Legislación › Real Decreto 531/2025, de 24 de junio, por el que se declaran diez zonas especiales de conservación, se aprueban sus medidas de conservación y las de siete zonas de especial protección para las aves, y se propone la modificación de los límites geográficos de doce espacios protegidos de la Red Natura 2000 en la Región Marina Mediterránea.
Plan de Gestión ZEC/ZEPA ES5212005
Plan de Gestión ZEC/ZEPA ES5212005-«L’Almadrava»
1. Antecedentes
El 10 de julio de 2001, y en cumplimiento de la Directiva Comunitaria 92/43/CEE del Consejo de 21 de mayo de 1992 relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, el Gobierno Valenciano aprobó la lista de 94 Lugares de Interés Comunitario (LIC) de la Comunidad Valenciana, que proponía la designación como LIC el espacio denominado L’Almadrava, con código ES5212005 y una superficie total de 2.239,49 ha.
La propuesta fue motivada por la presencia del tipo de hábitat prioritario de interés comunitario 1120 *Praderas de Posidonia (Posidonion oceanicae) (anexo I de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad).
La aprobación de este espacio como LIC tuvo lugar el 21 de septiembre de 2006 mediante la publicación en el «Diario Oficial de la Unión Europea» (DOUE) de la Decisión 2006/613/CE de la Comisión, de 19 de julio de 2006, por la que se adopta, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea.
En junio de 2009, se designa también como Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) L’Almadrava a través del Acuerdo de 5 de junio de 2009, del Consell, de ampliación de la Red de Zonas de Especial Protección para las Aves de la Comunidad Valenciana; este espacio fue declarado ZEPA debido a la presencia de siete taxones incluidos en el anexo I de la Directiva 2009/147/CE: la pardela balear (Puffinus mauretanicus), la pardela mediterránea (Puffinus yelkouan), la pardela cenicienta mediterránea (Calonectris diomedea), el paíño europeo mediterráneo (Hydrobates pelagicus melitensis), el cormorán moñudo mediterráneo (Gulosus aristotelis desmarestii), la gaviota de Audouin (Larus audouinii) y el charrán patinegro (Thalasseus sandvicensis). Sin embargo, los datos que se tienen en la actualidad indican que solo la pardela balear y la gaviota de Audouin tienen una presencia significativa en el espacio, y por lo tanto deben de ser objeto de medidas de gestión. Debido a ello únicamente se desarrollan la situación, presiones, estado de conservación y medidas estas dos especies en el presente plan de gestión.
La Directiva Hábitats recoge en su texto la obligatoriedad, por parte de los Estados miembros, de fijar medidas para la conservación de las zonas especiales de conservación que implicarán planes de gestión específicos de los lugares o integrados en otros planes de desarrollo, y las apropiadas medidas reglamentarias, administrativas o contractuales, que respondan a las exigencias ecológicas de los tipos de hábitats naturales del anexo I y de las especies del anexo II presentes en los lugares.
Por su parte, la Ley 42/2007 de 13 de diciembre, define las competencias de las Administraciones Públicas sobre biodiversidad marina, correspondiendo a la Administración General del Estado, a través del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el ejercicio de las funciones a las que se refiere dicha ley con respecto a todas las especies, espacios, hábitats o áreas críticas situados en el medio marino. No obstante, corresponde a las comunidades autónomas el ejercicio de dichas funciones respecto a especies (excepto las altamente migratorias) y espacios, hábitats o áreas críticas situados en el medio marino, cuando exista continuidad ecológica del ecosistema marino con el espacio natural terrestre objeto de protección, avalada por la mejor evidencia científica existente.
Asimismo, corresponde a la Administración General del Estado el ejercicio de estas funciones en la zona económica exclusiva, plataforma continental, y espacios situados en los estrechos.
Con el Acuerdo de 25 de abril de 2014, del Consell, por el que se adecuan los espacios protegidos de la Red Natura 2000 marinos y marítimo-terrestres al reparto de competencias en el medio marino establecido en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, son asumidas por parte de la Administración General del Estado las competencias en la declaración y gestión de varios espacios protegidos de la Red Natura 2000 situados íntegramente en aguas marinas.
2. Propuesta de ampliación
Tras evaluar las publicaciones y los datos científicos más actuales relativos al LIC ES5212005 L’Almadrava, que aportan un mejor conocimiento de los hábitats y especies, se procede a proponer la ampliación de los límites del actual espacio protegido, pasando de una superficie de 2.239,127 hectáreas a una superficie total de 4.615,57 hectáreas, aumentando así la superficie protegida de praderas de Posidonia oceanica en 1.066 ha. Además, se incluye la protección de praderas de Cymodocea nodosa y de arrecifes, hábitats de interés comunitario 1110 y 1170, respectivamente, y de las especies Caretta caretta, Tursiops truncatus y de otros mamíferos marinos (especies de hábitats profundos y/o migratorias), no contemplados en el Formulario Normalizado de Datos elaborado para la declaración inicial del espacio protegido.
La delimitación del nuevo espacio viene determinada por un polígono cuyos vértices se describen a continuación:
| Límites y coordenadas ETRS89 (grados minutos decimales) |
|---|
| Línea de costa, desde la coordenada 5 a la coordenada 1 |
| Alineación entre las coordenadas 1-2-3-4-5 |
| 1: 38° 52,40418'N; 0° 1,04252' W |
| 2: 38° 50,86253'N; 0° 6,51762' E |
| 3: 38° 52,06489'N; 0° 7,59757' E |
| 4: 38° 54,77326'N; 0° 2,61289' E |
| 5: 38° 54,03354'N; 0° 0,38625' E |
El plan de gestión del espacio ZEC/ZEPA ES5212005 L’Almadrava, y su ampliación, es el objeto del presente documento.
3. Ámbito territorial
El espacio marino protegido de la Red Natura 2000 denominado L’Almadrava se encuentra situado en el Mar Mediterráneo al este de la Península Ibérica, en la demarcación marina levantino-balear, frente a la costa de la provincia de Alicante, en aguas marítimas en las que España ejerce soberanía.
Se localiza frente a la costa septentrional del municipio de Denia, concretamente entre las playas de Deveses y el puerto de Denia. La superficie total del espacio marino protegido incluyendo su ampliación es de 4.615,57 hectáreas, y alcanza una profundidad máxima de 25 m.
Convenios Internacionales de Protección:
El espacio marino protegido se encuentra dentro de la Zonas Especiales del mar Mediterráneo relativas a la prevención de la contaminación por hidrocarburos y la basura de los buques, establecidas en virtud de los anexos I y V del Convenio internacional para prevenir la contaminación ocasionada por los buques, 1973, modificado por los protocolos de 1978 y de 1997 (Convenio MARPOL).
Asimismo, es de aplicación en el ámbito de este espacio marino protegido el Convenio para la protección del medio marino y de la región costera del Mediterráneo o Convenio de Barcelona.
Finalmente, también es de aplicación en el ámbito de este espacio marino protegido el Acuerdo sobre la conservación de los cetáceos del Mar Negro, el mar Mediterráneo y la zona Atlántica contigua o ACCOBAMS.
4. Caracterización del medio
4.1 Caracterización física
4.1.1 Climatología.
La cuenca del Mediterráneo occidental, en la que se encuadra la zona de estudio, posee su propia climatología con sus propios vientos característicos. Está rodeada de un relieve montañoso y salpicado de islas de tamaño considerable. Se encuentra en el límite entre el clima oceánico templado y las regiones tropicales, lo que favorece las incursiones de aire frio provenientes de las latitudes medias (mistral y tramontana), así como de aire cálido provenientes de los desiertos subtropicales (siroco).
El litoral del espacio protegido queda enmarcado dentro de la zona climática denominada Clima de la Llanura Litoral Lluviosa, según la clasificación desarrollada por Clavero Paricio, P.L. (Atlas Climático de la Comunidad Valenciana, 1994), mientras que de acuerdo con Köppen y Geiger se clasifica como clima Csa, mediterráneo, con inviernos templados y veranos secos y cálidos. La mayor parte de las lluvias caen en invierno o en las estaciones intermedias, registrando valores entorno a los 588 mm (Denia), con una diferencia de unos 90 mm de precipitación entre los meses más secos y los más húmedos.
Las temperaturas medias varían desde los 11 °C en enero hasta las temperaturas medias estivales, los meses de julio y agosto, que no suelen descender de los 26 °C, alcanzando valores más elevados según nos acercamos a la costa. La temperatura media anual de la zona litoral se establece entorno a los 18 °C (18,3 °C en Denia).
El aumento pluviométrico se debe a la orientación de la costa, que experimenta un cambio en la mitad meridional del Golfo de Valencia creando una exposición prácticamente perpendicular a los flujos de noreste, habitual en las situaciones de ciclogénesis mediterránea o la denominada «gota fría».
En relación al régimen de vientos, presentan una clara alternancia estacional. Se observa un predominio del flujo del oeste durante el otoño y el invierno, así como un descenso de las brisas en las zonas litorales debido a la amortiguación generada por las bajas temperaturas interiores. En primavera y verano, el desplazamiento del anticiclón de las Azores contribuye al descenso de las corrientes del oeste, al tiempo que las mayores temperaturas de tierra adentro, en relación a los niveles térmicos marinos, dispara el régimen de brisas de componente sureste, e incrementa los flujos del este.
4.1.2 Geología y geomorfología.
El espacio marino protegido se enmarca dentro de la cuenca mediterránea occidental, en el mar Surbalear, en el margen continental de las Cordilleras Ibéricas y Costero Catalana, concretamente en el dominio del Golfo de Valencia, el cual se extiende desde la parte meridional de la Cuenca del Ebro hasta el cabo de la Nao. Las cuencas hidrográficas que vierten en este sector han transportado durante todo el cuaternario una gran carga sedimentaria al litoral en forma de depósitos prodeltaicos que provocan lobulaciones en la línea de costa y que a veces generan secuencias imbricadas en la zona infralitoral y la plataforma interna.
La formación de la cuenca mediterránea occidental es relativamente reciente. A partir del Oligoceno, coincidiendo con las dos últimas fases de la orogenia alpina, se produjo la expansión de esta área mediante «rifting continental», rotación hacia el este del bloque corso-sardo y la existencia de un punto triple tipo «r» al sureste de Menorca, una de cuyas ramas producirá la apertura de la cuenca surbalear en el Burdigaliense. Esta apertura se produjo a favor de fracturas de dirección noreste-suroeste y noroeste-sureste, las cuales conforman y condicionan en la actualidad los márgenes de la cuenca debido a procesos posteriores de extensión y subsidencia.
Los márgenes de la cuenca occidental del Mediterráneo se encuentran en fase juvenil, evolucionando por mecanismos de subsidencia tectono-térmica, fracturación y desarrollo de prismas sedimentarios. Según la clasificación morfo-tectónica de Heezen (1974), son de tipo pasivo o atlántico. En este contexto, el margen continental del Golfo de Valencia se corresponde con un margen progradante o progresivo, caracterizado por una plataforma relativamente amplia (30-60 km), de perfil cóncavo en su parte más próxima al continente con un descenso suave hasta una profundidad de 40 a 60 metros, a partir de la cual se desarrolla una superficie muy poco inclinada que comprende la mayor extensión de la plataforma. Este tipo de margen ha sido desarrollado por una serie de potentes cuñas sedimentarias que aumentan de espesor mar adentro, siendo sus características morfológicas actuales esencialmente el resultado final de un proceso de colmatación del basamento y progradación sedimentaria.
El sustrato bético se va acercando en esta zona a la superficie, lo cual disminuye el gradiente de subsidencia desde el centro de la cuenca hacia sus bordes, lo que lleva a que los depósitos litorales pleistocenos (beach rocks) se hundan progresivamente cuanto más al norte.
Toda la superficie marina del espacio se sitúa sobre la plataforma continental, como continuación de la cuenca neógeno-cuaternaria de Valencia, afectada estructuralmente por la zona externa del Prebético al sur y la cadena Ibérica al norte. Se trata de una plataforma de amplio desarrollo, como corresponde a una margen de tipo progradante, y notable espesor, formada por sedimentos no consolidados de carácter silicicoclástico que tapizan el sustrato rocoso, procedentes principalmente de cursos fluviales. Si bien la mayor parte se corresponde con arena muy bien clasificada, en el segmento perpendicular al río Girona, el material está compuesto principalmente por arena gruesa mal clasificada pero transportada con elevada energía.
4.1.3 Dinámica marina.
Las masas de agua que bañan la ZEC/ZEPA son aguas de origen atlántico transformadas por procesos de evaporación, mezcla y convección.
Las Aguas Superficiales Atlánticas (AW: Atlantic Water) entran en el mar Mediterráneo por el estrecho de Gibraltar, situándose encima del agua mediterránea al tener menor densidad que ésta. Esta agua más fría y menos salina, y por tanto, menos densa, da lugar a una corriente superficial que tras atravesar los giros del mar de Alborán y el semipermanente frente Almería-Orán, se extienden desde la costa española y africana iniciando la corriente Argelina y la corriente Septentrional, que entra a formar parte de la circulación ciclónica del Mediterráneo Occidental (MEDOC) y alcanzando la costa norte del MEDOC.
Estas aguas superficiales muy mezcladas y que pasan a la circulación general ciclónica alrededor del MEDOC, son relativamente más frías y salinas y fluyen desde el Golfo de León hacia el sur a lo largo del talud peninsular, paralelamente a la costa, formando parte de la corriente del norte (NC: Northern Current) o Septentrional.
Es frecuente además la aparición de eddies o remolinos en el Golfo de Valencia, generalmente anticiclónicos, que pueden llegar a alcanzar kilómetros de diámetro, que ocupan el Canal de Ibiza y que, cuando aparecen, obligan a la corriente del norte a retornar hacia el norte por la costa norte de Mallorca dando lugar a la llamada Corriente Balear. Además, estos eddies pueden hacer también que las aguas atlánticas que fluyen hacia el norte impulsadas por los giros de la corriente de entrada procedente de Gibraltar retornen hacia el sur por el canal de Mallorca.
Figura 1. Circulación general superficial del Mediterráneo Occidental. Fuente: MITECO
Las aguas intermedias de la zona de estudio forman parte de la masa de agua denominada Agua Intermedia Levantina (LIW: Levantine Intermediate Water), formadas por un incremento de salinidad, y por tanto de densidad, que sufren las AW debido a procesos de evaporación sufridos en su recorrido por el Mediterráneo Oriental (MEDOR), que retornan al MEDOC y siguen su camino hacia el Estrecho de Gibraltar, con una velocidad promedio de 5 cm/s.
Finalmente, en los fondo del MEDOC, se encuentra el agua profunda del mar Mediterráneo (WMDW: Western Mediterranean Deep Water), formada por procesos invernales de convección en el área del Golfo de León.
– Corrientes y Mareas.
Las corrientes son el desplazamiento de las masas de agua. Pueden ser debidas a la acción del viento (corrientes de arrastre), a la acción de las mareas (corrientes de marea) o a las diferencias de temperatura y salinidad entre dos profundidades por la variación de sus densidades (corrientes de densidad).
En cuanto a las mareas, en el Mediterráneo en general son muy leves debido fundamentalmente a que la marea oceánica apenas penetra al estar limitada por la reducida extensión de la cuenca. No siguen un patrón continuo, sino que varían de mareas diurnas a semidiurnas y mixtas. Por lo que respecta al nivel medio del mar, éste se ve sometido en esta área a oscilaciones, cuyo periodo medio se aproxima a los 10 días. Las fluctuaciones máximas del nivel medio del mar suponen unos 65 cm. El nivel del mar es mínimo en febrero y máximo en noviembre. La causa más importante de estas fluctuaciones se encuentra en fenómenos atmosféricos, especialmente presión y vientos. En cuanto a las mareas de origen meteorológico, en la zona de estudio son de carácter esporádico, pero adquieren importancia debido a su magnitud, que en ocasiones han producido sobreelevaciones del nivel medio del mar del orden del metro, desencadenando o colaborando en procesos recesivos de importancia.
