Legislación › Orden PJC/325/2024, de 14 de abril, por la que se aprueban las bases generales por las que han de regirse los procesos selectivos para el acceso al curso de capacitación para el ascenso al empleo de Cabo de la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, así como las normas generales del curso de capacitación y su plan de estudios.
Primero. Denominación.
ANEXO
Plan de estudios del curso de capacitación para el ascenso al empleo de Cabo de la Guardia Civil
Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo de 2018, en adelante el Reglamento, el plan de estudios a que se refiere este anexo tiene el siguiente contenido.
Primero. Denominación.
Curso de Capacitación para el Ascenso al empleo de Cabo de la Guardia Civil (CCACAB).
Segundo. Finalidad.
La finalidad del curso es la formación integral del alumnado que le capacite para el desempeño de los cometidos y funciones del empleo de Cabo de la Guardia Civil, en aplicación del artículo 71.1 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil.
Tercero. Competencias.
El alumnado, a la finalización del curso, deberá alcanzar las siguientes competencias:
a) Ejercer y desarrollar los cometidos del empleo de Cabo en los puestos de trabajo que pueda ocupar.
b) Estar capacitado para ejercer el mando con iniciativa en unidades tipo área/puesto ordinario o similar de la Guardia Civil, gestionando de forma óptima los recursos humanos, con garantía plena del principio de igualdad de trato y no discriminación, así como del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y a las medidas establecidas en materia de conciliación y corresponsabilidad, y así como materiales asignados a su unidad, para el mejor desempeño de sus cometidos en la Guardia Civil.
c) Impulsar el cumplimiento de las órdenes e instrucciones recibidas, colaborando en la ejecución de los planes, directrices y operaciones que se dictaminen o planifiquen por los escalones superiores.
d) Ejercer de enlace entre el personal de su escala del empleo de guardia civil y los empleos superiores.
e) Supervisar y controlar la ejecución de los servicios que se le encomienden a la unidad de su mando, según su nivel de responsabilidad, para el mejor desempeño de sus cometidos en la Guardia Civil.
f) Desarrollar tareas técnico-policiales de seguridad ciudadana y de policía judicial.
g) Asumir la sucesión del mando, dando continuidad al ejercicio del mismo, cuando le corresponda.
h) Asumir el liderazgo en las situaciones que así sea necesario, siendo capaz de tomar decisiones adecuadas dentro de sus competencias.
i) Aplicar procedimientos del sistema de intervención operativa de la Guardia Civil, en el desempeño de sus cometidos.
j) Expresar con claridad y concisión las conclusiones de un trabajo individual o de equipo dentro de sus cometidos a través de los medios técnicos de que dispone la Guardia Civil.
Cuarto. Estructura, modalidad y duración.
El curso se articula en tres fases:
a) Fase no presencial, que se impartirá en la modalidad a distancia, con una carga lectiva de noventa horas y una duración no superior a diez semanas.
b) Fase presencial, que se impartirá en la modalidad presencial, con una carga lectiva de 190 horas y una duración no superior a ocho semanas.
c) Periodo de prácticas de dos semanas en unidades de la Guardia Civil, con una carga lectiva de sesenta horas.
Quinto. Contenido del plan de estudios.
El plan de estudios está compuesto por los módulos y/o asignaturas contenidas en el apéndice a este anexo, donde se incluye una breve descripción de sus contenidos y la asignación de horas, para cada uno, según las fases y módulos.
Sexto. Normas para la superación del plan de estudios.
1. Las evaluaciones a realizar de las diferentes asignaturas que se cursen tendrán un carácter objetivo en la corrección y discriminatorio entre el alumnado.
2. El número máximo de convocatorias, en un mismo curso, para cada una de las partes de las asignaturas será de dos, debiendo aprobarse todas las asignaturas para superar el correspondiente plan de estudios.
