Legislación › Ley 6/2024, de 5 de diciembre, de simplificación administrativa.
Disposición adicional quinta. Oficina Valenciana de Inversiones Estratégicas (OVIE).
Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de diciembre de 2024 y la del 11 de agosto de 2026.
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Disposición adicional quinta. Oficina Valenciana de inversiones y proyectos estratégicos. Inversiones Estratégicas (OVIE).
1. Se crea la Oficina Valenciana de Inversiones Estratégicas (OVIE) como instrumento de atracción, impulso y gestión, responsable de llevar a cabo la evaluación, clasificación y acompañamiento de las inversiones que puedan recalar en la Comunitat Valenciana.
Se adscribe a la Presidencia de la Generalitat y su naturaleza, composición y funciones serán objeto de desarrollo posterior.
2. Su creación y puesta en marcha no supondrá incremento de gasto en el capítulo I, gastos del personal, del presupuesto de la Generalitat.
3. El ejercicio del cargo en la Oficina Valenciana de Inversiones Estratégicas será totalmente gratuito, y no dará, en ningún caso, derecho a retribución o dieta alguna.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de agosto de 2026 En vigor | BOE-A-2026-19331 | Leer | Qué cambió |
| 10 de diciembre de 2024 | Texto original | Leer |
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