– Oleaje y viento.
El oleaje es una alteración de la superficie del mar causado por el viento. Es un factor determinante en la dinámica litoral muy importante para el desarrollo de especies y hábitats marinos debido a que favorece el intercambio de oxígeno y dióxido de carbono entre la atmósfera y las capas superficiales del mar. Así mismo, puede desgarrar o destruir hábitats marinos sensibles, como las praderas de fanerógamas, cuando se trate de olaje de gran altura y fuerza.
Para hablar de la altura del oleaje, se suele promediar el del tercio de las olas más altas, denominada altura significativa. En el Mediterráneo, la distancia que recorre la ola sobre el mar no es muy grande debido al tamaño de la cuenca mediterránea y ser una cuenca cerrada, lo que impide que las olas alcancen alturas elevadas. En la zona de la Comunidad Valenciana, los valores generales de altura significativa del oleaje se encuentran en torno a 1 m de altura de ola, aunque en momentos puntuales se han registrado alturas significativas máximas de oleaje entre los 4 y los 5 m de altura. Los meses en donde la probabilidad de encontrar alturas de ola mayores son los meses de octubre a diciembre, mientras que los meses con menor altura de ola son los meses estivales.
El periodo medio del oleaje es el tiempo (medido en segundos) que transcurre entre la llegada de una cresta de la ola y la siguiente. En la Comunidad Valenciana, el periodo medio del oleaje ronda los 4-5 segundos aproximadamente, aunque se han registrado valores puntuales entorno a los 7 segundos. Se observa una clara estacionalidad, con periodos más largos en la época fría del año, que se acortan en los meses de verano (al tiempo que las olas disminuyen de tamaño).
Los oleajes frente al Golfo de Valencia muestran en esta zona una clara componente NE. La dirección de los oleajes de temporales presenta asimismo un predominio NE, siendo además los de mayor envergadura. Les siguen con una proporción algo menor los procedentes del E y del S. Esto confirma que durante los momentos de máxima energía, y por tanto de mayor capacidad de erosión, el sentido del transporte litoral sea N-S. Los vientos del E (Levantes puros) y SW provocan un frente de oleaje, que al romper sobre el Cabo de San Antonio dan origen a una contracorriente Sureste-Noroeste, paralela a la costa, de gran poder erosivo.
El oleaje es producido por el viento, que se mide como velocidad media del viento, en nudos (millas náuticas por hora; mn/h), metros por segundo (m/s) o a través de la escala Beaufort. En la Comunidad Valenciana, la velocidad media del viento oscila en torno a los 4-5 m/s, considerándose por tanto vientos flojos o moderados.
El régimen de vientos presenta una clara alternancia estacional. Según datos procedentes del Atlas de Clima Mediterráneo para el período 1981-2010, se observan vientos del este dominantes entre los meses de abril a septiembre, siendo claramente de componente sureste en los meses estivales, mientras que en los meses entre noviembre y marzo predominan los vientos del oeste. También son reseñables los periodos de calma, que suponen casi un tercio del total.
– Temperatura superficial del mar.
La temperatura superficial del mar Mediterráneo sufre amplias variaciones estacionales, incrementándose notablemente a lo largo del verano debido a su condición de mar cerrado.
En las costas de la Comunidad Valenciana, la temperatura superficial del mar oscila entre los 13 °C en los meses invernales y los 25 °C en los meses de verano, aunque han llegado a registrarse valores entorno a los 28 °C.
4.2 Caracterización ecológica
El espacio protegido de L’Almadrava destaca por albergar un gran arrecife-barrera de Posidonia oceanica; se trata de barras rocosas sumergidas sobre las que se asienta la fanerógama, formando el hábitat 1120. Las praderas de posidonia son el ecosistema marino más importante, complejo y extendido del Mediterráneo, con numerosas interacciones tróficas que proporcionan una elevadísima riqueza biológica, albergando distintas especies y comunidades en sus hojas y rizomas. Entre las especies más representativas que habitan las praderas de fanerógamas, se encuentra la nacra (Pinna nobilis), incluida en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas como «vulnerable».
En el medio pelágico, destaca la presencia de ejemplares de cetáceos. Entre las especies más comúnmente avistadas, se encuentra el rorcual común (Balaenoptera physalus), mostrando comportamientos de viaje hacia el sur con trayectoria rectilínea y velocidad y patrones de respiración constantes. También se tiene constancia de avistamientos de otras especies de cetáceos, como el delfín mular (Tursiops truncatus), el delfín listado (Stenella coeruleoalba) o el calderón común (Globicephala melas) en zonas muy próximas a la costa. De igual modo, se ha registrado la presencia de la tortuga boba (Caretta caretta) en las aguas del espacio protegido. Precisamente, y con el objetivo de proteger a la gran diversidad de especies de cetáceos y tortugas marinas que usan la zona como paso migratorio hacia sus áreas de cría y alimentación, se ha aprobado el Real Decreto 699/2018, de 29 de junio, por el que se declara Área Marina Protegida el Corredor de migración de cetáceos del Mediterráneo, se aprueba un régimen de protección preventiva y se propone su inclusión en la Lista de Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo (Lista ZEPIM) en el marco del Convenio de Barcelona 1. Esta Área Marina Protegida Corredor de migración de cetáceos del Mediterráneo se localiza en las inmediaciones de este espacio marino protegido de la Red Natura 2000 denominado L’Almadrava, con el que comparte valores naturales a proteger, como son esas poblaciones de cetáceos y tortugas marinas.
1 www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2018-9034.
Dentro de la ZEC/ZEPA también se encuentran praderas de Cymodocea nodosa, que, al igual que las praderas de Posidonia oceanica, son capaces de crecer sobre sustratos inestables, compactando y estabilizando el sedimento y amortiguando el efecto de corrientes y oleajes. De igual manera, dan cobijo y son fuente de alimentación a adultos y alevines de numerosas especies.
Sin embargo, también contiene comunidades típicas y de gran interés de hábitat rocosos. En el infralitoral superior, en los ambientes más batidos por las olas, la comunidad dominante es la Cystoseiretum mediterranae, siendo Cystoseira mediterranea la especie más representativa. Esta especie puede formar cinturones bastante desarrollados en la zona donde las aguas son más limpias, pudiendo ser indicada como bioindicadora de aguas de buena calidad.
El desarrollo de C. mediterranea favorece la aparición de numerosas especies epífitas sobre los tallos caracterizado por especies como Corallina elongata o Gelidium pusillum. Además, es frecuente encontrar ejemplares propios del mesolitoral como Ceramium ciliatum o Laurencia papillosa.
En ambientes fotófilos abrigados del oleaje se encuentran especies de mayor valencia ecológica y por tanto, menores requerimientos de calidad, capaces de ascender a pisos superiores como son Padina pavonica, Halopteris scoparia y Dictyota dichotoma, o los rodófitos Jania rubens y Laurencia obtusa.
Los hábitats del espacio protegido de L’Almadrava se muestran a continuación referenciados según la nomenclatura expuesta en el Inventario Español de Hábitats y Especies Marinos:
| Código del hábitat | Nombre del hábitat |
|---|---|
| 0301 | Piso infralitoral rocoso y otros sustratos duros. |
| 030101 | Roca infralitoral superior expuesta. |
| 030102 | Roca infralitoral superior moderadamente expuesta. |
| 0301022101 | Roca infralitoral superficial de modo batido, bien iluminada, con Cystoseira mediterranea. |
| 0301022202 | Roca infralitoral superficial de modo batido, bien iluminada, sin fucales con Corallina elongata. |
| 030103 | Roca infralitoral superior protegida. |
| 0301030501 | Roca infralitoral de modo calmo, bien iluminada, con Cystoseira crinita. |
| 0301030701 | Roca infralitoral de modo calmo, bien iluminada, sin fucales con Padina pavonica. |
| 0304 | Pisos Infralitoral y circalitoral sedimentarios. |
| 030402 | Arenas y arenas fangosas infralitorales y circalitorales. |
| 0305 | Praderas de fanerógamas. |
| 030509 | Praderas mediterráneas de Cymodocea nodosa de zonas abiertas profundas, sobre arenas. |
| 030510 | Praderas de Cymodocea nodosa de zonas abiertas someras, sobre arena fangosa o mata muerta de Posidonia oceanica. |
| 0305120201 | Arrecife barrera de Posidonia oceanica sobre roca/bloques rocosos. |
4.3 Caracterización del medio socioeconómico
El espacio marino protegido denominado L’Almadrava se localiza frente a la costa del municipio de Denia, capital de la comarca de la Marina Alta, situada en la provincia de Alicante. La Comarca está formada por 33 municipios y una superficie de 759 km². Se trata de una Comarca con un desarrollo turístico residencial consolidado, complemento de una importante oferta náutica, y su imagen turística está vinculada a playas y naturaleza.
El término municipal de Denia se sitúa en la costa norte de la provincia de Alicante, limita al Norte con el municipio de Oliva (Valencia) y al Sur con Jávea y se encuentra a una distancia de unos 100 km de la capital de provincia, Alicante. Según datos de 2017, su población asciende a 41.568 habitantes, pero en verano su población puede llegar a quintuplicarse, llegando a los 200.000. Según este último censo, el 21,12 % de su población es de nacionalidad extranjera; de estos, un 11,8 % procede de la UE (alemanes), un 3,4 % de Iberoamérica y un 6,4 % de la Europa no comunitaria. Posee una superficie de 66,18 km², y presenta una densidad de población de 628,11 habitantes por km².
Tras un retroceso poblacional tras la crisis de la filoxera a principios del siglo XX, la evolución demográfica del municipio tuvo un cambio radical gracias al «boom» turístico de los años 1960. Su población pasó de 12.185 habitantes en 1960, a 44.726 en 2011.
Denia ha sido durante la gran parte de su historia, una comarca dedicada principalmente a las actividades agrícolas y a las relacionadas con la pesca. Tras el boom turístico de los años 60, la gran belleza de esta comarca propició un cambio en el sector económico, dedicado desde entonces al sector terciario. En la actualidad, la actividad primaria posee una importancia relativa mínima sobre el producto total, debido precisamente a la preeminencia de la actividad terciaria.
En relación al sector agrícola, registra el mínimo número de activos empleados, ya que la superficie agrícola en uso está centrada casi totalmente en la citricultura. Actualmente, el municipio de Denia no quiere que la agricultura quede en el olvido, para ello ha organizado el programa «Agricultor formador». Se trata de un proyecto con el que pretenden utilizar la experiencia de los veteranos agricultores para formar a los más jóvenes, pretendiendo ser «una experiencia innovadora que se plantea como una herramienta efectiva de transferencia de conocimientos prácticos y tecnología entre generaciones».
En relación a las zonas portuarias existentes, adyacente al espacio marino protegido se encuentra el puerto de Denia, configurado por dos grandes muelles de protección que, junto con el litoral, conforman un pseudo triángulo con acceso por su vértice exterior protegido por la escollera, que permite que su acceso sea seguro incluso en condiciones marcadas por el mal tiempo. En su lado suroeste, se halla la dársena deportiva, gestionada por el Club Náutico. El puerto comercial cuenta con un jet-foil a Ibiza, y el Puerto cuenta con una zona pesquera. En relación a los amarres deportivos, según los datos de la Subdirección General de Puertos de la Generalitat Valenciana, el puerto de Denia cuenta con una zona comercial, con 501 amarres deportivos de gestión directa, y la Generalitat Valenciana gestiona otros amarres en la dársena del Club Náutico y la Marina de Denia, sumando un total de 1942 amarres deportivos en el término municipal.
El turismo náutico goza de un especial atractivo en este espacio y se ha intentado estructurar como producto náutico a través de la creación de la Estación Náutica de la Marina Alta que engloba las ofertas náuticas y turísticas de los municipios de Benissa, Calpe, Denia y Xàbia.
Respecto a la pesca, la flota pesquera con base en el puerto de Denia, según datos de 2019 de la Subdirección General de Pesca de la Generalitat Valenciana, está compuesta por 30 buques de distinto porte; de ellos, 18 se dedican a la pesca de arrastre, 11 a las artes menores y uno a la pesca con palangre de superficie. La producción pesquera de esta flota, según datos de 2016, ronda las 591,9 toneladas lo que supone un ingreso de unos 4.885,1 miles de euros. Las principales especies capturadas son gamba, rape, lluç, cigala, dentol, escorpa y langosta.
En cuanto a la acuicultura, la actividad marisquera dentro del área de estudio se localiza en las zonas de producción de moluscos «Oliva» (CVA-11) y »Denia» (CVA-12), cuyas especies de referencia son: chirla (Chamelea gallina), coquina (Donax trunculus) y equinodermos. Está declarada como zona de marisqueo tipo A, es decir, apta para la recolección de moluscos vivos para consumo humano directo.
Respecto a la zonificación eólica de este tramo litoral, todo el espacio marino protegido forma parte de una zona de exclusión para la instalación de parques eólicos marinos off-shore.
Finalmente, en el ámbito de la ZEC existen 9 playas de las cuales cuatro contaron con el reconocimiento Bandera Azul en 2017 (Punta del Raset, Les Marines, Les Bovetes y Molinos y Palmeras).
5. Inventario de presiones
5.1 Presiones y amenazas sobre la ZEC
Para el análisis de las presiones en el espacio se ha partido de la caracterización de actividades y presiones realizada por el CEDEX (2013), en base a la información disponible en la base de datos de presiones de dicho organismo, en los documentos de planificación hidrológica de la Demarcación hidrográfica del Júcar, la información suministrada por el servicio provincial de Costas, y la información recopilada en el marco de la Evaluación Inicial de la Estrategia Marina de la Demarcación marina levantino-balear.
Posteriormente se ha enriquecido este análisis general con nueva información bibliográfica de presiones y amenazas, su afección específica sobre los valores del espacio, así como la información recogida en el proceso participativo.
En el apartado 6, dentro de la evaluación de los valores de la ZEC se realiza un inventario específico donde se describen detalladamente las presiones y amenazas presentes que afectan a cada uno de estos valores y se incluye una valoración de la importancia que tienen sobre los mismos.
Asimismo, en el apartado 8 y en la matriz DPSIR (incluida en el apéndice 2) se parte de estas presiones y amenazas y su impacto sobre los valores del espacio para establecer medidas de conservación.
A modo de resumen de lo indicado en los diferentes apartados del plan de gestión, cabe mencionar que las principales presiones y amenazas detectadas en el espacio son la contaminación marina provocada principalmente por nitratos, tanto de origen urbano (F20) como agrícola (A28), la aportación de arena en playas (F06), el efecto del cambio climático (N01 y N04), y la actividad náutica recreativa (F07). Adicionalmente, en relación a la Tortuga boba (Caretta caretta), cabe destacar la captura accidental por artes de pesca (G12), y la contaminación de las aguas, especialmente por basura marina (F22).