3. Una vez consumidas las convocatorias a que se hace referencia en el apartado anterior sin haber superado una asignatura, y cuando concurran situaciones de especial consideración, el alumnado podrá solicitar una nueva convocatoria. La concesión de dicha convocatoria tendrá carácter extraordinario y se podrá conceder, por parte de la Dirección del centro docente, al alumnado para una sola asignatura. El alumnado podrá solicitar ser examinado por un tribunal nombrado al efecto por la Dirección del centro.
4. La no superación de alguna asignatura tras agotar las convocatorias previstas supondrá la obtención de la calificación de «no apto» en el curso, lo que implicará su no superación, así como un motivo de baja en el mismo a los efectos del artículo 45.1.c) del Reglamento.
5. La superación del curso se obtendrá con la publicación en el «Boletín Oficial de la Guardia Civil» de la declaración de «apto», debiendo para ello haber superado ambas fases.
6. Para obtener la declaración de «apto» en el curso se deberá obtener una nota final, igual o superior a cinco. El criterio de puntuación será mediante una nota comprendida entre cero y diez puntos, con expresión de, al menos, un decimal.
7. Para el cálculo de la calificación final de las asignaturas cursadas en los periodos no presencial y presencial del curso se utilizará la siguiente fórmula:
Donde NFPI corresponderá a la calificación obtenida en la parte I y NFPII corresponderá a la calificación obtenida en la parte II de cada asignatura.
La calificación final de la asignatura de Instrucción y adiestramiento será la correspondiente a la obtenida en la parte I, siendo calificada la parte II como «apto» o «no apto».
8. Para el cálculo de la nota final del curso se utilizará la siguiente fórmula, sin perjuicio de lo establecido en la normativa de evaluaciones y ascensos para el establecimiento del orden resultante para el ascenso al empleo de Cabo:
9. Por parte de la Jefatura de Enseñanza se dictarán las normas de evaluación del curso, que se entregarán al alumnado al inicio del mismo.
10. Quienes hayan superado el curso recibirán un diploma acreditativo de la finalización del mismo, expedido por la Dirección del correspondiente centro docente.
Séptimo. Repetición del plan de estudios y bajas.
1. Según se determina en el artículo 45 del Reglamento, siempre que no se le hubiera concedido al alumnado una renuncia al mismo curso de capacitación en un curso anterior, y de acuerdo con el artículo 54.3 del Reglamento, se podrá repetir este plan de estudios sin ser nuevamente evaluado para asistir al curso siguiente, por una sola vez, por motivos académicos relacionados con faltas de asistencia; incumplimiento de normas de régimen interior o bajo rendimiento académico. En estos casos se atenderá a los siguientes criterios:
a) Faltas de asistencia que superen el 18 % de las horas lectivas del curso.
b) Bajo rendimiento académico por la no obtención de la calificación de «apto» en la calificación final del curso, o por la no superación de una de sus fases.
c) Incumplimiento grave o reiterado de las normas de régimen interior del centro docente donde se realice la fase de presente del curso o de las normas de desarrollo del mismo, aprobadas por la persona titular de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil.
2. En caso de repetición del curso, será necesario cursar todas sus fases y superar nuevamente todas las asignaturas que lo componen.
3. La Dirección del centro docente podrá acordar la baja del curso de modo cautelar, a la espera de la resolución definitiva del expediente que se realice, a estos efectos, siempre que el afectado se encuentre incurso en alguna causa de las expuestas anteriormente. En estos supuestos, la resolución del expediente se producirá dentro de los dos días hábiles siguientes a la comunicación de la baja.
4. La asignación de plazas no cubiertas por motivos de bajas sobrevenidas, según se determina en el artículo 51.2 del Reglamento, se realizará según el orden resultante del proceso de evaluación y hasta la fecha en que se determine en la correspondiente convocatoria.
