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Legislación › Real Decreto 381/2024, de 16 de abril, por el que se regulan los Estatutos Generales de los Colegios de Protésicos Dentales de España y de su Consejo General.

Artículo 33. Funciones de la Intervención de Cuentas.

Artículo 33. Funciones de la Intervención de Cuentas.

Son funciones de la Intervención de Cuentas:

a) El control interno de las finanzas y cuentas del Consejo General.

b) Control de los cobros y pagos e intervención de las operaciones de ingreso y gasto.

c) Conjuntamente con la Tesorería redactará el proyecto de presupuesto y elaborará las cuentas para su aprobación por la Asamblea General.

d) Asumirá las funciones de la Tesorería en caso de ausencia, enfermedad, abstención, recusación o vacancia de éste, sin necesidad de justificación ante terceros.

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