A continuación, se muestra una tabla general con las presiones y amenazas identificadas en la ZEC y su importancia específica para los valores que alberga. Para la codificación de presiones y amenazas se utiliza el listado estandarizado de la Comisión Europea sobre presiones y amenazas relativas a los espacios de Red Natura 2000, correspondiente al periodo 2013-2018 2:
2 http://cdr.eionet.europa.eu/help/habitats_art17
| Código | Descripción | Importancia | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| 1110 | 1120 | 1170 | 1224 (C. caretta) | 1349 (T. truncatus) | ||
| A28 | Actividades agrícolas que generan contaminación marina. | Media. | Alta. | Media. | Media. | |
| C07 | Vertido/depósito de dragados marinos. | Muy baja. | ||||
| D10 | Actividades de producción y transmisión de energía que generan contaminación marina. | Baja. | ||||
| E02 | Actividades de transporte en rutas navegables y líneas de ferri. | Baja. | Media. | |||
| E08 | Actividades de transporte terrestre, acuático y aéreo que generan ruido, luz y otras formas de contaminación. | Baja. | Media. | |||
| F06 | Construcción y mantenimiento de playas para turismo y recreación, incluida la reconstrucción y la limpieza de playas. | Media. | Alta. | Media. | Alta. | |
| F07 | Deporte, turismo y actividades de ocio. | Media. | Media. | Media. | Media. | Media. |
| F20 | Actividades y estructuras residenciales o recreativas que generan contaminación marina (excepto contaminación marina macro y micro particular). | Media. | Media. | Media. | Media. | |
| F22 | Actividades y estructuras residenciales o recreativas que generan contaminación marina de macro y micropartículas (por ejemplo, bolsas de plástico, espuma de poliestireno). | Media. | Media. | Media. | Alta. | Media. |
| G01 | Pesca y marisqueo (comercial, recreativo) que genera reducciones en las poblaciones de especies/presas y perturbaciones de especies. | Media. | ||||
| G03 | Pesca y marisqueo en el mar (comercial, recreativo) que generan pérdida física y perturbaciones de los hábitats del suelo marino. | Baja. | Baja. | |||
| G12 | Capturas y muertes accidentales (debido a actividades de pesca y caza). | Alta. | Media. | |||
| H02 | Ejercicios y operaciones militares, paramilitares o de la policía en el medio ambiente marino y de agua dulce. | Muy baja. | Muy baja. | Muy baja. | Muy baja. | Muy baja. |
| I01 | Especies exóticas invasoras de preocupación para la Unión. | Baja. | ||||
| J02 | Fuente mixta de contaminación marina (marina y costera). | Media. | Media. | Media. | Media. | Media. |
| N01 | Cambios de temperatura (por ejemplo, aumento de temperatura y extremos) debido al cambio climático. | Media. | Media. | Media. | Alta. | Media. |
| N04 | Cambios en la exposición al oleaje y en el nivel del mar debido al cambio climático. | Muy alta. | Media. | |||
5.2 Presiones y amenazas sobre la ZEPA
A continuación, se hace una valoración de presiones detectadas, que se han considerado susceptibles de producir impactos negativos sobre las poblaciones de aves marinas:
Al margen de las presiones identificadas previamente para cada una de las especies de aves por las que fue declarado este espacio ZEPA, a continuación, se identifican las presiones y amenazas susceptibles de afectar a las poblaciones, identificadas por el CEDEX (2013). También se han considerado aquellas amenazas derivadas de las presiones detectadas que tienen una incidencia especialmente relevante sobre las aves marinas. Los códigos de presión entre corchetes se corresponden con los del listado estandarizado de presiones y amenazas establecido por la Comisión Europea.
Del conjunto de presiones y amenazas detectadas analizadas por el CEDEX en el Espacio Marino de L’Almadrava, ocho de ellas son susceptibles de producir impactos con efectos negativos sobre las aves marinas designadas como taxones clave; estas ocho presiones son las siguientes:
– [A01] Agricultura: todo el frente costero está declarado zona vulnerable por contaminación de nitratos de origen agrícola.
– [D03.01] Zonas portuarias: puerto de Denia (0,5 km²).
– [D03.02] Navegación/transporte marítimo: no hay registro de señales AIS en este espacio marino, pero sí de VMS (aunque muy pocas).
– [E03.04] Vertederos de material dragado: el punto de vertido del material dragado en el puerto de Denia se encuentra dentro de los límites de este espacio, si bien sólo está registrado su uso en 2008 (vertido de 51.760 Tn).
– [F02.02] Pesca profesional: adyacente al área de estudio está el puerto pesquero de Denia). Según datos de la Subdirección General de Pesca de la Generalitat Valenciana para 2019, el puerto de Denia cuenta con 30 buques, de los que 11 son de artes menores (que faenan ocasionalmente en este espacio), y 18 son de arrastre y 1 de palangre de superficie (que faenan fundamentalmente fuera del espacio). Hay registro de datos VMS de cerco, arrastre de fondo y artes menores.
– [G01.01] Náutica recreativa: puerto de Denia.
– [H01] Contaminación del agua: Aguas residuales urbanas: emisario submarino que vierte las aguas depuradas de Denia, Ondara y Pedreguer (total de 358.000 habitantes equivalentes). Otras fuentes puntuales de contaminación próximas: Río Racons-Molinell, con aguas de drenaje de terrenos de marjal y cultivo de arroz y vertidos de la potabilizadora de agua de Denia y depuradoras en mal estado de las urbanizaciones de Denia; Río Girona, con agua procedente de lluvias, de la marjalería y agrícolas; Barranco de l'Alberca con drenaje de la marjalería; Barranco del Nap; Gola de la marjal y Barranco del Regacho.
– [J02.12.01] Regeneración de playas: aportaciones de arena en la playa de L’Almadrava, playa de Les Molins, playa de Les Marines y playa Punta del Raset.
En cuanto a la calidad de las masas de agua, estas poseen un Estado Ecológico bueno y un Estado Químico bueno. Existe una zona declarada de cría de moluscos, con clasificación A. Asimismo, existen 6 zonas de baño, todas Aptas.
En la siguiente tabla se indica la intensidad de la presión y su impacto potencial sobre las distintas especies, con la siguiente clave de valoración: (o): impacto leve o nulo; (X): impacto relevante; (XX): impacto grave.
| Presión | Especies | ||
|---|---|---|---|
| Código | Intensidad | PMAU | LAUD |
| A01 Agricultura. | Media. | o | o |
| D03.01 Zonas portuarias. | Muy baja. | o | X |
| D03.02 Tráfico marítimo. | Muy baja. | X | X |
| F02.02 Pesca profesional. | Media. | XX | XX |
| G01.01 Deportes náuticos. | Media. | X | X |
| H01 Contaminación del agua. | Alta. | o | X |
| J02.12.01 Regeneración de playas. | Alta. | o | o |
Según este análisis, las presiones que se presentan con cierta intensidad en L’Almadrava son la agricultura, los deportes náuticos, la pesca profesional, la contaminación del agua y la regeneración de playas. El resto de presiones detectadas por el CEDEX y que son susceptibles de producir impactos negativos de consideración sobre las poblaciones de aves marinas, tienen una intensidad baja o muy baja en este espacio.
La contaminación del medio marino (agua y redes tróficas) derivada de la intensificación agrícola, de las aguas residuales y del resto de focos de contaminación puntual detectados, afectan, principalmente, a las especies más costeras. Las zonas portuarias junto con el tráfico marítimo asociado son fuente de una serie de impactos con efectos adversos de distinta índole sobre toda la comunidad de aves marinas, como son la contaminación (vertidos de sustancias tóxicas o peligrosas, vertidos de hidrocarburos, macroplásticos, basura), la ocupación del espacio marítimo y las molestias producidas por el tráfico de buques.
Los deportes náuticos y las actividades recreativas en el mar generan una serie de impactos con efectos adversos de distinta índole sobre las aves marinas como la contaminación (hidrocarburos, macroplásticos, basura), la ocupación del espacio marítimo, la degradación de los fondos marinos debida al fondeo y las molestias producidas por el tráfico de buques. Este último impacto es el más preocupante ya que, a partir de cierto umbral, el trasiego de buques acaba por expulsar a las aves de sus zonas de alimentación, agregación o descanso en el mar, con lo que la capacidad de este espacio para albergar poblaciones de aves marinas se vería muy comprometida.
La regeneración de playas puede afectar a las especies más costeras, por vías indirectas, en el caso de que se produzcan alteraciones en los hábitats submareales que afecten a las redes tróficas. También son previsibles impactos a estas especies durante la fase de ejecución de proyectos de regeneración, por lo que estos deberán ejecutarse únicamente fuera del periodo reproductor y hasta la emancipación de los jóvenes, es decir, de abril a septiembre.
De las presiones detectadas la más preocupante es la pesca profesional ya que puede provocar la muerte de aves adultas por captura accidental (F03.02.05). Las aves marinas son especies longevas cuyas estrategias vitales como individuos y cuyas estrategias de persistencia como población se basan en mantener tasas de supervivencia muy altas en la edad adulta. Esto hace que variaciones incluso pequeñas en este parámetro demográfico tengan un efecto desproporcionado en la viabilidad de las poblaciones. De ahí que el aumento de la tasa de mortalidad de los adultos causado por la captura accidental en artes de pesca, aunque sea muy pequeño, pueda dar al traste con las poblaciones afectadas.
Además, bajo condiciones de sobrepesca, las pesquerías pueden reducir la oferta y disponibilidad de presas importantes para varias aves marinas, fundamentalmente los pequeños peces pelágicos de interés comercial. A diferencia de la captura accidental, que tiene efectos drásticos y a corto plazo sobre la viabilidad de las poblaciones, los efectos de la competencia por los recursos suelen presentarse a medio plazo y no provocan declives tan acusados en las poblaciones ya que no afectan tanto a la supervivencia de los adultos como a su éxito reproductor. En este espacio hay registros de cerco, arrastre de fondo y artes menores. La actividad del cerco puede dar lugar a situaciones de competencia por los pequeños peces pelágicos. Las aves marinas buceadoras pueden quedar atrapadas y morir ahogadas en las artes menores de enmalle. La captura accidental en artes menores del palangre puede tener un efecto significativo sobre las tres especies de pardela y sobre la gaviota de Audouin.
6. Inventario y evaluación global los hábitats y especies de interés comunitario
Se consideran hábitats y especies de interés los tipos de hábitats naturales y especies incluidos en los anexos I y II de la Ley 42/2007 con presencia significativa en el espacio marino protegido. Respecto al inventario de especies de aves, se consideran de interés aquellas incluidas en el anexo IV de la Ley 42/2007, por las que fue declarado este espacio Zona de Especial Protección para la Aves, con el fin de asegurar su supervivencia y su reproducción en su área de distribución.
6.1 * Praderas de Posidonia (1120)
Las praderas de Posidonia oceanica, fanerógama marina endémica del Mediterráneo, están incluidas en el anexo I de la Directiva de Hábitats 92/43/CE como hábitat prioritario y en el anexo IV del Convenio de Berna. Del mismo modo, está incluida en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial 3.
3 Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.
Además, las fanerógamas marinas están protegidas en la Comunidad Valenciana mediante la Orden de 23 de enero de 1992, para la regulación de las actividades sobre las praderas de fanerógamas marinas. De manera complementaria, la Ley 5/2017, de 10 de febrero, de pesca marítima y acuicultura de la Comunitat Valenciana, declara los fondos de fanerógamas marinas zonas protegidas de interés pesquero, limitando en ellas las actividades extractivas de fauna y flora marinas y en general las perturbadoras del medio (artículo 35). Finalmente, prohíbe la autorización de establecimientos de acuicultura en fondos de fanerógamas marinas (artículo 25).
6.1.1 Valoración del tipo de hábitat.
En el ámbito del espacio protegido, la representatividad de las praderas de Posidonia, hábitat de interés comunitario protegido por la Directiva 92/43/CEE, se encuentra en un estado remarcable de conservación. Se trata de praderas distribuidas en mosaico, alternadas con biocenosis fotófila de roca infralitoral, zonas con C. prolifera y manchas de Cymodocea nodosa. Ocupa una superficie de 2.303,82 ha, suponiendo un 1,99 % de la distribución total de este hábitat a nivel estatal en el ámbito de la región marina mediterránea (MMED) 4, otorgándole una representatividad significativa respecto a la superficie que ocupa.
4 Basado en las estimas de superficie realizadas en la primera edición del Atlas de las praderas marinas de España de 2015, con una superficie total estimada para este tipo de hábitat de 115.904 ha.
6.1.2 Presiones y amenazas.
La conservación de las praderas de Posidonia oceanica en este espacio marino protegido está íntimamente relacionada con la estabilidad de los sistemas sedimentarios y con la calidad del agua, por lo que se considera que la red de saneamiento, la pesca, la náutica recreativa y la agricultura, pueden producir afecciones de grado medio en el buen estado de conservación de este hábitat dentro de la ZEC/ZEPA L’Almadrava.
Contaminación marina (A28, F20, J02).
Se considera que la zona sureste del espacio protegido, próxima al puerto de Denia, es la zona potencialmente más afectada al estar expuesta a niveles de presión media por contaminación, debido a la proximidad al vertido de aguas residuales del emisario de Denia, su puerto y fuentes contaminantes puntuales como las aguas de drenaje de la marjalería localizada tras las urbanizaciones, y a unos 600 metros al oeste del dique occidental del mismo puerto.
En base a la información disponible en la base de datos de presiones de CEDEX, una de las principales afecciones que afectan al área marina protegida viene dada por el vertido de 5.5 106 m³/año de aguas residuales depuradas (y sin reducción de N y P) procedente de los municipios de Denia, Ondara y Pedreguer (un total de 358.000 habitantes equivalentes) a través del emisario submarino localizado a aproximadamente a 200 metros al este del espacio marino protegido. Como consecuencia del aumento de la turbidez por la puesta en suspensión de materia orgánica, sustancias químicas y sedimentos, está catalogada como presión media sobre la pradera, dado que pese a encontrarse relativamente alejada del trazado, la pluma del vertido puede desplazarse largas distancias según las corrientes predominantes y el tamaño de los sedimentos más finos.
Todo el frente costero del LIC está declarado zona vulnerable por contaminación de nitratos de origen agrícola (productos fitosanitarios y nutrientes) procedentes de las aguas de escorrentía y subterráneas próximas al área protegida (Barranco de l’Alberca, barranco del Nap, Gola del marjal, barranco del Regacho, río Racons-Molinell, río Girona y Canal Playa Nova), pudiendo provocar la eutrofización de las aguas costeras. La eutrofización del medio favorece la proliferación del fitoplancton y desarrollos masivos de algas (macroalgas, epífitas, diatomeas, ectocarpales, etc.) sobre las hojas de las angiospermas, causando una menor penetración de la luz disponible para la fotosíntesis y un aumento de la actividad de los herbívoros, llegando a causar drásticas disminuciones en la biomasa fotosintética, comprometiendo el crecimiento y la supervivencia de la planta. Por todo ello, se observan unos niveles de presión media sobre el hábitat.
Vertido/depósito de material dragado (C07).
En la zona central del espacio protegido se encuentra un punto de vertido histórico de material dragado del puerto de Denia. Conforme a las directrices para la caracterización del material dragado y su reubicación en aguas del dominio público marítimo-terrestre, los materiales dragados autorizados deben pertenecer a la categoría A (contenido de finos inferior al 10 %; concentración de COT inferior al 2 %, y el resultado del TPT con una concentración CE50 superior a 2.000 mg/ℓ.). De acuerdo con las directrices, el material dragado puede verterse al mar excepto en las zonas de exclusión cuyo fondo esté constituido por praderas de fanerógamas marinas, entre otros valores naturales. Sin embargo, el punto de vertido que se encuentra dentro del LIC no tiene la consideración de zonas de exclusión de acuerdo con la normativa, dado que está considerado como un vertido histórico o tradicionalmente autorizado, siempre previa justificación de que los vertidos realizados con anterioridad no hayan tenido efectos negativos significativos sobre la calidad del medio marino u otros usos legítimos del mar. Según datos del CEDEX, se trata de un punto muy poco utilizado, con un único uso de vertido en 2008 (51.760 TN), por lo que se considera un impacto muy bajo, aunque cabe la posibilidad de que se incremente su uso, sobre todo en casos de obras en el puerto, por lo que será necesario instaurar medidas de gestión específicas para este punto de vertido.
