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Legislación › Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura.

Artículo 72. Ampliaciones y acumulaciones.

Artículo 72. Ampliaciones y acumulaciones.

Por la solicitud de acumulación y ampliación de expedientes se devengará como máximo la cantidad de 73,22 euros.

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