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Real Decreto 472/2024, de 7 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
En vigor Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública · Publicada el 8 de mayo de 2024 · Último cambio el 2 de abril de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- Artículo 1. Organización general del departamento.
- Artículo 2. La Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades.
- Artículo 3. La Secretaría General de Investigación. 2 redacciones · cambió el 02/04/2026
- Artículo 4. La Secretaría General de Universidades. 2 redacciones · cambió el 02/04/2026
- Artículo 5. La Secretaría General de Innovación.
- Artículo 6. El Comisionado del PERTE para la Salud de Vanguardia.
- Artículo 7. La Dirección General de Planificación, Coordinación y Transferencia de Conocimiento.
- Artículo 8. La Subsecretaría de Ciencia, Innovación y Universidades.
- Artículo 9. La Secretaría General Técnica.
- Disposición adicional primera. Supresión de órganos.
- Disposición adicional segunda. Referencias normativas a los órganos suprimidos.
- Disposición adicional tercera. Suplencia de las personas titulares de determinados órganos del departamento.
- Disposición adicional cuarta. Organismo Autónomo Instituto de Salud Carlos III.
- Disposición adicional quinta. Reglas relativas al Organismo Autónomo Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE).
- Disposición adicional sexta. Coordinación entre el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en materia de becas y ayudas al estudio.
- Disposición adicional séptima. Relación administrativa con el Instituto de España y las Reales Academias y las Academias de ámbito nacional.
- Disposición transitoria primera. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general.
- Disposición transitoria segunda. Órgano de asistencia a la contratación.
- Disposición transitoria tercera. Delegación de competencias.
- Disposición transitoria cuarta. Actuaciones en materia de gestión de medios y servicios.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Autorización para la modificación de la regulación o supresión de los órganos colegiados, grupos y comisiones de trabajo ministeriales.
- Disposición final segunda. Facultades de desarrollo normativo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]