Actividades de producción y transmisión de energía (D10).
Respecto al trazado del gasoducto Denia-Ibiza-Palma, el recorrido del tramo Denia se desvía hacia el oeste y se aleja del Espacio marino de L’Almadrava situándose a unos 2.000 m de la pradera más cercana de dicho tramo, salvo en el extremo N-NE de la pradera, más cercano a la costa, denominado «Algar de la Almadraba», que se encuentra a tan solo 1.500 metros de distancia del eje del trazado del gasoducto. No obstante, el plan dispone de medidas correctoras de posibles impactos que pudiesen afectar a la pradera de Posidonia oceanica del LIC L’Almadrava, por lo que se valora como un impacto bajo.
Regeneración y limpieza de playas (F06).
Los resultados del proyecto Eurosion, identifican paralelamente problemas de erosión en la costa. La inversión del transporte litoral en la costa de Oliva, unido a que en el puerto de Denia se ha constituido una barrera al transporte longitudinal de sedimentos (principios del siglo XX), condiciona el carácter global deficitario del litoral de Denia. El tramo que abarca desde el Puerto de Oliva hasta el Puerto de Denia tiene la particularidad de que el transporte longitudinal tiene sentido sur-norte, contrario al resto del tramo, anulándose en las cercanías del puerto de Oliva y de la desembocadura del río Racons, cercano a la playa de Les Deveses. Esta situación ha hecho que la línea de costa haya estado oscilante y las playas hayan sufrido un retroceso paulatino desde la punta de L’Almadrava hasta el puerto del Denia. Las causas del fenómeno regresivo se deben a la falta de aportes de magnitud relevantes que sean capaces de compensar el marcado carácter erosivo de la costa.
Como consecuencia, se han realizado aportaciones de arena en las playas de L’Almadrava, Les Molins, Les Marines y Punta del Raset situadas en el sector occidental del espacio protegido. De acuerdo a los criterios acordados por el CEDEX, la intensidad de dicha presión sobre el LIC sobre la pradera de Posidonia oceanica se considera alta debido a fenómenos de aumento de turbidez (disminución de la irradiancia) por la dispersión de las fracciones más finas y el posible enterramiento/erosión del límite superior de las praderas de fanerógamas (límite más somero). La acción de esta regeneración de playas dio lugar a la regresión de la barrera de P. oceanica de 6 kilómetros que se encuentra en el norte del puerto de Denia 5.
5 ATLAS de las praderas marinas de España 2015.
Las incidencias de continuos temporales han llevado al Ayuntamiento de Denia a construir diques de Posidonia en diferentes playas del municipio, con el objetivo de frenar la erosión costera. Esta acción consiste en «levantar muros» de arribazones de posidonia en las playas del municipio más castigadas por los temporales y durante los meses de mayor impacto de noviembre a marzo. Con ello, se pretende hacer una gestión más sostenible de los arribazones de posidonia y conseguir que se deposite un mayor número de sedimentos que contribuyan a disponer de más playa seca para la próxima temporada y evitar así la acción de temporales. Este criterio es una acción ambiental reconocida y bien valorada que se recomienda incluso desde el protocolo de Banderas Azules y ha conseguido un aumento de hasta el 20 % de playa seca en algunas zonas de la playa de Les Marines.
Deportes al aire libre, actividades de ocio y actividades recreativas organizadas (F07) y Basuras marinas (F22).
Respecto al fondeo de embarcaciones de recreo, también se presenta como causa de alteración de grado medio de las praderas de Posidonia. Su impacto se deduce teniendo en cuenta el número de amarres del puerto de Denia (1.212 amarres) con un porcentaje de ocupación del 98 % en el periodo estival. Destacar la acción física de los elementos de anclaje, así como las pinturas y antióxidos, la acumulación de basuras y los vertidos de aguas residuales, combustibles y aceites que actúan como elementos degradativos del medio, fundamentalmente en los puntos de acumulación de fondeos, como el que se da en el extremo este del espacio y que representan un impacto de valor medio sobre el hábitat.
Prácticas de pesca marina (profesional y recreativa) (G03).
En cuanto al desarrollo de la actividad pesquera, se analizan las señales del SLB (Sistema de Localización de Buques) o sus siglas en inglés VMS (Vessel Monitoring System) de los buques con esloras superiores a 15 metros. En este sentido, adyacente al espacio protegido se ubica el puerto pesquero de Denia (31 buques pesqueros) con escasos registros del VMS de las modalidades de cerco, arrastre de fondo y artes menores, concentradas en el sector meridional del LIC, en su paso hacia o desde el puerto de Denia. Por su parte, el sector artesanal, único con actividad dentro del espacio protegido, se compone fundamentalmente de artes de parada (artes de enmalle) y palangrillos, con un bajo impacto sobre las praderas de fanerógamas marinas y por tanto sobre el hábitat.
Ejercicios y operaciones militares (H02).
Todo el espacio está dentro de una zona de ejercicios militares y existen varios puntos de munición de vertido en las proximidades del LIC. Sin embargo, se considera que el riesgo de interacción de estas actividades con las praderas de P. oceanica es muy bajo.
Especies invasoras (I01).
En relación a las especies invasoras, consideradas una de las principales causas de pérdida de biodiversidad en el Mediterráneo, suponen una seria amenaza para la biodiversidad, estructura y función de los ecosistemas, ya que desplazan a las especies nativas, reduciendo la biodiversidad de las comunidades, cambiando la composición de las especies y su abundancia, llegando a modificar la estructura del hábitat y produciendo cambios en cascada en la red trófica que podrían resultar en graves impactos negativos sobre el ecosistema.
Como parte del programa de seguimiento de las praderas de Posidonia oceanica POSIMED 2016, se ha detectado la presencia del alga invasora Caulerpa cylindracea en las praderas muestreadas dentro del área protegida. En este sentido, la presencia de puertos en las proximidades del LIC se presenta como el factor de riesgo más importante de entrada de esta especie en el espacio protegido, transportada en los cascos de los buques, en las redes, en las anclas, en las aguas de lastre, etc. El análisis detallado de diversas praderas en contacto con poblaciones de C. racemosa ha puesto de manifiesto la incapacidad del alga para desarrollar crecimientos y biomasas importantes en el interior de la pradera y alterar la estructura de la misma, por lo que su grado de amenaza se valora como bajo.
Cambio climático (N01).
Una de las mayores amenazas a las que se encuentran sometidas las praderas de fanerógamas marinas es el efecto del cambio climático, que incluye el aumento de las temperaturas y acidificación, y local eutrofización debido al aumento en las concentraciones de amonio sobre un amplio abanico de propiedades de las hojas de las plantas, incluyendo rasgos estructurales, nutricionales, biomecánicos y químicos. Concretamente, Posidonia oceanica es especialmente vulnerable al aumento de la temperatura del agua, lo que ocasiona un aumento en la tasa de mortalidad de los individuos que conforman las praderas afectadas, por encima del reclutamiento. Observaciones de campo demuestran que cuando la temperatura del agua marina excede los 27,5-28°C la tasa de mortalidad de haces de Posidonia oceanica se triplica, incluso en zonas protegidas. El aumento de la temperatura se relaciona se relaciona a su vez con ciertos procesos fisiológicos de la planta que alteran su crecimiento poblacional, siendo especialmente sensible a la producción de sulfuro en el sedimento, proceso que se acelera con la temperatura.
Finalmente, el resto de las presiones antrópicas a las que se ve sometida la planta (vertidos, dragados, arrastre, etc.) debilitan a P. oceanica que disminuye su resiliencia frente a los efectos del cambio climático.
Modelos desarrollados sobre las consecuencias del cambio climático muestran cambios en la circulación oceanográfica del Mediterráneo que dará lugar a alteraciones en la frecuencia e intensidad del olaje y un aumento del nivel del mar, a la vez que se acusará una disminución en la formación de agua profunda en el Golfo de León. Como consecuencia, se espera un retroceso de las praderas de fanerógamas marinas en muchos puntos del Mediterráneo.
Cabe destacar el coste económico y social que entraña la degradación de las praderas de Posidonia. De acuerdo al proyecto LIFE Posidonia Andalucía de 2011, se estima en 43.688 euros/ha/año los beneficios que generan las praderas de Posidonia para la pesca, el turismo, el litoral y la mitigación del Cambio Climático. Siguiendo este mismo criterio, el capital natural del LIC L’Almadrava superaría los 97 millones de euros/año. Se trata de una estimación a la baja dado que un posterior análisis en 2013 de lo que se denomina emergía («Emergy análisis»), otorga a la P. oceanica un valor estimado de 1.720.000 euros ha/año, con lo que el capital natural del LIC L’Almadrava superaría los 3.800 millones de euros al año.
A continuación, se detallan las presiones y amenazas sobre el hábitat *1120 de acuerdo al listado estandarizado de la Comisión Europea sobre presiones y amenazas relativas a los espacios de Red Natura 2000, correspondientes al periodo 2013-2018 6:
6 http://cdr.eionet.europa.eu/help/habitats_art17.
| Presión/Amenaza | ||
|---|---|---|
| Código | Descripción | Importancia |
| A28 | Actividades agrícolas que generan contaminación marina. | ALTA. |
| C07 | Vertido/depósito de material dragado de extracción marina. | MUY BAJA. |
| D10 | Actividades de producción y transmisión de energía que generan contaminación marina. | BAJA. |
| F06 | Desarrollo y mantenimiento de las áreas de playa para el turismo y las actividades recreativas, incluidas la regeneración y limpieza de playas. | ALTA. |
| F07 | Deportes al aire libre, actividades de ocio y actividades recreativas organizadas. | MEDIA. |
| F20 | Actividades e instalaciones recreativas y residenciales que generan contaminación marítima (excluida la contaminación marina de macro y microparticulas). | MEDIA. |
| F22 | Actividades e instalaciones residenciales o recreativas que generan contaminación marina de macro y microparticulas (por ejemplo, bolsas de plástico, espuma de poliestireno). | MEDIA. |
| G03 | Prácticas de pesca marina y recolección de moluscos y crustáceos (profesional y recreativa) que alteran y causan daños físicos sobre el hábitat bentónico. | BAJA. |
| H02 | Ejercicios y operaciones militares, paramilitares o de la policía en el medio marino. | MUY BAJA. |
| I01 | Especies invasoras incluidas en el Reglamento (UE) N.º 1143/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo. | BAJA. |
| J02 | Contaminación marina de origen mixto (marina y costera). | MEDIA. |
| N01 | Cambios de temperatura y acidificación debido al cambio climático. | MEDIA. |
| N04 | Cambios en el nivel del mar y exposición al oleaje debidos al cambio climático. | MEDIA. |
6.1.3 Estado de conservación.
La Directiva Hábitats define el «Estado de conservación de un hábitat» como el conjunto de las influencias que actúan sobre un hábitat natural y sobre las especies típicas asentadas en el mismo y que pueden afectar a largo plazo a su distribución natural, su estructura y funciones, así como a la supervivencia de sus especies típicas.
Con el fin de valorar el estado de conservación de los valores naturales anteriormente mencionados, se han tomado como referencia los parámetros empleados para el seguimiento de la Red Natura 2000 de acuerdo con el artículo 17 de la Directiva Hábitats. En el apéndice 1 a este plan de gestión, puede consultarse la metodología empleada para la evaluación del estado de conservación.
En base a los criterios de la Directiva Hábitats y de acuerdo con la evaluación individual de cada uno de los parámetros, se considera que el estado de conservación del hábitat *1120 Praderas de posidonia, en el ámbito del espacio protegido, es favorable (F), según se muestra en la tabla adjunta:
| Hábitats de interés comunitario | Indicadores del estado de conservación | |||
|---|---|---|---|---|
| Rango | Área ocupada por el hábitat | Estructura y funciones específicas | Perspectivas futuras | |
| 1120- *Praderas de Posidonia (Posidonion oceanicae). |
F |
F |
F |
F |
– Rango: los En el Mediterráneo español, esta especie se distribuye en fondos arenosos y rocosos entre 0,5 m y una profundidad máxima que depende de la transparencia de las aguas costeras, lo cual varía entre las diferentes regiones. De acuerdo con el Atlas de las praderas marinas de España, los rangos batimétricos de P. oceanica en el litoral de la provincia de Alicante abarcan desde aguas someras, inferiores a 1 metro de profundidad hasta los 28 m de profundidad.
El espacio marino de L’Almadrava alberga praderas distribuidas en mosaico alternadas con biocenosis fotófila de roca infralitoral, que abarcan desde los 2-8 m hasta los 25-27 m de profundidad. Por tanto, el rango de hábitat se considera como favorable (F) atendiéndose a la profundidad a la que Posidonia oceanica tiene capacidad de desarrollo.
– Área ocupada por el hábitat: las praderas de P. oceanica realizan una serie de funciones ecológicas y servicios ambientales a gran escala que son directamente proporcionales a la superficie que ocupan. No es posible establecer en estos momentos qué umbral de pérdida de praderas reduce sensiblemente su viabilidad y servicios ecológicos, pero probablemente esta reducción sea proporcional a la pérdida de hábitat. Sería importante por tanto que las praderas ocupasen vastos cinturones de costa, ajustándose lo más posible a su área potencial.
La distribución actual de Posidonia oceanica en el espacio marino protegido obedece a la distribución de la roca infralitoral con biocenosis fotófilas, que determina que las praderas de Posidonia estén distribuidas en mosaico. Según la cartografía más actual (año 2015), dentro del espacio marino protegido el tipo de hábitat *1120 ocupa una superficie de 2.303,82 ha, lo que representa un 49,91 % de la superficie total del LIC.
El Formulario Normalizado de Datos cumplimentado para la designación del espacio protegido de L’Almadrava, del año 2000, presenta para este tipo de hábitat una superficie de 1.679,62 hectáreas. A partir de estos datos y junto con la ampliación del espacio, se considera este nuevo valor como el Rango Favorable de Referencia, y el área del hábitat, como favorable (F).
– Estructura y funciones específicas: dentro de los factores estructurales, los límites de las praderas son descriptores sencillos de su distribución y a la vez indicadores robustos de su estado, ya que a menudo, los factores de estrés que afectan a las praderas se manifiestan primero en sus límites. Por ejemplo, la reducción de la transparencia del agua retrae el límite inferior de las praderas hacia zonas más someras, mientras que los procesos de erosión o regeneración de playas, suelen primero afectar al límite superior de la pradera. Por otra parte, los parámetros de abundancia (biomasa, cobertura y densidad) de la fanerógama Posidonia oceanica, como especie constitutiva de la pradera, son buenos descriptores locales de la estructura de este tipo de hábitat e indicadores de su estado de salud, ya que son muy sensibles a los cambios ambientales que afectan a la pradera.
Dentro de los factores funcionales, la dinámica de la población de haces de Posidonia oceanica (crecimiento neto de la población, natalidad y mortalidad) permiten obtener una imagen indicativa de si la pradera se encuentra en declive (pérdida de densidad o cobertura), en progresión (aumento) o estable. Asimismo, la producción de la pradera, medida a través del crecimiento vertical de los rizomas, es un indicador temprano de su salud, ya que este crecimiento se ve afectado por factores como el estrés térmico, episodios de enterramientos/erosión y por la contaminación orgánica antes de que se detecte efecto alguno en la densidad o mortalidad de haces.
Otros descriptores, como la presencia de nacras (Pinna nobilis) dejan de ser indicadores de la calidad de las aguas tras haber sufrido una mortalidad masiva en nuestras costas provocada por un protozoo que ha afectado a casi toda la población. Por otra parte, la expansión de especies invasoras en las praderas muestreadas como Caulerpa cylindracea (antes C. racemosa var. cylindracea), pueden ser indicativas de su degradación.
