LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 1/2024, de 12 de marzo, por el que se aprueba el libro sexto del Código tributario de Catalunya, que integra el texto refundido de los preceptos legales vigentes en Catalunya en materia de tributos cedidos.

Artículo 611-2. Mínimo del contribuyente.

Artículo 611-2. Mínimo del contribuyente.

El importe del mínimo personal del contribuyente es, con carácter general, de 5.550 euros anuales.

← Artículo 611-1 Índice Artículo 612-1 →