Legislación › Real Decreto 486/2025, de 17 de junio, por el que se aprueban las estrategias marinas de segundo ciclo.
Disposición final primera. Título competencial.
Disposición final primera. Título competencial.
El presente real decreto se dicta al amparo del título competencial previsto en el artículo 149.1.23.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección.
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