Legislación › Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura.
Artículo 72. Ampliaciones y acumulaciones.
Artículo 72. Ampliaciones y acumulaciones.
Por la solicitud de acumulación y ampliación de expedientes se devengará como máximo la cantidad de 73,22 euros.


