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Legislación › Real Decreto 381/2024, de 16 de abril, por el que se regulan los Estatutos Generales de los Colegios de Protésicos Dentales de España y de su Consejo General.

Artículo 5. Denominación.

Artículo 5. Denominación.

Corresponde en exclusiva la denominación y función de Protésico Dental al Técnico Superior en Prótesis Dentales, titulado, habilitado, homologado, ejerza o no, su actividad profesional sanitaria.

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