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Legislación › Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura.

Artículo 75. Recursos extraordinarios.

Artículo 75. Recursos extraordinarios.

En cualquier otro recurso extraordinario que se interpusiese, el profesional de la Procura devengará como máximo la cantidad de 54,00 euros.

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