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Legislación › Orden APA/251/2024, de 13 de marzo, por la que se reconoce el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida de ámbito territorial supraautonómico «Nueces de Nerpio» como Corporación de Derecho Público y se aprueban sus estatutos.

Artículo 4. Relaciones con las Administraciones públicas.

Artículo 4. Relaciones con las Administraciones públicas.

1. En su condición de órgano de gestión de la DOP «Nueces de Nerpio» y para el cumplimiento de fines públicos, el Consejo Regulador se relacionará con la Administración General del Estado a través del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y con las comunidades autónomas territorialmente comprendidas dentro del ámbito geográfico especificado en su pliego de condiciones a través de los respectivos organismos y unidades competentes en la materia.

2. A los efectos expresados en el apartado anterior, y sin perjuicio de aquellos instrumentos de cooperación y colaboración regulados por la normativa correspondiente o que se estimen pertinentes, tendrá la consideración de autoridad competente y Administración pública tutelante, dado el ámbito territorial de la DOP «Nueces de Nerpio» y su naturaleza de bien de dominio público estatal según prevé el artículo 12 de la Ley 6/2015, de 12 de mayo, la Administración General del Estado.

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