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Legislación › Ley 3/2025, de 23 de junio, de garantías y derechos de las personas con necesidades paliativas.

Artículo 20. Deberes en relación con el respeto de los valores, creencias y preferencias de las personas.

Artículo 20. Deberes en relación con el respeto de los valores, creencias y preferencias de las personas.

Todo el personal sanitario implicado en la atención de las personas con necesidades paliativas tiene la obligación de respetar sus valores, creencias y preferencias en la toma de decisiones clínicas, debiendo abstenerse de imponer criterios de actuación basados en sus propias creencias y convicciones personales, morales, religiosas o filosóficas.

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