APÉNDICE
Fases, módulos y asignaturas del plan de estudios
| Módulos | Asignaturas |
Carga lectiva – Horas |
Fase no presencial | Fase presencial | Periodo de prácticas | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Parte | Contenido | Horas | Parte | Contenido | Horas | Parte | Contenido | Horas | |||
| SEGURIDAD CIUDADANA. | Seguridad Ciudadana. | 40 | Seguridad Ciudadana (Parte I). | Normativa general de protección de seguridad ciudadana. Protección de datos de carácter personal. Reglamentación de Armas y Explosivos. | 20 | Seguridad Ciudadana (Parte II). | Seguridad vial y transportes. Protección de la naturaleza. Fiscal. Espectáculos públicos y actividades recreativas; Seguridad privada. Planificación de los servicios. | 20 | |||
| Nuevas tecnologías. | 40 | Nuevas Tecnologías (Parte I). | Fundamentos de redes e internet; Identificación de entornos digitales y fuentes de datos confiables; Tramitación y gestión de servicios online; Uso de herramientas de videoconferencia; Paquete Microsoft Office, hojas de cálculo; Introducción al Sistema Integrado de Gestión Operativa. | 20 | Nuevas Tecnologías (Parte II). | Sistema Integral de Gestión Operativa en la Guardia Civil; Otras aplicaciones corporativas (correo corporativo, correo GroupWise, Geiser y Séneca). | 20 | ||||
| 80 | 40 | 40 | |||||||||
| DERECHO. | Derecho Procesal-Penal. | 40 | Derecho Procesal-Penal (Parte I). | Normativa penal; Ley de Enjuiciamiento Criminal; Normativa reguladora de protección integral contra la violencia de género; Responsabilidad penal del menor; Actuación para identificación de la trata de seres humanos; Delitos de Odio. Racismo y Xenofobia. Derechos de los extranjeros en España. Asilo y Refugio. | 20 | Derecho Procesal-Penal (Parte II). | Procedimiento abreviado, procedimiento habeas corpus, instrucción de diligencias. | 20 | |||
| Derecho Administrativo Especial. | 45 | Derecho Administrativo Especial (Parte I). | Normativa de Procedimiento Administrativo. Organización, estructura y funcionamiento de los puestos y compañías de la Guardia Civil. Normativa en prevención de riesgos laborales. Responsabilidad social corporativa. | 20 | Derecho Administrativo Especial (Parte II). | Normativa reguladora de la jornada y horario del personal de la Guardia Civil. Normativa sobre vacaciones, permisos y licencias; Normativa sobre Residencia y desplazamientos del Personal. Regulación de Pabellones oficiales en el Cuerpo; Casuística aplicada en materia de riesgos laborales. | 25 | ||||
| 85 | 40 | 45 | |||||||||
| GESTIÓN DE RECURSOS. | Deontología Profesional. | 25 | Deontología Profesional (Parte I). | Código de Conducta. Normativa en materia de Régimen Disciplinario. | 10 | Deontología Profesional (Parte II). | Derechos y Deberes; Régimen disciplinario: el parte disciplinario; Igualdad y conciliación de la vida profesional, personal y familiar. | 15 | |||
| Habilidades directivas. | 40 | Habilidades directivas. | Teoría del mando y del liderazgo; Psicología grupal; Habilidades directivas: negociación, control y supervisión, motivación, comunicación y resolución de conflictos. Prevención y comunicación de conductas anómalas en miembros de la Guardia Civil. | 40 | |||||||
| 65 | 10 | 55 | |||||||||
| TÉCNICA POLICIAL. | Instrucción y adiestramiento. | 110 | Instrucción y adiestramiento (Parte I). | Sistema de intervención operativa. Orden cerrado. | 50 | Instrucción y adiestramiento (Parte II). | Prácticas en unidades de la Guardia Civil que permitan asentar las competencias adquiridas durante las fases no presencial y presencial. | 60 | |||
| Total. | 340 | TOTAL FASE NO PRESENCIAL. | 90 | TOTAL FASE PRESENCIAL. | 190 | TOTAL PERIODO DE PRÁCTICAS. | |||||


