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Legislación › Real Decreto 381/2024, de 16 de abril, por el que se regulan los Estatutos Generales de los Colegios de Protésicos Dentales de España y de su Consejo General.

Artículo 13. Pase a la situación de no ejerciente.

Artículo 13. Pase a la situación de no ejerciente.

Los Comités Ejecutivos de los Colegios de Protésicos Dentales acordarán el pase a la situación de no ejerciente de aquellos protésicos dentales en quienes concurra alguna de las circunstancias determinantes de incapacidad o incompatibilidad para el ejercicio, mientras aquella subsista, sin perjuicio de que, si hubiera lugar, resuelvan lo que proceda en vía disciplinaria y con independencia de la situación colegial final en que deba quedar quien resulte incapaz para ejercer la profesión.

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