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Real Decreto 530/2025, de 24 de junio, por el que se adoptan las disposiciones organizativas y estatutarias del personal de la Administración de Justicia necesarias para implementar en las Oficinas judiciales y en las Oficinas de Justicia en los municipios el modelo de organización judicial establecido por la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
En vigor Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · Publicada el 25 de junio de 2025 · Último cambio el 25 de junio de 2025 · Ver en el BOE
Índice
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- [preambulo]
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Constitución de las Oficinas de Justicia en los municipios y Agrupaciones de Oficinas de Justicia en los municipios servidas por personal al servicio de la Administración de Justicia.
- Artículo 3. Dotación de personal que presta servicio en las Oficinas de Justicia en el municipio y en las Agrupaciones de Oficinas de Justicia en los municipios.
- Artículo 4. Régimen de funcionamiento de las Agrupaciones de Oficinas de Justicia en los municipios.
- Artículo 5. Indemnizaciones por razón de servicio.
- Artículo 6. Dependencia funcional del personal destinado en Oficinas de Justicia y Agrupaciones de Oficinas de Justicia en los municipios.
- Artículo 7. Agrupación de municipios para la prestación colaborativa de servicios por el personal municipal en las Oficinas de Justicia en los municipios.
- Disposición adicional única. Publicidad de las resoluciones de estructura de las oficinas judiciales y relativas a las Oficinas de Justicia en los municipios.
- Disposición transitoria única. Menciones a las Oficinas de Justicia en los municipios y a las Agrupaciones de Oficinas de Justicia.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales.
- Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 1033/2007, de 20 de julio, por el que se determinan los puestos tipo de las unidades que integran las oficinas judiciales y otros servicios no jurisdiccionales y sus correspondientes valoraciones, a efectos del complemento general de puesto de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.
- Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos del complemento general de puesto, la asignación inicial del complemento específico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función.
- Disposición final quinta. Efectos económicos derivados de la modificación del Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre.
- Disposición final sexta. Facultades de desarrollo.
- Disposición final séptima. Entrada en vigor.
- Disposición final octava. Título competencial.
- [firma]