Tras el análisis de los datos obtenidos en las campañas de seguimiento de las dos estaciones de Posidonia oceanica dentro del LIC de L’Almadrava, evaluadas anualmente a través de la Red POSIMED, se observan tendencias distintas en los valores de cobertura aunque sin ser estadísticamente significativas, por lo que se considera que la cobertura se mantiene estable. Para la densidad, la tendencia es positiva desde el año 2002. Atendiendo a los parámetros analizados y la información cartográfica disponible para el espacio marino protegido no se observa signos de deterioro en la estructura y funciones de las praderas de Posidonia, por lo que se considera que el valor del indicador es favorable (F).
– Perspectivas futuras: a pesar de las presiones y amenazas detectadas en el hábitat *1120 en el ámbito del espacio protegido, se considera que al ser la tendencia del hábitat estable en los seguimientos disponibles de la Red POSIMED, las perspectivas futuras de dicho hábitat tienen un valor de favorable (F).
6.2 Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda (1110)
Según la cartografía más actual, realizada en el año 2015, el espacio marino protegido alberga pequeñas praderas la fanerógama marina llamada Cymodocea nodosa, como especie representativa del hábitat 1110 – Bancos de arena cubiertos permanentemente de agua marina, poco profunda, en cotas que van desde los 6 y 18 metros de profundidad.
Cymodocea nodosa también aparece asociada a Posidonia oceanica, constituyendo praderas mixtas, que se han considerado dentro del tipo de hábitat *1120, y que se encuentran situadas a ambos lados del puerto de Denia.
6.2.1 Valoración del tipo de hábitat.
En el ámbito del espacio protegido, el hábitat 1110 ocupa una superficie de 55,63 ha, suponiendo un 1,21 % del espacio marino protegido y un 0,018 % de la distribución total de este hábitat a nivel estatal en el ámbito de la región marina mediterránea (MMED) 7, otorgándole una representatividad significativa respecto a la superficie que ocupa.
7 Basado en las estimas de superficie realizadas en el informe de aplicación de la Directiva Hábitat en España correspondiente al periodo 2007-2012, con una superficie total estimada para este tipo de hábitat de 788.893 ha.
6.2.2 Presiones y amenazas.
Cymodocea nodosa es sensible a las alteraciones ambientales, en especial a la presencia de contaminantes, pérdida de transparencia del agua, erosión y enterramiento. Se ve por tanto afectada, entre otros, por obras costeras e infraestructuras marítimas (diques) y portuarias (puertos comerciales, pesqueros y deportivos), la náutica recreativa o el vertido de nutrientes y aguas residuales urbanas.
Contaminación marina (A28, F20, J02).
Se considera que la zona sureste del espacio protegido es la zona potencialmente más afectada al estar expuesta a niveles de presión media por contaminación debido a la proximidad del puerto de Denia, al vertido de aguas residuales del emisario de Denia, y fuentes contaminantes puntuales como las aguas de drenaje de la marjalería localizada tras las urbanizaciones, y a unos 600 metros al oeste del dique occidental del puerto.
En base a la información disponible en la base de datos de presiones de CEDEX, una de las principales afecciones que afectan al área marina protegida viene dada por el vertido de 5.5 106 m³/año de aguas residuales depuradas (y sin reducción de N y P) procedente de los municipios de Denia, Ondara y Pedreguer (un total de 358.000 habitantes equivalentes) a través del emisario submarino localizado a aproximadamente a 200 metros al este del espacio marino protegido. Como consecuencia del aumento de la turbidez por la puesta en suspensión de materia orgánica, sustancias químicas y sedimentos, está catalogada como presión media sobre la pradera, dado que pese a encontrarse relativamente alejada del trazado, la pluma del vertido puede desplazarse largas distancias según las corrientes predominantes y el tamaño de los sedimentos más finos.
Todo el frente costero del LIC está declarado zona vulnerable por contaminación de nitratos de origen agrícola (productos fitosanitarios y nutrientes) procedentes de las aguas de escorrentía y subterráneas próximas al área protegida (Barranco de l’Alberca, barranco del Nap, Gola del marjal, barranco del Regacho, río Racons-Molinell, río Girona y Canal Playa Nova), pudiendo provocar la eutrofización de las aguas costeras. La eutrofización del medio favorece la proliferación del fitoplancton y desarrollos masivos de algas (macroalgas, epífitas, diatomeas, ectocarpales, etc.) sobre las hojas de las angiospermas, causando una menor penetración de la luz disponible para la fotosíntesis y un aumento de la actividad de los herbívoros, llegando a causar drásticas disminuciones en la biomasa fotosintética, comprometiendo el crecimiento y la supervivencia de la planta.
Por todo ello, se observan unos niveles de presión media sobre el hábitat.
Regeneración y limpieza de playas (F06).
Los resultados del proyecto Eurosion identifican paralelamente problemas de erosión en la costa. La inversión del transporte litoral en la costa de Oliva, unido a que en el puerto de Denia se ha constituido una barrera prácticamente total al transporte longitudinal (principios del siglo XX), condiciona el carácter global deficitario del litoral de Denia. El tramo que abarca desde el Puerto de Oliva hasta el Puerto de Denia tiene la particularidad de que su transporte longitudinal tiene sentido contrario a todo el resto de tramo, siendo sur-norte; y anulándose en las cercanías del puerto de Oliva y de la desembocadura del río Racons, cercano a la playa de Les Deveses. Esta situación ha hecho que la línea de costa haya estado oscilante y las playas hayan sufrido un retroceso paulatino desde la punta de L’Almadrava hasta el puerto del Denia. Las causas del fenómeno regresivo se deben a la falta de aportes de magnitud relevantes que sean capaces de compensar el marcado carácter erosivo de la costa.
Como consecuencia, se han realizado aportaciones de arena en las playas de L’Almadrava, Les Molins, Les Marines y Punta del Raset situadas en el litoral del sector occidental del espacio protegido. La intensidad de dicha presión sobre el hábitat se considera media debido a la distancia a la que se encuentran las praderas de C. nodosa de la costa, sobre todo en la zona de la playa del Raset, donde el aumento de la turbidez y el posible enterramiento de los haces llevaría a la regresión del límite superior de la pradera de C. nodosa.
Actividades náuticas recreativas (F07) y Basuras marinas (F22).
Respecto al fondeo de embarcaciones de recreo, también se presenta como causa de alteración de grado medio de las praderas de C. nodosa. Su impacto se deduce teniendo en cuenta el número de amarres del puerto de Denia, con 1.212 amarres, y un porcentaje de ocupación del 98 % en el periodo estival. Cabe destacar que la acción física de los elementos de anclaje, así como las pinturas y anti óxidos, la acumulación de basuras y los vertidos de aguas residuales, combustibles y aceites, actúan como elementos degradativos del medio, fundamentalmente en los puntos de acumulación de fondeos, como el que se da en el extremo este del espacio y que representan un impacto de valor medio sobre el hábitat.
Prácticas de pesca marina (profesional y recreativa) (G03).
En cuanto al desarrollo de la actividad pesquera, se analizan las señales del SLB (Sistema de Localización de Buques) o sus siglas en inglés VMS (Vessel Monitoring System) de los buques con esloras superiores a 15 metros. En este sentido, adyacente al espacio protegido se ubica el puerto pesquero de Denia, con 31 buques pesqueros, y con escasos registros del VMS de las modalidades de cerco, arrastre de fondo y artes menores, concentradas en el sector meridional del LIC, en su paso hacia o desde el puerto de Denia. Por su parte, el sector artesanal se compone fundamentalmente de artes de parada (artes de enmalle) y palangrillos, con un impacto bajo sobre las praderas de fanerógamas marinas, por lo que se considera que la pesca ejerce una amenaza baja sobre el hábitat.
Ejercicios y operaciones militares (H02).
Todo el espacio está dentro de una zona de ejercicios militares y existen varios puntos de munición de vertido en las proximidades del LIC. Sin embargo, se considera que el riesgo de interacción de estas actividades con las praderas de C. nodosa es muy bajo.
Cambio climático (N01).
La disolución de CO2 en los mares y el aumento de la temperatura del medio deriva en problemas de acidificación y eutrofización local debido al aumento en las concentraciones de amonio, influyendo sobre un amplio abanico de propiedades de las hojas de la angiosperma marina Cymodocea nodosa, que incluyen rasgos estructurales, nutricionales, biomecánicos y químicos. El cambio climático incrementa las tasas de consumo de las plantas marinas por la modificación de las propiedades de sus hojas y disminuye su resiliencia frente a otras presiones.
De igual manera, las praderas de Cymodocea nodosa se ven afectadas de forma cíclica por los temporales, que en playas abiertas y cuando se producen alturas de ola superiores a 3’9 metros, pueden provocar el desenraizamiento de gran parte de sus poblamientos. Esta situación tiene un periodo de probabilidad de unos 10 años, plazo en el cual se recupera la mayor parte de sus poblamientos. Sin embargo, en los últimos años esta situación se ha dado en intervalos de tiempo menores (marzo de 2011, abril de 2013, etc., alcanzando alturas de ola de 3’98 y 3’96 metros respectivamente), por lo que las praderas de C. nodosa no han podido recuperar sus habituales niveles de cobertura y densidad, sobre todo en fondos menores de 15 m, donde la energía del oleaje afecta a su sistema de raíces. Por tanto, una mayor frecuentación de los temporales en el Mediterráneo, a consecuencia del cambio climático, podría afectar muy negativamente a las praderas de esta angiosperma 8.
8 Ruiz, J.M., Guillén, J.E., Ramos Segura, A. & Otero, M.M. (Eds.). 2015. Atlas de las praderas marinas de España. IEO/IEL/ UICN, Murcia-Alicante-Málaga, 681 pp.
Modelos desarrollados sobre las consecuencias del cambio climático muestran cambios en la circulación oceanográfica del Mediterráneo que dará lugar a alteraciones en la frecuencia e intensidad del olaje y un aumento del nivel del mar, a la vez que se acusará una disminución en la formación de agua profunda en el Golfo de León. Como consecuencia, se espera un retroceso de las praderas de fanerógamas marinas en muchos puntos del Mediterráneo. Por todo ello, el cambio climático se considera una amenaza media para las praderas de Cymodocea nodosa.
Es importante destacar que las fanerógamas marinas son, a escala mundial, uno de los grupos de ecosistemas cuyo valor económico, estimado en 14.500 euros anuales por hectárea 9, es de los más elevados. El valor económico se estima según el beneficio que generan las praderas de fanerógamas para la pesca, el turismo, el litoral y la mitigación del Cambio Climático. Siguiendo este mismo criterio, el capital natural del hábitat 1110 en el espacio marino de L’Almadrava estaría en torno a 1,12 millones de euros/año.
9 Costanza R., Arge R., De Groot R., Farber S., Grasso M, Hannon B., Limburg K., Naeem S.,O’Neill R. V., Paruelo J., Raskin R. G., Sut ton P. & M. Van Den Be (1997). The value of the world’s ecosystem services and natural capital. Nature 387: 253-260.
A continuación, se detallan las presiones y amenazas sobre el hábitat 1110 de acuerdo con el listado estandarizado de la Comisión Europea sobre presiones y amenazas relativas a los espacios de Red Natura 2000, correspondientes al periodo 2013-2018:
| Presión/Amenaza | ||
|---|---|---|
| Código | Descripción | Importancia |
| A28 | Actividades agrícolas que generan contaminación marina. | MEDIA. |
| F06 | Desarrollo y mantenimiento de las áreas de playa para el turismo y las actividades recreativas, incluidas la regeneración y limpieza de playas. | MEDIA. |
| F07 | Deportes al aire libre, actividades de ocio y actividades recreativas organizadas. | MEDIA. |
| F20 | Actividades e instalaciones recreativas y residenciales que generan contaminación marítima (excluida la contaminación marina de macro y microparticulas). | MEDIA. |
| F22 | Actividades e instalaciones residenciales o recreativas que generan contaminación marina de macro y microparticulas (por ejemplo, bolsas de plástico, espuma de poliestireno). | MEDIA. |
| G03 | Prácticas de pesca marina y recolección de moluscos y crustáceos (profesional y recreativa) que alteran y causan daños físicos sobre el hábitat bentónico. | BAJA. |
| H02 | Ejercicios y operaciones militares, paramilitares o de la policía en el medio marino. | MUY BAJA. |
| J02 | Contaminación marina de origen mixto (marina y costera). | MEDIA. |
| N01 | Cambios de temperatura y acidificación debido al cambio climático. | MEDIA. |
| N04 | Cambios en el nivel del mar y exposición al oleaje debidos al cambio climático. | MUY ALTA. |
6.2.3 Estado de conservación.
La Directiva Hábitats define el «Estado de conservación de un hábitat» como el conjunto de las influencias que actúan sobre un hábitat natural y sobre las especies típicas asentadas en el mismo y que pueden afectar a largo plazo a su distribución natural, su estructura y funciones, así como a la supervivencia de sus especies típicas.
Con el fin de valorar el estado de conservación de los valores naturales anteriormente mencionados, se han tomado como referencia los parámetros empleados para el seguimiento de la Red Natura 2000 de acuerdo con el artículo 17 de la Directiva Hábitats. En el apéndice 1 a este plan de gestión, puede consultarse la metodología empleada para la evaluación del estado de conservación.
En base a los criterios de la Directiva Hábitats y de acuerdo con la evaluación individual de cada uno de los parámetros, se considera que el estado de conservación del hábitat 1110 Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda, en el ámbito del espacio protegido, es favorable, según se muestra en la tabla adjunta:
| Hábitats de interés comunitario | Indicadores del estado de conservación | |||
|---|---|---|---|---|
| Rango | Área ocupada por el hábitat | Estructura y funciones específicas | Perspectivas futuras | |
| 1110- Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda. |
F |
F |
D |
F |
– Rango: En el Mediterráneo español, Cymodocea nodosa se asienta principalmente en profundidades entre los 5 y los 25 metros de profundidad, aunque en ambientes calmos y reguardados puede encontrarse en aguas someras en rangos superiores a 1 metro de profundidad, e incluso llegar en rangos inferiores hasta los 30 metros de profundidad, dependiendo de la naturaleza del sedimento sobre el que se asiente. En presencia de Posidonia oceanica, suele crear una banda continua previa a las praderas de posidonia, no sobrepasando los 10 metros de profundidad, o superando el rango de Posidonia oceanica, entre los 25 y los 40 metros. En ausencia de P. oceanica, Cymodocea nodosa presenta una distribución batimétrica continua pudiendo ocupar extensiones relativamente amplias.
El espacio marino de L’Almadrava alberga pequeñas praderas que abarcan desde los 6 m hasta los 18 m de profundidad. Por tanto, el rango de hábitat se considera como favorable (F) atendiéndose a la profundidad a la que Cymodocea nodosa tiene capacidad de desarrollo.
– Área ocupada por el hábitat: dentro del espacio marino protegido, el tipo de hábitat 1110, en base a la presencia de las praderas de la fanerógama marina Cymodocea nodosa, ocupa una superficie de 55,63 ha, lo que representa un 1,21 % de la superficie total del LIC.
Puesto que los datos obtenidos para cuantificar el hábitat 1110 en el espacio marino de L’Almadrava han sido los extraídos del Atlas de Fanerógamas marinas, éstos se toman como el Rango Favorable de Referencia, por lo que el área del hábitat se considera favorable (F).
