Legislación › Resolución de 20 de enero de 2025, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2025.
ANEXO VI
ANEXO VI
Interrupción de obras en carretera con motivo de las circunstancias o características especiales del tráfico durante el año 2025 (apartado F de esta resolución)
Con motivo de desplazamientos masivos de vehículos y Operaciones de Tráfico previstas para el año 2025 se solicitará a los Organismos titulares de carreteras:
A. Suspensión de obras que afecten a la plataforma de circulación y zona de influencia.
– Semana Santa:
● Desde las 13:00 horas del viernes 11 de abril, hasta las 24:00 horas del domingo 13 de abril.
● Desde las 10:00 horas del miércoles 16 de abril, hasta las 24:00 horas del viernes 18 de abril.
● Desde las 8:00 horas hasta las 24:00 horas del domingo 20 de abril.
● De 8:00 horas a 24:00 horas del lunes 21 de abril, en las Comunidades de Aragón, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Madrid, Región de Murcia, La Rioja y provincia de Jaén, así como en la provincia de Sevilla, de 6:00 horas a 16:00 horas en las calzadas decrecientes de las carreteras A-66 y AP-4.
– 1.º de mayo:
● Desde las 13:00 horas del miércoles 30 de abril, hasta las 24:00 horas del jueves 1 de mayo.
● Desde las 13:00 horas del viernes 2 de mayo, hasta las 24:00 horas del domingo 4 de mayo.
– 1.ª Operación del Verano:
● Desde las 13:00 horas del viernes 4 de julio, hasta las 24:00 horas del domingo 6 de julio.
– 1.º de agosto:
● Desde las 13:00 horas del jueves 31 de julio, hasta las 24:00 horas del domingo 3 de agosto.
– 15 de agosto:
● Desde las 13:00 horas del jueves 14 de agosto, hasta las 24:00 horas del domingo 17 de agosto.
– Retorno del Verano:
● Desde las 13:00 horas del viernes 29 de agosto, hasta las 24:00 horas del domingo 31 de agosto.
– Constitución-Inmaculada:
● Desde las 13:00 horas del viernes 5 de diciembre, hasta las 24:00 horas del lunes 8 de diciembre.
B. Suspensión de obras que afecten a la plataforma de circulación:
– En fines de semanas:
● Fines de semanas especiales correspondientes al Verano-2025, desde el viernes 27 de junio hasta el domingo 7 de septiembre:
○ Desde las 13:00 horas de los viernes, hasta las 24:00 horas de los domingos en los siguientes fines de semana del verano:
27, 28 y 29 de junio.
11, 12 y 13 de julio.
18, 19 y 20 de julio.
25, 26 y 27 de julio.
8, 9 y 10 de agosto.
22, 23 y 24 de agosto.
5, 6 y 7 de septiembre.
● Resto de fines de semanas del año 2025:
○ En general salvo autorización expresa por necesidades de urgencia o motivos justificados, desde las 13:00 horas de los viernes, hasta las 24:00 horas de los domingos.
– En Festividades dentro del ámbito territorial de las Comunidades Autónomas:
● Festividades que afectan a Comunidades Autónomas y su zona de influencia:
○ En la Comunidad de Andalucía, desde las 13:00 horas del jueves 27 de febrero, hasta las 24:00 horas del domingo 2 de marzo.
○ En la Región de Murcia y Comunidad Valenciana, desde las 13:00 horas del martes 18 de marzo, hasta las 24:00 horas del miércoles 19 de marzo.
○ En las Comunidades de Aragón y Castilla y León, el miércoles 23 de abril, desde las 8:00 hasta las 24:00 horas.
○ En la Comunidad de Madrid, el viernes 2 de mayo, desde las 0:00 hasta las 24:00 horas.
○ En las Comunidades de Murcia y La Rioja, desde las 13:00 horas del viernes 6 de junio, hasta las 24:00 horas del lunes 9 de junio.
○ En la Comunidad de Castilla-La Mancha, el jueves 19 de junio, desde las 8:00 hasta las 24:00 horas.
○ En las Comunidades de Galicia, Madrid y su zona de influencia en Castilla-La Mancha y las provincias de Ávila, Jaén, Segovia y Valladolid, desde las 13:00 horas del jueves 24 de julio, hasta las 24:00 horas del domingo 27 de julio.
○ En la Comunidad de Asturias y Extremadura, desde las 13:00 horas del viernes 5 de septiembre, hasta las 24:00 horas del lunes 8 de septiembre.
○ En la Comunidad Valenciana, desde las 13:00 horas del miércoles 8 de octubre, hasta las 24:00 horas del jueves 9 de octubre.
○ En las Comunidades de Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León y Extremadura, desde las 13:00 horas del viernes 10 de octubre, hasta las 24:00 horas del lunes 13 de octubre.
○ En todas las Comunidades, desde las 13:00 horas del viernes 31 de octubre, hasta las 24:00 horas del domingo 2 de noviembre.
○ En la Comunidad de Madrid y su zona de influencia de Castilla-La Mancha y las provincias de Ávila, Jaén, Segovia y Valladolid, desde las 13:00 horas del viernes 7 de noviembre, hasta las 24:00 horas del lunes 10 de noviembre.
● Festividades que afectan a una Comunidad Autónoma:
○ En general, desde las 13:00 horas de la víspera del día festivo en esta Comunidad, hasta las 24:00 horas del día festivo.


