos como privados, e incluyendo la representación nacional en el Comité Europeo ámbito de Innovación la inteligencia artificial y resto de Datos.
b) La coordinación,
tecnologías habilitadoras digitales, así como el seguimiento de las estrategias, planes, programas, y cualquiera otra iniciativa participación en materia iniciativas y foros relacionados con estas materias, en línea con las directrices estratégicas establecidas por la Secretaría de digitalización Estado de los distintos departamentos ministeriales y entidades dependientes, fomentando el diseño orientado al dato, su eficacia, eficiencia Digitalización e impacto, Inteligencia Artificial.
c) El desarrollo normativo, aspectos éticos y regulación,
así como su alineamiento con el marco de las estrategias seguimiento y programas coordinación de la Unión Europea implantación de la normativa en materia de inteligencia artificial y demás organismos internacionales.
c) El diseño, implementación, y seguimiento
tecnologías habilitadoras digitales (tecnologías del lenguaje e imágenes, Internet de estrategias, planes, programas, y cualquiera otra iniciativa las cosas, tecnologías de registro distribuido, entre otras), con aplicación en nuestro país, para el fomento del empleo masivo la transformación de la economía y compartición la sociedad, en colaboración con los demás departamentos ministeriales cuando pudieran verse afectados los ámbitos de su competencia.
d) La definición y gestión coordinada de
los datos entre empresas, ciudadanos programas y Sector Público, así como para el actuaciones, impulso del desarrollo y despliegue de los espacios fomento de datos la I+D+i en los sectores productivos el ámbito de la economía. inteligencia artificial.
d) e) El diseño, desarrollo, impulso y seguimiento de políticas y esquemas de gobernanza, modelos de referencia, catálogos federados fomento de conjuntos y recursos programas orientados a fomentar la adopción de datos, normas técnicas la inteligencia artificial y tecnologías que fomenten la economía del dato habilitadoras digitales en los sectores productivos de la economía. economía y sociedad.
e) La promoción f) El impulso, coordinación y difusión de mejores prácticas e iniciativas de valor en materia de datos, así como el desarrollo de mecanismos de transferencia ejecución de conocimiento, en particular, en los departamentos ministeriales planes y líneas de actuación de las Administraciones Públicas.
f) La apertura
administraciones públicas en inteligencia artificial y reutilización otras tecnologías habilitadoras digitales en las Administraciones Públicas, coordinando la gestión colaboración con el conjunto de agentes del punto sector con los correspondientes programas e iniciativas de acceso la Unión Europea y con otros programas internacionales, en línea con las directrices establecidas por la puesta a disposición de los conjuntos Secretaría de datos Estado de alto valor públicos. Digitalización e Inteligencia Artificial.
g) El fomento del uso de los datos para el apoyo a la toma de decisiones en la gestión pública, en especial el uso de los conjuntos de datos de alto valor públicos para la evaluación elaboración de políticas públicas propuestas relativas a planificación estratégica en todas las fases de planificación, implementación, ejecución y evaluación materia de impacto, inteligencia artificial, así como el diseño la coordinación y desarrollo análisis de los pilotos estudios y sistemas técnicos de apoyo, en colaboración con los organismos competentes estadísticas en materia de evaluación de las políticas públicas este ámbito, en el ámbito de coordinación con la Administración Dirección General del Estado. Dato, así como con otras unidades del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, y de otros ministerios.
h) El diseño, impulso La generación de espacios de debate y seguimiento foros de programas, actuaciones e instrumentos para el discusión con la ciudadanía en torno al despliegue e impacto de capacidades, infraestructuras la inteligencia artificial y plataformas que contribuyan otras tecnologías habilitadoras digitales, así como los elementos necesarios para su desarrollo, impulsando iniciativas orientadas a acelerar promover el empleo de debate crítico en torno a la realidad, a los datos, desarrollar políticas públicas más eficaces riesgos y fomenten su soberanía, en coordinación con el resto a las posibilidades de unidades competentes las tecnologías innovadoras en el departamento ministerial. la administración y en la sociedad.
i) El diseño, impulso, coordinación y seguimiento La promoción de las estrategias, planes, programas e iniciativas políticas y medidas que fomenten potencien la investigación, el desarrollo y Nueva Economía de la innovación Lengua en tecnologías, servicios y productos para la economía del dato, contribuyendo al desarrollo de una industria nacional competitiva, nuestro país, tanto en el ámbito de colaboración público-privada, como en la búsqueda de sinergias con el resto iniciativas de entidades relevantes. otros departamentos ministeriales y organismos públicos, en los ámbitos de su competencia.
j) La definición El seguimiento y el diseño supervisión de las actuaciones del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE) «Nueva Economía de la aplicación, esta última en coordinación con Lengua», así como la Agencia Estatal de Administración Digital, colaboración en el diseño de políticas las actuaciones del PERTE asignadas al Ministerio para la gobernanza Transformación Digital y la gestión de datos en la Administración General Función Pública, en el marco del Estado y sus organismos públicos y entidades Plan de Derecho Público vinculados o dependientes. Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Téngase en cuenta que esta última actualización del apartado 1.j), establecida por la disposición final 3.3 del Real Decreto 1118/2024, k) La firma de 5 propuestas de noviembre. BOE-A-2024-22929, entra en vigor cuando se produzca la constitución efectiva resolución de la Agencia Estatal concesión de Administración Digital ayudas, las propuestas de resolución provisional y la consiguiente supresión las propuestas de resolución definitiva; así como las resoluciones de admisión, desistimiento y denegación de ayudas en relación con las convocatorias que por la Secretaría General naturaleza de Administración Digital, según determina su disposición final 6. la materia le corresponda.
2. De la Dirección General del Dato de Inteligencia Artificial dependen directamente las siguientes unidades: subdirecciones generales y divisiones:
a) La Subdirección General de Programas, Gobernanza Fomento y Promoción Regulación de la Inteligencia Artificial, a la que corresponden las funciones a las que se refieren los párrafos b, a), b), c), d), éste en colaboración con la División de Diseño, Innovación y Explotación, d) y e), e) del apartado 1.
b) La la División de Diseño, Innovación Gobernanza y Explotación, a Planificación de la que corresponden las funciones recogidas en los párrafos f), g), h), i), j) del apartado 1, Inteligencia Artificial, con el rango que determine la Relación de Puestos de Trabajo. Trabajo, y a la que corresponden las funciones a las que se refieren los párrafos f), g), h), i) y j).
3. El ejercicio de las anteriores funciones anteriores se coordinará coordinará, en el caso de que fuese necesario, mediante los procedimientos de gestión de ayudas que se acuerden con por la Subdirección General de Ayudas necesarios para la correcta instrucción, tramitación y seguimiento de las ayudas. Ayudas.
4. El ejercicio de las funciones anteriores se ejercerán, ejercerá, en lo que pudiesen pudiese afectar a las competencias de la Dirección General de Ordenación de los Servicios de Digitalización e Inteligencia Artificial y de la Dirección General de Planificación Estratégica en Tecnologías Digitales Avanzadas Comunicación Audiovisual y Nueva Economía de la Lengua, Dirección General del Dato, en coordinación con éstas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de noviembre de 2024 En vigor BOE-A-2024-24853 Leer Qué cambió
6 de noviembre de 2024 BOE-A-2024-22929 Leer Qué cambió
28 de febrero de 2024 Texto original Leer

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