– Estructura y funciones específicas: los parámetros de abundancia (biomasa, cobertura y densidad) de las fanerógamas, como especie constitutiva del hábitat, son buenos descriptores locales e indicadores de su estado de salud, ya que son sensibles a los cambios ambientales. Dentro de los factores funcionales, la densidad de haces permite obtener una imagen indicativa de si la pradera se encuentra en declive (pérdida de densidad o cobertura), en progresión (aumento) o estable.
Diversos estudios muestran que las praderas de fanerógamas marinas son esenciales en el funcionamiento de las cadenas tróficas litorales, formando zonas aptas para la reproducción y guardería de juveniles.
Así mismo, el hábitat 1110 tiene un papel clave en los procesos sedimentarios costeros, principalmente en la dinámica litoral de las playas, ya que actúa como sumidero hacia zonas de la costa. Su alteración puede provocar cambios bruscos en la dinámica sedimentaria y la aparición o desaparición de sedimento en la costa, modificando la ecología del litoral.
Las praderas de Cymodocea nodosa son objeto de seguimiento como indicadoras a instancias de la Directiva Marco del Agua, aunque no se tienen series de datos sobre la densidad, cobertura o especies características de la pradera; por ello se considera el estado de conservación, en cuanto a la estructura y función del hábitat, como desconocido (D) al no contar con series de datos anteriores de detalle que nos permitan realizar una evaluación sobre este parámetro.
– Perspectivas futuras: tras el estudio de las amenazas detectadas en el hábitat 1110 en el ámbito del espacio protegido, no se esperan repercusiones importantes que comprometan la viabilidad del hábitat a largo plazo, por lo que se considera que las perspectivas futuras de dicho hábitat tienen un valor de Favorable (F).
6.3 Arrecifes (1170)
Según la cartografía más actual, proveniente del Atlas de fanerógamas marinas (año 2015), el espacio marino protegido alberga biocenosis de algas esciáfilas y fotófilas infralitorales en régimen calmo y biocenosis de coralígeno, conformando el hábitat 1170 – Arrecifes.
Los arrecifes son hábitats que dan soporte, cobijo y alimento a innumerables especies vegetales y animales, cuya composición, estructura y riqueza es enormemente diversa y varía en función de múltiples factores. Se distribuyen en todas las cotas de profundidad, desde el nivel del mar hasta profundidades abisales.
El hábitat Arrecifes tiene una enorme importancia ecológica, con una elevada complejidad estructural y funcional, entre las que destaca el ser un almacén de carbono, debido a la acción de muchos de sus organismos asociados (corales, ciertos briozoos o gasterópodos), que fijan el dióxido de carbono (CO2) y lo transforman en arrecifes biogénicos.
6.3.1 Valoración del tipo de hábitat.
En el ámbito del espacio protegido, el hábitat 1170 hábitat de interés comunitario protegido por la Directiva 92/43/CEE ocupa una superficie de 252,17 hectáreas, lo que representa un 5,46 % del espacio marino protegido, y un 0,014 % de la distribución total de este hábitat a nivel estatal en el ámbito de la región marina mediterránea (MMED) 10, otorgándole una representatividad significativa respecto a la superficie que ocupa.
10 Superficie total estimada: 1.732.405 ha, en base a las estimas de superficie realizadas en el informe nacional de aplicación de la Directiva Hábitat en España correspondiente al período 2007-2012.
6.3.2 Presiones y amenazas.
Entre las presiones que puedan afectar al hábitat, se destacan las producidas por posible contaminación marina proveniente tanto de actividades terrestres como marinas (actividades náuticas, cercanía al puerto de Denia, etc.) que así mismo, ocasionan el aumento de basuras marinas.
Contaminación marina (A28), (F20) y (J02).
Debido a la cercanía de los puertos de Denia y a la presencia de rutas marítimas de importancia lindantes al espacio protegido, el hábitat sufre una presión media por riesgo de contaminación marina proveniente de las actividades que realiza dicho puerto.
Por otro lado, todo el frente costero del espacio protegido está declarado zona vulnerable por contaminación de nitratos de origen agrícola (productos fitosanitarios y nutrientes) procedentes de las aguas de escorrentía y subterráneas próximas al área protegida (Barranco de l’Alberca, barranco del Nap, Gola del marjal, barranco del Regacho, río Racons-Molinell, río Girona y Canal Playa Nova), pudiendo provocar la eutrofización de las aguas costeras, por lo que se considera una presión media sobre el hábitat.
Regeneración y limpieza de playas (F06).
Los resultados del proyecto Eurosion, identifican problemas de erosión en la costa. La inversión del transporte litoral en la costa de Oliva, unido a que en el puerto de Denia se ha constituido una barrera al transporte longitudinal de sedimentos (principios del siglo XX), condiciona el carácter global deficitario del litoral de Denia. El tramo que abarca desde el Puerto de Oliva hasta el Puerto de Denia tiene la particularidad de que el transporte longitudinal tiene sentido sur-norte, contrario al resto del tramo, anulándose en las cercanías del puerto de Oliva y de la desembocadura del río Racons, cercano a la playa de Les Deveses. Esta situación ha hecho que la línea de costa haya estado oscilante y las playas hayan sufrido un retroceso paulatino desde la punta de L’Almadrava hasta el puerto del Denia. Las causas del fenómeno regresivo se deben a la falta de aportes de magnitud relevantes que sean capaces de compensar el marcado carácter erosivo de la costa.
Como consecuencia, se han realizado aportaciones de arena en las playas de L’Almadrava, Les Molins, Les Marines y Punta del Raset situadas en el litoral del sector occidental del espacio protegido. Debido a la cercanía del hábitat a las playas de punta del Raset y L’Almadrava, se considera que puede tener un impacto medio sobre el hábitat, al propiciar fenómenos de aumento de turbidez y enterramiento.
Deportes al aire libre, actividades de ocio y actividades recreativas organizadas (F07) y Basuras marinas (F22).
Las actividades de recreo se presentan como posibles causas de alteraciones del hábitat 1170, por abrasiones del sustrato debidas a impactos del anclaje de las embarcaciones de recreo, así como las pinturas y anti óxidos, sedimentos en suspensión debido a actividades de buceo recreativo o pesca submarina, erosión del sustrato, etc. Debido al elevado número de amarres del puerto de Denia (1.212 amarres) con un porcentaje de ocupación del 98 % en el periodo estival y el elevado número de pescadores y buceadores recreativos, se consideran un impacto medio sobre el hábitat.
Ejercicios y operaciones militares (H02).
Todo el espacio está dentro de una zona de ejercicios militares. Sin embargo, se considera que el riesgo de interacción de estas actividades con el hábitat 1170 es muy bajo.
Cambio climático (N01).
Está plenamente documentado que el mar Mediterráneo está calentándose, alterando y transformando la biodiversidad marina, siendo las especies más afectadas son las especies sésiles (fijadas al sustrato) que experimentan mortalidades elevadas durante las subidas de temperaturas. Además, el aumento de temperatura facilita la introducción y asentamiento de especies invasoras y el aumento de mortandad de las especies autóctonas. Por otra parte, los efectos de los cada vez más frecuentes extremos climáticos constituyen, igualmente, una amenaza para este hábitat.
A continuación, se detallan las presiones y amenazas sobre el tipo de hábitat 1170 de acuerdo al listado estandarizado de la Comisión Europea sobre presiones y amenazas relativas a los espacios de Red Natura 2000, correspondientes al periodo 2013-2018:
| Presión/Amenaza | ||
|---|---|---|
| Código | Descripción | Importancia |
| A28 | Actividades agrícolas que generan contaminación marina. | MEDIA. |
| F06 | Desarrollo y mantenimiento de las áreas de playa para el turismo y las actividades recreativas, incluidas la regeneración y limpieza de playas. | MEDIA. |
| F07 | Deportes al aire libre, actividades de ocio y actividades recreativas organizadas. | MEDIA. |
| F20 | Actividades e instalaciones recreativas y residenciales que generan contaminación marítima (excluida la contaminación marina de macro y microparticulas). | MEDIA. |
| F22 | Actividades e instalaciones residenciales o recreativas que generan contaminación marina de macro y microparticulas (por ejemplo, bolsas de plástico, espuma de poliestireno). | MEDIA. |
| H02 | Ejercicios y operaciones militares, paramilitares o de la policía en el medio marino. | MUY BAJA. |
| J02 | Contaminación marina de origen mixto (marina y costera). | MEDIA. |
| N01 | Cambios de temperatura debido al cambio climático. | MEDIA. |
6.3.3 Estado de conservación.
No se disponen de datos científicos sobre el rango o estructura del hábitat 1170, y al no estar incluido el hábitat en el Formulario Normalizado de Datos (FND) hasta ahora, no se conocen valores de referencia de ninguno de los parámetros utilizados para valorar el estado de conservación del hábitat; por ello, se considera que el estado de conservación del hábitat 1170 arrecifes, en el ámbito del espacio protegido, es desconocido (D), según se muestra en la tabla adjunta:
| Hábitats de interés comunitario | Indicadores del estado de conservación | |||
|---|---|---|---|---|
| Rango | Área ocupada por el hábitat | Estructura y funciones específicas | Perspectivas futuras | |
| 1170 - Arrecifes. |
D |
D |
D |
D |
6.4 Tortuga boba (Caretta caretta)
6.4.1 Valoración.
La tortuga boba (Caretta caretta) se encuentra catalogada como especie de interés comunitario incluida en el anexo II de la Directiva Hábitat y en el anexo II de la Ley 42/2007 como «especies animales y vegetales de interés comunitario para cuya conservación es necesario designar zonas especiales de conservación». También está incluida en el anexo II del Convenio de Barcelona como «especies en peligro o amenazadas», en el libro rojo de especies amenazadas de la UICN (Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza) y en el anexo I de CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres).
En la región biogeográfica del Mediterráneo, esta especie es considerada también prioritaria en el marco de la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (Convenio de Bonn), así como en el marco del Plan de Acción del Mediterráneo del Programa de las Naciones Unidas para el Ambiente (UNEP).
6.4.2 Presiones y amenazas.
La tortuga boba está sometida a una serie de presiones y amenazas antrópicas dentro del espacio protegido, entre las que se encuentran la captura accidental por artes de pesca, colisiones con buques, la regeneración y limpieza de playas, y la contaminación de las aguas, especialmente por basura marina.
Contaminación marina (A28) (F20) (J02) y Basuras marinas (F22).
Se considera que la zona sureste del espacio protegido, próxima al puerto de Denia, es la zona potencialmente más afectada al estar expuesta a niveles de presión media por contaminación, debido a la proximidad al vertido de aguas residuales del emisario de Denia, su puerto y fuentes contaminantes puntuales como las aguas de drenaje de la marjalería al oeste del dique occidental del mismo puerto. Al ser especies longevas, pueden acumular grandes cantidades de compuestos organoclorados y metales pesados en el tejido adiposo, que puede tener efectos letales o subletales a largo plazo.
Igualmente, esta zona del Mediterráneo tiene un litoral muy urbanizado y la contaminación marina de residuos sólidos flotantes no biodegradables (plásticos) procedentes de las zonas costeras, pueden afectar a la viabilidad de esta especie al ser confundidos con sus presas pelágicas. Aunque los plásticos no son el grupo de basuras vertido al mar en mayor cantidad, su resistencia a la degradación hace que sean el tipo más frecuente de basura marina. Entre los principales efectos derivados de la ingestión de plásticos, se debe citar la incapacidad de absorción de nutrientes cuando estos quedan adheridos a las paredes intestinales durante cierto tiempo. Si la cantidad es elevada, pueden llegar a obstruir el intestino y provocar diversas patologías que pueden conducir a la muerte del animal 11.
11 National Research Council, 1990; Hutchinson y Simmonds, 1991; Bjorndal et al., 1994; Tomás et al., 2002.
Por otra parte, las tortugas marinas se enredan fácilmente con los restos de redes, cabos y embalajes plásticos flotando en superficie resultantes de la alta actividad comercial, pesquera y recreativa; esto les puede provocar abrasión y amputación de miembros, así como infecciones secundarias, mayor vulnerabilidad frente a depredadores, e incapacidad para capturar presas, lo que les puede conducir a su muerte.
Operaciones de transporte (E02), Actividades recreativas (F07), y Contaminación acústica (E08).
Entre los riesgos derivados del tráfico marítimo y otras actividades humanas, como son las maniobras militares, cabe destacar los efectos que se asocian a la contaminación acústica. Si bien el efecto de la contaminación acústica sobre las tortugas marinas sigue siendo poco estudiado, algunos de los efectos que se asocian al ruido submarino y que puede conllevar daños fisiológicos, así como cambios significativos en el comportamiento natatorio y de buceo, se han apreciado también en tortugas marinas, pudiendo comprometer su supervivencia. De hecho, el rango de máxima sensibilidad sonora de las tortugas marinas se encuentran los conocidos como sonidos de baja frecuencia (por debajo de los 1.000 hercios) que son uno de los componentes predominantes del sonido producido por la actividad humana en el medio marino.
Un factor de preocupación es el incremento de la frecuencia de colisiones de tortugas con embarcaciones de recreo, provocado por el aumento del número de embarcaciones recreativas de elevada potencia, a menudo cuando éstas se encuentran en reposo acumulando calor en la superficie del agua 12. El riesgo de amenaza asociada a actividades de ocio se considera de importancia media.
12 National Research Council, 1990; Luctavage et al., 1997; Margaritoulis et al., 2003.
Regeneración y limpieza de playas (F06).
Entre los impactos derivados del aumento del turismo de playa y la consecuente explotación urbanística del litoral, destacan los daños que se podrían producir a potenciales puestas y neonatos de Caretta caretta por las actividades de regeneración de playas y by-pass y limpieza mecanizada de playas. Por otro lado, una alta ocupación de la playa por mobiliario urbano, junto al aumento de la contaminación lumínica y la presencia de basuras son factores que también pueden tener efectos sobre la anidación de tortuga boba; también supone un potencial impacto la presencia incontrolada de animales domésticos o asilvestrados que pueden depredar sobre huevos y neonatos. Por ello, en este plan de gestión se adoptarán medidas para reducir el impacto de la limpieza y regeneración de playas en zonas potenciales para anidación de Caretta caretta.
Captura y muerte accidental - artes de pesca (G12).
La actividad pesquera es la responsable de la mayor amenaza para la tortuga boba. En la actualidad, tras analizar ejemplares de tortugas varadas en las que se tienen en cuenta marcas externas de redes, presencia de agua en los pulmones, presencia de capturas y descartes de especies de peces en esófago y estómago, y otros signos que relacionan los eventos de varamiento con la interacción con artes de pesca, se observa que las interacciones con las artes menores de pesca (fundamentalmente trasmallo) son la primera causa de varamiento, seguidas por interacciones con buques de arrastre. Asimismo, existe el riesgo de enredo debido a la presencia de residuos de aparejos perdidos o abandonados.
Las campañas de sensibilización a pescadores que viene realizando la Consejería de Urbanismo, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana desde 2007, ha puesto de manifiesto una alta tasa de capturas en arrastre de fondo en la Comunidad Valenciana. En la zona hay registro de datos VMS de cerco, arrastre de fondo y artes menores y al contrario que otras artes de pesca, el mayor número de interacciones del arrastre con tortugas marinas se produce durante los meses de invierno; esto podría deberse a que con las temperaturas bajas del mar, los animales se encuentran inactivos en el fondo, manteniendo el gasto energético al mínimo, y por tanto siendo más difícil evitar las redes de arrastre. Por todo ello, se considera que la afección de la pesca sobre la especie es alta.
Es interesante señalar que, debido a la disminución de las flotas de palangre que trabajan en la Comunidad Valenciana y la aplicación de una serie de medidas preventivas (modificación de anzuelos, recomendaciones de horarios de calado del arte y profundidad, cambio de cebo y limitación de pesca cerca de la costa), el número de tortugas que interaccionan con este arte ha disminuido de manera considerable 13.
