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Real Decreto 472/2024, de 7 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

En vigor Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública · Publicada el 8 de mayo de 2024 · Último cambio el 2 de abril de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. Artículo 1. Organización general del departamento.
  4. Artículo 2. La Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades.
  5. Artículo 3. La Secretaría General de Investigación. 2 redacciones · cambió el 02/04/2026
  6. Artículo 4. La Secretaría General de Universidades. 2 redacciones · cambió el 02/04/2026
  7. Artículo 5. La Secretaría General de Innovación.
  8. Artículo 6. El Comisionado del PERTE para la Salud de Vanguardia.
  9. Artículo 7. La Dirección General de Planificación, Coordinación y Transferencia de Conocimiento.
  10. Artículo 8. La Subsecretaría de Ciencia, Innovación y Universidades.
  11. Artículo 9. La Secretaría General Técnica.
  12. Disposición adicional primera. Supresión de órganos.
  13. Disposición adicional segunda. Referencias normativas a los órganos suprimidos.
  14. Disposición adicional tercera. Suplencia de las personas titulares de determinados órganos del departamento.
  15. Disposición adicional cuarta. Organismo Autónomo Instituto de Salud Carlos III.
  16. Disposición adicional quinta. Reglas relativas al Organismo Autónomo Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE).
  17. Disposición adicional sexta. Coordinación entre el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en materia de becas y ayudas al estudio.
  18. Disposición adicional séptima. Relación administrativa con el Instituto de España y las Reales Academias y las Academias de ámbito nacional.
  19. Disposición transitoria primera. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general.
  20. Disposición transitoria segunda. Órgano de asistencia a la contratación.
  21. Disposición transitoria tercera. Delegación de competencias.
  22. Disposición transitoria cuarta. Actuaciones en materia de gestión de medios y servicios.
  23. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  24. Disposición final primera. Autorización para la modificación de la regulación o supresión de los órganos colegiados, grupos y comisiones de trabajo ministeriales.
  25. Disposición final segunda. Facultades de desarrollo normativo.
  26. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  27. [firma]