Legislación › Resolución de 17 de julio de 2025, de la Dirección General de la Marina Mercante, sobre las condiciones que deben cumplir los buques y embarcaciones de recreo para cambio temporal de uso privado a comercial.
Sexto. Indicación en el buque o embarcación del cambio de uso.
Sexto. Indicación en el buque o embarcación del cambio de uso.
Durante el período de uso temporal, el buque o embarcación antepondrá al indicativo de matrícula, situado en ambas amuras y con el mismo tamaño y color, las letras «CT».