13 (Tomás et. Al, en prensa).
Ejercicios militares (H02).
Todo el espacio está dentro de una zona de ejercicios militares y existen varios puntos de vertido de munición dentro del espacio protegido. Sin embargo, se considera que el riesgo de interacción de estas actividades con la especie es muy bajo.
Cambio climático (N01).
Considerando el comportamiento y la biología de las tortugas marinas, el aumento de temperatura, tanto del agua como de la arena de las playas, puede afectar a la proporción de individuos macho/hembra; esto puede llevar a unas poblaciones altamente sesgadas en cuanto al sex ratio, consistentes mayoritariamente en hembras, lo que comprometería la supervivencia de la especie.
Sin embargo, este aumento de la temperatura del agua de mar provoca que las costas mediterráneas sean propicias para la maduración sexual y el apareamiento de las tortugas, que antes se daba en zonas más cálidas. Estos cambios podrían modificar los flujos migratorios y como consecuencia, cambiar las actuales áreas de desarrollo, alimentación y cría.
Por otro lado, el aumento del nivel del mar debido al cambio climático, puede afectar a ciertas playas de puesta y desencadenar cambios en el plancton, las algas y la abundancia de peces, afectando a la distribución y la abundancia de las presas. Igualmente, la intensificación de los temporales y la alteración de la circulación oceánica impactarían de manera significativa en estos animales.
A continuación, se detallan las presiones y amenazas sobre la especie Caretta caretta de acuerdo con el listado estandarizado de la Comisión Europea sobre presiones y amenazas relativas a los espacios de Red Natura 2000, correspondientes al periodo 2013-20185:
| Presión/Amenaza | ||
|---|---|---|
| Código | Descripción | Importancia |
| A28 | Actividades agrícolas que generan contaminación marina. | MEDIA. |
| E02 | Operaciones de transporte en las vías de navegación de buques de carga y de buque de pasaje. | BAJA. |
| F07 | Deportes al aire libre, actividades de ocio y actividades recreativas organizadas. | MEDIA. |
| E08 | Actividades de transporte terrestre, acuático y aéreo que generan ruido, luz y otras formas de contaminación. | BAJA. |
| F06 | Desarrollo y mantenimiento de las áreas de playa para el turismo y las actividades recreativas, incluidas la regeneración y limpieza de playas. | ALTA. |
| F20 | Actividades e instalaciones recreativas y residenciales que generan contaminación marítima (excluida la contaminación marina de macro y microparticulas). | MEDIA. |
| F22 | Actividades e instalaciones residenciales o recreativas que generan contaminación marina de macro y microparticulas (por ejemplo, bolsas de plástico, espuma de poliestireno). | ALTA. |
| G12 | Captura y muerte accidental (artes de pesca). | ALTA. |
| H02 | Ejercicios y operaciones militares, paramilitares o de la policía en el medio marino. | MUY BAJA. |
| J02 | Contaminación marina de origen mixto (marina y costera). | MEDIA. |
| N01 | Cambios debido al cambio climático. | ALTA. |
6.4.3 Estado de conservación.
La Directiva hábitats define el «estado de conservación de una especie» como el conjunto de influencias que actúen sobre la especie y puedan afectar a largo plazo a la distribución e importancia de sus poblaciones.
Con el fin de valorar el estado de conservación de los valores naturales anteriormente mencionados, se ha tomado como referencia los parámetros empleados para el seguimiento de la Red Natura 2000 de acuerdo con el artículo 17 de la Directiva Hábitats. En el apéndice 1 a este plan de gestión, puede consultarse la metodología empleada para la evaluación del estado de conservación.
De acuerdo con la evaluación individual de cada uno de los parámetros, se considera que el estado de conservación de la especie Caretta caretta en el espacio protegido, es desconocido (D), según se muestra en la tabla adjunta:
| Especies de interés comunitario | Indicadores del estado de conservación | |||
|---|---|---|---|---|
| Rango | Población | Hábitat de la especie | Perspectivas futuras | |
| Caretta caretta. |
F |
D |
F |
D |
– Rango: Según datos aportados en recientes estudios, la especie es cada vez más habitual en el ámbito del espacio protegido de L’Almadrava a lo largo de todo el año. El espacio es considerado como zona de alimentación de juveniles y subadultos en su migración a las zonas costeras del Atlántico occidental. A diferencia de las poblaciones de tortuga boba del Mediterráneo suroccidental, que parecen preferir hábitats oceánicos, los ejemplares de tortuga boba en la sección noroccidental, se encuentran principalmente sobre la plataforma continental.
Dado que no se tiene constancia de un declive en el área de distribución, en base a los criterios de la Directiva Hábitats el rango de la especie se considera favorable (F).
– Población: Se ha confirmado la presencia de tortuga boba en el ámbito del espacio protegido y aunque es la especie de tortuga marina más frecuente en el Mediterráneo, su abundancia en la zona dependerá en gran parte del grado de conservación global en toda su área de distribución. Los individuos observados en el Mediterráneo occidental, son en su mayoría juveniles e inmaduros que se alimentan en zonas del litoral de la Península Ibérica. Aunque no hay una estima global de la abundancia de tortugas en el litoral Valenciano, en la actualidad se están llevando a cabo censos aéreos como parte de la cuarta campaña de avistamiento de cetáceos y tortugas marinas de la Comunidad Valenciana. Al no contar con suficiente información para realizar la evaluación en base a los criterios de la Directiva Hábitat, se le otorga la categoría de desconocido (D).
– Hábitat de la especie: el ámbito del espacio protegido es utilizado como hábitat de alimentación de individuos juveniles y sub-adultos.
– Tradicionalmente se ha considerado que el único núcleo reproductor de la tortuga boba en el Mediterráneo se encontraba relegado al Mediterráneo oriental y la nidificación esporádica en las playas del Mediterráneo occidental es considerada excepcional. Sin embargo, desde el año 2001, esta nidificación esporádica se ha ido intensificando. Los mecanismos que le permiten colonizar nuevos espacios utilizando las zonas de alimentación como puente 14, es una estrategia clave que ha permitido que la tortuga boba, una especie filopátrica, sea la única tortuga marina que anide con éxito en España. La nidificación esporádica podría permitir el establecimiento de nuevas poblaciones residentes en el Mediterráneo occidental.
14 Carreras et al. (2018).
Por todo ello, se considera que la calidad del hábitat es adecuada para la supervivencia de la especie, por lo que se considera este factor como favorable (F).
– Perspectivas futuras: Al ser una especie que utiliza el ámbito del espacio protegido durante su migración, la abundancia de esta especie en la zona dependerá en gran parte del grado de conservación global en todo su área de distribución, incluyendo sus zonas de reproducción; por ello, las perspectivas de futuro para el parámetro población se asumirán como desconocidas (D) y con suficiente relevancia como para otorgar a las perspectivas futuras el mismo valor.
6.5 Delfín mular (Tursiops truncatus)
El delfín mular (Tursiops truncatus) es un cetáceo de hábitat costerocostero, aunque también ocupa aguas de mar abierto, siendo una de las especies más abundantes de la Comunidad Valenciana. Es una especie que se adapta bien a variaciones en las condiciones ambientales y que posee una amplia dieta tanto de peces como de cefalópodos, y tanto pelágicos como bentónicos.
Está incluido en el anexo II de la Directiva Hábitat y en el anexo II de la Ley 42/2007 como «especies animales y vegetales de interés comunitario para cuya conservación es necesario designar zonas especiales de conservación». También se encuentra incluido en el anexo II del Convenio de Barcelona como «especies en peligro o amenazadas», en el anexo II del Convenio de Berna como «especies de fauna estrictamente protegidas», en el anexo II de la Convención de Bonn y dentro del anexo II de ACCOBAMS «protección estricta». De igual modo, se encuentra incluido en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA) bajo la categoría de «Vulnerable».
6.5.1 Valoración.
El delfín mular se observa con cierta frecuencia en este espacio marino protegido durante todo el año, habiéndose identificado durante los últimos años más de 40 registros de avistamientos en la zona (según datos del Banco de Datos de la Biodiversidad de la Comunitat Valenciana 15). En las aguas de la Comunidad Valenciana se han observado crías acompañando a sus madres en diferentes épocas del año, pero los datos de avistamientos no permiten establecer un claro patrón estacional de cría de esta especie.
15 https://bdb.gva.es/es/.
6.5.2 Presiones y amenazas.
El delfín mular, al tratarse de una especie que habita las aguas costeras, se encuentra más expuesto a amenazas antropogénicas, como la degradación del hábitat, el agotamiento de sus presas, la captura accidental, o la interacción con actividades náutico recreativas (embarcaciones y motos náuticas); estas actividades perturban el comportamiento de los animales, disminuyendo su éxito reproductor y alterando los patrones normales de desplazamiento y migración.
Otras perturbaciones, como la bioacumulación de PCBs o el recubrimiento de la piel por petróleo, pueden dar lugar a la inhibición de su reproducción (esta amenaza se da en zonas portuarias intensas) o a la muerte por asfixia.
Operaciones de transporte en las vías de navegación (E02) y Contaminación acústica (E08).
Una amenaza a destacar a la que se enfrenta la especie es la debida a la ruta de navegación que une la península (puerto de Denia) con las islas Baleares. La actividad citada puede provocar alcances y colisiones con la especie debido a la cercanía del puerto de Denia con respecto al espacio protegido. Además, hay que tener en cuenta que se podrían producir de episodios de contaminación puntual por vertidos accidentales, fugas o derrames, lo que le confiere una presión media para la especie.
Entre los riesgos derivados del tráfico marítimo y otras actividades humanas como las maniobras militares, destaca la contaminación acústica. Los efectos sobre los cetáceos que se asocian a ruido submarino son la interferencia en la comunicación y cohesión social, la interrupción de actividades vitales como la alimentación, la reproducción o la migración, el abandono de hábitats esenciales, cambios en los patrones de natación y buceo, o el impedimento para la detección de predadores o de otros peligros (presencia de buques o de artes de pesca, entre otros) y la desorientación y varamientos masivos. Por ello, se considera como una presión media para T. truncatus.
Actividades recreativas (F07).
La náutica recreativa genera ruidos que alteran el hábitat natural de la especie, sobre todo en épocas estivales, donde la actividad alcanza cotas muy elevadas. Además, la especie puede verse sometida a presiones por interacción con embarcaciones recreativas, que invaden el hábitat de la especie y altera su comportamiento, por lo que las actividades recreativas se consolidan como una amenaza media para la especie.
Basuras marinas (F22).
Durante la época estival, todo el litoral mediterráneo se encuentra expuesto a grandes cantidades de basura marina, que puede provocar importantes impactos sobre el medio marino en general y sobre la biota en particular, especialmente sobre determinadas especies como mamíferos, aves, tortugas o peces, mediante su ingesta o atrapamiento, siendo una amenaza media para la especie.
Por lo general, los restos plásticos que flotan en el mar acaban descomponiéndose en micro plásticos que son ingeridos y bioacumulados por el T. truncatus, llegando a producir alteraciones en sus funciones vitales y hasta su muerte por intoxicación. Así mismo, los residuos flotantes de mayor tamaño pueden ser ingeridos por accidente por la especie, obturando su aparato digestivo y provocándoles la muerte por inanición o por desgarramiento de órganos internos debido a la ingesta de objetos afilados. Otros efectos perjudiciales incluyen la inhabilitación de la producción de enzimas digestivas, la disminución del apetito, dilución de nutrientes, reducción de las tasas de crecimiento, disminución de los niveles de hormonas esteroideas, retraso en la ovulación y fracaso reproductor o absorción de toxinas.
Del mismo modo, las artes de pesca desechadas o perdidas, consideradas igualmente como basura marina, pueden enmallar a Tursiops truncatus impidiéndole realizar sus funciones fisiológicas básicas o alterando sus procesos de ingesta, natación y reproducción.
Pesca marina (G01) y Captura y muerte accidental (G12).
Los delfines mulares pueden afectar a las pesquerías dañando los aparejos de pesca o compitiendo con éstas por los mismos recursos. Esta interacción con los artes de pesca resulta perjudicial para T. truncatus, que en muchas ocasiones queda enredado en las redes produciendo su muerte por ahogamiento o con aletas amputadas tras el intento de liberación por parte de pescadores. Igualmente, se ha demostrado que al apresar las presas que quedan en las redes, el delfín ingiere parte de la red, por lo que ingiere plásticos que pueden bloquear su sistema digestivo y causar diversas alteraciones.
Otra amenaza real es la pérdida de presas potenciales debido a la competencia con las actividades pesqueras y a la sobrepesca, lo que obliga a la especie a desplazarse a aguas menos competitivas o a disminuir su número poblacional. Esta amenaza se ve potenciada por la pesca recreativa autorizada en el entorno del espacio marino, que sobre todo en épocas estivales, donde se produce la afluencia masiva de pescadores recreativos, puede producir interacciones negativas con el delfín mular.
Por todo ello, se considera que las presiones derivadas de la pesca marítima, suponen una amenaza media para la especie.
Ejercicios militares (H02).
Todo el espacio está dentro de una zona de ejercicios militares. Sin embargo, se considera que el riesgo de interacción de estas actividades con T. truncatus es muy bajo.
Cambio climático (N01).
Cambios derivados del calentamiento global como el aumento de la temperatura, variación de la salinidad o cambios en la circulación oceanográfica, podrían provocar alteraciones en la distribución, la disponibilidad de presas, una mayor competencia o un aumento del estrés entre otros impactos potenciales. Por ello, se considera como una presión media sobre T. truncatus.
A continuación, se detallan las presiones y amenazas sobre la especie Tursiops truncatus de acuerdo al listado estandarizado de la Comisión Europea sobre presiones y amenazas relativas a los espacios de Red Natura 2000, correspondientes al periodo 2013-2018:
| Presión/Amenaza | ||
|---|---|---|
| Código | Descripción | Importancia |
| E02 | Operaciones de transporte en las vías de navegación de buques de carga y de buques de pasaje. | MEDIA. |
| E08 | Actividades de transporte terrestre, acuático y aéreo que generan ruido, luz y otras formas de contaminación. | MEDIA. |
| F07 | Deportes al aire libre, actividades de ocio y actividades recreativas organizadas. | MEDIA. |
| F22 | Actividades e instalaciones residenciales o recreativas que generan contaminación marina de macro y microparticulas (por ejemplo, bolsas de plástico, espuma de poliestireno). | MEDIA. |
| G01 | Prácticas de pesca marina (profesional y recreativa) que alteran o reducen sus poblaciones y/o las de sus presas. | MEDIA. |
| G12 | Captura y muerte accidental (artes de pesca). | MEDIA. |
| H02 | Ejercicios y operaciones militares, paramilitares o de la policía en el medio marino. | MUY BAJA. |
| J02 | Contaminación marina de origen mixto marina y costera (vertidos accidentales en puertos). | MEDIA. |
| N01 | Cambios de temperatura debido al cambio climático. | MEDIA. |
6.5.3 Estado de conservación.
La Directiva hábitats define el «estado de conservación de una especie» como el conjunto de influencias que actúen sobre la especie y puedan afectar a largo plazo a la distribución e importancia de sus poblaciones.
Con el fin de valorar el estado de conservación de los valores naturales anteriormente mencionados, se ha tomado como referencia los parámetros empleados para el seguimiento de la Red Natura 2000 de acuerdo con el artículo 17 de la Directiva Hábitats. En el apéndice 1 a este plan de gestión, puede consultarse la metodología empleada para la evaluación del estado de conservación.
