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Orden PJC/284/2024, de 1 de abril, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 19 de marzo de 2024, por el que se establecen obligaciones de servicio público al prestador del servicio postal universal en las elecciones que se convoquen durante 2024.

En vigor Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · Publicada el 2 de abril de 2024 · Último cambio el 2 de abril de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. pa
  2. [firma]
  3. ANEJO
  4. Obligaciones de servicio público al prestador del servicio postal universal
  5. Primero. Objeto.
  6. Segundo. Voto por correo de electores residentes en España.
  7. Tercero. Voto de electores residentes ausentes.
  8. Cuarto. Voto por correo de electores temporalmente ausentes.
  9. Quinto. Voto por correo del personal embarcado.
  10. Sexto. Voto del personal de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil embarcado o en situaciones excepcionales vinculadas con la defensa nacional.
  11. Séptimo. Voto por correo de los internos en centros penitenciarios.
  12. Octavo. Otros envíos realizados por la Oficina del Censo Electoral y envíos dirigidos a las personas designadas para integrar las Mesas electorales.
  13. Noveno. Recogida de la documentación electoral en la Mesa.
  14. Décimo. Envíos de propaganda electoral.
  15. Undécimo. Condiciones específicas de la prestación del servicio.
  16. Duodécimo. Condiciones específicas para los envíos postales de propaganda electoral.
  17. Decimotercero. Financiación de las obligaciones de servicio público encomendadas.
  18. Decimocuarto. Información y medios personales y materiales necesarios.
  19. ANEXO