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Legislación › Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura.

Artículo 49. Recurso de reposición y de revisión. Petición de aclaración, subsanación y complemento.

Artículo 49. Recurso de reposición y de revisión. Petición de aclaración, subsanación y complemento.

1. El profesional de la Procura percibirá por la formulación y por la impugnación del recurso de reposición y del recurso de revisión como máximo la cantidad de 30,09 euros.

2. Percibirá por la petición de aclaración, subsanación y complemento de resoluciones judiciales y procesales y judiciales como máximo la cantidad de 30,09 euros.

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