Legislación › Ley 6/2024, de 5 de diciembre, de simplificación administrativa.
Artículo 5. Deber general de promoción de la simplificación administrativa.
Artículo 5. Deber general de promoción de la simplificación administrativa.
Los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título deberán promover la simplificación administrativa en el ejercicio de sus competencias. Asimismo, deberán aplicar criterios de simplificación en el ámbito regulatorio, procedimental y organizativo, para mejorar la eficiencia de su gestión, organización y funcionamiento, así como para reducir cargas administrativas a la ciudadanía y a las empresas.


