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Legislación › Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura.

Artículo 33. Cuantificación.

Artículo 33. Cuantificación.

1. El profesional de la Procura que inste el concurso ya sea necesario o voluntario, devengará como máximo los derechos que le correspondan conforme a la siguiente escala:

Hasta euros

Cuantía

–

Euros

12.000 446,23
30.000 624,73
60.000 892,51
120.000 1.349,54
240.000 1.785,00
300.000 2.052,73
600.000 2.856,01

2. Por cada 6.000 euros o fracción que exceda de 600.000 euros, devengará como máximo 22,30 euros.

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