LexTotal

Legislación › Real Decreto 409/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria y Turismo.

Artículo 6. El Comisionado especial para la Competitividad industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de abril de 2024 y la del 16 de julio de 2025. Tachado: lo que se quitó (59 palabras). Subrayado: lo que se añadió (361 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 6. El Comisionado Especial especial para el PERTE la Competitividad industrial y de Descarbonización Industrial. la Pequeña y Mediana Empresa.
1. Corresponde al Comisionado especial para el PERTE la Competitividad industrial y de Descarbonización Industrial la Pequeña y Mediana Empresa el ejercicio de las siguientes funciones:
a) Apoyar a la Secretaria Secretaría de Estado de Industria en la promoción, impulso y divulgación de las políticas y planes para la transformación mejora de los ecosistemas industriales, en el ámbito del PERTE la competitividad industrial y de Descarbonización Industrial, la pequeña y mediana empresa., incluyendo tanto las que corresponden a la Administración General del Estado en el ámbito de sus competencias, como las que puedan resultar del apoyo y colaboración con las demás Administraciones públicas.
b) Participar en los órganos colegiados y en los grupos o las comisiones, comisiones o grupos de trabajo y en los órganos colegiados implicados en el PERTE las políticas de Descarbonización Industrial. apoyo a la competitividad industrial y de la pequeña y mediana empresa.
c) Apoyar a El desarrollo de las medidas de apoyo y la Dirección General colaboración público-privada para facilitar la implementación de Estrategia Industrial políticas de impulso y mejora de la Pequeña competitividad industrial y Mediana Empresa a realizar estudios, estadísticas, informes de la pequeña y análisis mediana empresa, sin perjuicio de las competencias del resto de órganos del Ministerio.
d) El desarrollo de medidas e iniciativas de seguimiento
en relación colaboración con otros órganos ministeriales y organismos implicados en la implementación de las políticas de competitividad industrial y de la pequeña y mediana empresa.
e) La interlocución entre
el PERTE Gobierno y otros actores, informándoles periódicamente sobre el desarrollo y resultado de Descarbonización Industrial. la ejecución de los proyectos, o de cuantas propuestas considere necesarias para el adecuado cumplimiento de la función encomendada.
f) Colaborar, coordinar y participar en la elaboración y tramitación de los programas e instrumentos que se lleven a cabo en el ámbito de la Secretaría de Estado de Industria, así como la coordinación de las actuaciones mediante la supervisión y emisión de directrices que aseguren y garanticen la coherencia de las actuaciones para impulsar la competitividad industrial y de la pequeña y mediana empresa.
g) La promoción de la integración de la perspectiva industrial y de la pequeña y mediana empresa en el conjunto de las políticas económicas, sociales y ambientales impulsadas por el Gobierno.
h) Asesorar, apoyar y asistir en el diseño de políticas específicas de competitividad industrial y de la pequeña y mediana empresa a las actividades de la Secretaría de Estado de Industria.
i) El fomento del espíritu emprendedor y la promoción de la cultura empresarial.
j) El impulso y promoción de iniciativas de las empresas que sean de interés para la competitividad de la economía española, y el ecosistema de innovación y emprendimiento en España.
k) Cualquier otra función que le encomiende la Secretaría de Estado de Industria y otras funciones que le asigne la normativa vigente.
2. Depende del Comisionado especial para el PERTE la Competitividad industrial y de Descarbonización Industrial la Pequeña y Mediana Empresa la Oficina Técnica del Comisionado especial, con nivel orgánico de Subdirección General, que ejercerá las funciones previstas en el apartado anterior. General.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de julio de 2025 En vigor BOE-A-2025-14698 Leer Qué cambió
25 de abril de 2024 Texto original Leer

← Artículo 5 Índice Artículo 7 →