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Legislación › Ley 6/2024, de 5 de diciembre, de simplificación administrativa.

Artículo 23. Inspección y responsabilidad.

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Artículo 23. Inspección y responsabilidad.
1. Los órganos y entidades que hayan designado o informado preceptivamente competentes por razón de la designación materia realizarán inspecciones periódicas de las entidades colaboradoras colaboradas de certificación deberán realizar inspecciones periódicas de estas sobre la base del plan inspector que deben elaborar y aprobar.
2. Las entidades colaboradoras de certificación serán responsables de los certificados que emitan, quedando sometidas al régimen sancionador previsto en este título.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de julio de 2026 En vigor BOE-A-2026-15683 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 2025 BOE-A-2025-90320 Leer Qué cambió
10 de diciembre de 2024 Texto original Leer

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