Legislación › Real Decreto 381/2024, de 16 de abril, por el que se regulan los Estatutos Generales de los Colegios de Protésicos Dentales de España y de su Consejo General.
Artículo 5. Denominación.
Artículo 5. Denominación.
Corresponde en exclusiva la denominación y función de Protésico Dental al Técnico Superior en Prótesis Dentales, titulado, habilitado, homologado, ejerza o no, su actividad profesional sanitaria.