De acuerdo con la evaluación individual de cada uno de los parámetros, se considera que el estado de conservación de la especie Tursiops truncatus en el espacio marino protegido es desconocido (D), según se muestra en la tabla adjunta:
| Especies de interés comunitario | Indicadores del estado de conservación | |||
|---|---|---|---|---|
| Rango | Población | Hábitat de la especie | Evaluación global del estado de conservación | |
| Tursiops truncatus. |
F |
D |
F |
D |
– Rango: estudios de alimentación de delfín mular realizados en la Comunidad Valenciana revelan una dieta compuesta principalmente por especies bentónicas y demersales que habitan a profundidades de entre 50 y 200 metros, lo que parece indicar que éste es el hábitat preferido por el delfín mular en esta zona.
De acuerdo a las recomendaciones basadas en la opinión de expertos, el rango de la especie podría considerarse como favorable (F), al entender que su valor actual es aproximadamente igual al valor favorable de referencia, es decir, toda la plataforma continental principalmente, y que éste no ha sufrido cambios (estable).
– Población: el delfín mular suele formar grupos de 1 a 25 individuos en aguas mediterráneas.
En las aguas del espacio marino de L’Almadrava no se cuenta con estimas actuales o anteriores que sirvan para establecer un valor favorable de referencia para las poblaciones. La insuficiencia de información para realizar la evaluación le otorga por tanto a este parámetro un valor desconocido (D).
– Hábitat de la especie: el área del hábitat puede considerarse suficientemente extensa (estable) dentro del espacio marino protegido para el desarrollo del ciclo vital de T. truncatus, así como de calidad adecuada, por lo que se le otorga a este parámetro un valor de favorable (F).
– Perspectivas futuras: al ser una especie que utiliza el ámbito del espacio protegido durante su migración, con la llegada de ejemplares pertenecientes principalmente a la población del Atlántico occidental, la abundancia de esta especie en la zona dependerá en gran parte del grado de conservación global en toda su área de distribución, incluyendo sus zonas de reproducción, por lo que las perspectivas de futuro se asumirán como desconocidas (D).
6.6 Pardela balear (Puffinus mauretanicus)
6.6.1 Valoración.
El espacio marino L’Almadrava constituye una zona de alimentación durante el periodo reproductor (marzo-julio) así como durante la invernada (octubre-febrero). No existen datos de tamaños poblacionales o de densidades referidas a este espacio en concreto que permitan evaluar su importancia para la especie; téngase en cuenta, no obstante, que la plataforma y el talud continental aguas afuera de L’Almadrava forman parte de la ZEPA marina Plataforma-talud marinos del cabo de la Nao (ES0000510), una de las principales áreas de alimentación de la pardela balear, tanto en época reproductora como en invierno.
6.6.2 Presiones y amenazas.
La principal presión sobre la especie en el medio marino es la pesca profesional. A escala global, el estado de conservación de la especie es crítico debido a la elevada mortalidad por captura accidental en artes de pesca. El palangre de fondo es el arte más letal y el cerco puede suponer una importante competencia por los recursos al capturar pequeños peces pelágicos, una de las principales presas de la especie.
En la tabla 4 se indican las presiones y amenazas detectadas en este espacio y que son susceptibles de afectar de manera directa o indirecta a las poblaciones de esta especie.
6.6.3 Estado de conservación.
La pardela balear es un endemismo cuya población reproductora se circunscribe a las islas Baleares. A partir de mayo y hasta el otoño se distribuye por el Atlántico nororiental, en un área geográfica muy extensa que incluye las costas del noroeste de la Península Ibérica y el Golfo de Vizcaya. Algunas poblaciones permanecen todo el año en el Mediterráneo. Los censos de colonias indican que la población reproductora total se sitúa en torno a las 3.000 parejas, aunque los censos de concentraciones en el mar y pasos migratorios sugieren que esta cifra podría ser más elevada 16.
16 Arcos, J.M.; López, I.; Alonso, J. y Mayol, J. 2017. 4th Meeting of the population and conservation stutus working group. Nueva Zelanda, 7-8 de septiembre de 2017. Agreement on the Conservation of Albatrosses and Petrels.
Es un ave marina fundamentalmente pelágica que se alimenta de peces, cefalópodos y crustáceos que captura en la columna de agua, así como de descartes de las pesquerías comerciales. La plataforma continental del Levante Ibérico constituye su principal área de alimentación durante el periodo reproductor (marzo-julio). Las aves de las colonias del archipiélago de Ibiza se abastecen entre el Delta del Ebro y el cabo de Palos, mientras que las subpoblaciones de Mallorca y Menorca tienden a hacerlo más hacia el norte, entre el Delta y el golfo de León. Durante el invierno suele presentar una distribución más costera y agregada, formando grandes concentraciones en función de la disponibilidad de alimento. El patrón de distribución de la pardela balear en el medio marino está influenciado por la actividad de las flotas de arrastre, cerco y palangre, ya que esta especie acostumbra a alimentarse de descartes y también es atraída por los peces del copo y por los cebos.
La pardela balear está clasificada en la categoría «en peligro de extinción» (EN) en el Catálogo Español de Especies Amenazadas y «en peligro crítico» (CR) de acuerdo con los criterios de la UICN. Las estimas más recientes indican una tasa de declive anual del 14 % y una tasa de supervivencia adulta del 81 %, valores que, de mantenerse, provocarán la extinción de la especie en 60 años (Genovart et al. 2016) 17. Según este mismo diagnóstico la principal amenaza es la captura accidental en artes de pesca de palangre.
17 Genovart, M. et al. (2016) Demography of the critically endangered Balearic shearwater: the Impact of fisheries and time to extinction. Journal of Applied Ecology, 53: 1158-1168.
En base a los criterios de la Directiva Hábitats y de acuerdo con la evaluación individual de cada uno de los parámetros empleados para el seguimiento de la Red Natura 2000, se considera que el estado de conservación de la pardela balear en el espacio protegido es Desfavorable-Malo (DM).
– Amplitud geográfica y distribución: La amplitud geográfica de las poblaciones reproductoras de la pardela balear es muy reducida ya que esta especie nidifica exclusivamente en las islas Baleares. Fuera del periodo de cría se extiende por el Mediterráneo occidental y por la plataforma continental de las costas atlánticas europeas hasta el mar del Norte. Es una especie pelágica que no obstante suele acercarse a la costa, especialmente en invierno. Dada la extensión relativamente reducida de este espacio, sus características ecológicas y oceanográficas y teniendo en cuenta la escala y la fenología de los desplazamientos de la pardela balear, se espera que esta especie se encuentre distribuida por toda la extensión del mismo durante todo el año excepto en verano (junio-septiembre). La falta de datos concretos sobre el patrón de distribución de esta especie en el espacio marino de L’Almadrava le otorga a éste parámetro el valor Desconocido (D).
– Población: Las colonias de reproducción más próximas se encuentran en Ibiza y Formentera, y una de las principales áreas de alimentación de la pardela balear, tanto en época reproductora como en invierno es la ZEPA Plataforma-talud marinos del cabo de la Nao (ES0000510), que se encuentra aguas afuera de este espacio. Por otra parte, los censos anuales de aves marinas invernantes en la Comunidad Valenciana, realizados desde tierra, arrojan cifras muy variables (0–457 individuos) para los puntos de observación de Denia y del puerto de Oliva, situados, respectivamente a 0,5 y 8 km de los límites de este espacio. En cualquier caso, la falta de datos concretos acerca del tamaño de las poblaciones de pardela balear que utilizan este espacio y sobre la dinámica temporal o la tendencia de tales poblaciones, impide estimar con precisión la población favorable de referencia. La insuficiencia de información para realizar la evaluación le otorga a éste parámetro el valor Desconocido (D).
– Hábitat de la especie: No existen datos sobre la selección de hábitat de la pardela balear en este espacio. La falta de información para realizar la evaluación le otorga a este parámetro el valor Desconocido (D).
– Perspectivas futuras: Cabe esperar que como resultado de la aplicación del Plan, principalmente la reducción de las eventuales molestias derivadas de la navegación de recreo, este espacio marino sea en el futuro un lugar más seguro y propicio para la pardela balear. No obstante, el estado de conservación de la especie a escala global es muy preocupante debido a la elevada mortalidad por captura accidental en artes de pesca, por lo que de no atajarse este problema en todo el área de distribución de la especie (Mediterráneo occidental, Atlántico nororiental) las perspectivas futuras son pésimas. La eliminación gradual de los descartes impulsada por la reforma de la Política Pesquera Comunitaria puede tener consecuencias negativas sobre esta especie. Por todo ello la calificación de este parámetro es Desfavorable-Malo (DM).
| Indicadores del estado de conservación | Evaluación global | |||
|---|---|---|---|---|
| Amplitud y distribución | Población | Hábitat | Perspectivas | DM |
| D | D | D | DM | |
6.7 Gaviota de Audouin (Larus audouini)
6.7.1 Valoración.
L’Almadrava tiene alguna importancia como zona de dispersión posreproductiva y, tal vez, durante la invernada. Este espacio se encuentra muy alejado de las colonias conocidas de la especie por lo que su importancia durante el periodo reproductor ha de ser escasa. No obstante, la plataforma y el talud continental aguas afuera de L’Almadrava forman parte de la ZEPA marina Plataforma-talud marinos del cabo de la Nao (ES0000510), identificada como una de las principales áreas de alimentación de la gaviota de Audouin en época de cría.
6.7.2 Presiones y amenazas.
Las principales presiones sobre la gaviota de Audouin identificadas en el litoral del Levante ibérico son el turismo, la urbanización del litoral y la pesca profesional 18. Las principales amenazas detectadas en el medio marino están relacionadas con la pesca profesional. Entre otras, se han señalado la excesiva dependencia de los descartes de la pesca profesional, mayormente de arrastre; la competencia por los recursos con las flotas de cerco y la captura accidental en artes de pesca del palangre.
18 Carda, J. (coord.) 2008. Pla de recuperació de la gavina corsa a la Comunitat Valenciana. Conselleria de Medi Ambent, Aigua, Urbanisme y Habitatge.
En la tabla 4 se indican las presiones y amenazas detectadas en este espacio y que son susceptibles de afectar de manera directa o indirecta a las poblaciones de esta especie.
6.7.3 Estado de conservación.
La gaviota de Audouin es una gaviota endémica del Mediterráneo cuyas principales colonias de reproducción se encuentran en el Mediterráneo occidental. Nidifica en bahías, playas, puertos y humedales del Levante ibérico, desde Barcelona hasta Murcia, así como en algunas islas de Columbretes. Es una especie parcialmente migradora cuyas poblaciones se desplazan al Atlántico Norteafricano. El paso prenupcial se produce en marzo y abril, y el posnupcial se produce entre agosto y octubre. Una parte de la población, principalmente adultos, pasa el invierno en el Mediterráneo.
Es un ave marina semipelágica que se alimenta principalmente de pequeños peces pelágicos, cefalópodos y crustáceos, así como de descartes de las pesquerías comerciales. También se alimenta en el medio terrestre. Hacen un amplio uso de las aguas de la plataforma continental del Levante ibérico. El patrón de distribución de la gaviota de Audouin en el medio marino parece estar influenciado por la actividad de la flota de arrastre.
La gaviota de Audouin está clasificada en la categoría «vulnerable» (VU) en el Catálogo Español de Especies Amenazadas y como «poco preocupante» (LC) de acuerdo con los criterios de la UICN. Hace tan solo 50 años estaba considerada como una de las gaviotas más amenazadas del mundo y su población total apenas alcanzaba las 1000 parejas. Actualmente la especie no se encuentra en declive, aunque se han producido grandes cambios en la localización y tamaño de las colonias.
En base a los criterios de la Directiva Hábitats y de acuerdo con la evaluación individual de cada uno de los parámetros empleados para el seguimiento de la Red Natura 2000, se considera que el estado de la gaviota de Audouin en el espacio protegido es Desconocido (D).
– Amplitud geográfica y distribución: La gaviota de Audouin es un endemismo de la cuenca mediterránea que cuenta con varias colonias repartidas a lo largo del Levante ibérico, que es donde nidifican la mayoría de los efectivos reproductores de la especie. Dadas las características oceanográficas y ecológicas de este espacio, es de esperar que la gaviota de Audouin se encuentre ampliamente distribuida por el mismo, aunque únicamente durante el periodo de dispersión posnupcial y durante la invernada ya que las colonias de reproducción están muy alejadas. A este parámetro se le asigna el valor Favorable (F).
– Población: La población de gaviota de Audouin de este espacio ha de ser escasa durante todo el año. Así, los censos anuales de aves marinas invernantes en la Comunidad Valenciana, realizados desde tierra, arrojan cifras muy bajas en los puntos de observación cercanos; no obstante, la falta de datos concretos sobre este particular impide establecer el tamaño de la población favorable de referencia. Por esta causa, se considera que este parámetro tiene un valor Desconocido (D).
– Hábitat de la especie: No existen datos sobre la selección de hábitat de la gaviota de Audouin en este espacio, aunque debido a los hábitos semipelágicos que la caracterizan cabe esperar que utilice con mayor intensidad las aguas más exteriores. La escasa información disponible impide evaluar si la calidad del hábitat disponible es adecuada y si es suficientemente extensa, por lo que a este parámetro se le asigna el valor Desconocido (D).
– Perspectivas futuras: La eliminación gradual de los descartes impulsada por la reforma de la Política Pesquera Comunitaria puede tener consecuencias negativas sobre esta especie. La situación de la especie a escala global es favorable, pues en unas pocas décadas ha pasado de ser una especie muy amenazada a figurar en las categorías de menor preocupación. Desde esta perspectiva, se considera que el valor de este parámetro es Favorable (F).
| Indicadores del estado de conservación | Evaluación global | |||
|---|---|---|---|---|
| Amplitud y distribución | Población | Hábitat | Perspectivas | D |
| F | D | D | F | |
7. Otros hábitats y especies de interés
En este apartado se incluyen dos grupos de especies de relevancia en el ámbito geográfico de aplicación del plan de gestión, siguiendo lo establecido en las Directrices de Conservación de la Red Natura 2000 en España, aprobadas por Resolución de 21 de septiembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se publican los Acuerdos de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente en materia de patrimonio natural y biodiversidad.
Incluye especies de los anexos V y VI de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, especies protegidos en base a convenios internacionales de conservación de la biodiversidad ratificados por España, así como especies catalogadas, ya sea en el ámbito estatal como autonómico.
Cetáceos
– Valoración.
Diferentes proyectos de investigación han demostrado la presencia de diversas especies de cetáceos en las aguas del espacio protegido de L’Almadrava. En particular, destaca el rorcual común Balaenoptera physalus, con 20 registros de avistamientos en la zona (según datos del Banco de Datos de la Biodiversidad de la Comunitat Valenciana. Esta especie está incluida en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE). Además, pertenece al grupo de cetáceos incluido en el anexo IV de la Directiva Hábitat (92/43/CEE) y en el anexo V de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, «Especies animales y vegetales de interés comunitario que requieren una protección estricta».
Está, además, incluido en el anexo II «Lista de especies en peligro o amenazadas» del Convenio de Barcelona, en el anexo III del Convenio de Berna «especies de fauna protegidas», en el anexo II del Convenio de Bonn como «especie en estado de conservación desfavorable que necesita acuerdos internacionales para su conservación« y en el anexo II de ACCOBAMS. Por último, la Lista Roja de Especies Amenazadas de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), incluye al rorcual común como especie «En peligro», y al cachalote como «Vulnerable».
– Presiones y amenazas.
Entre las amenazas presentes en el espacio protegido que pueden afectar al rorcual común y a otras especies de cetáceos, se encuentran principalmente la interacción con rutas marítimas (zonas portuarias intensas como el puerto de Denia) o pérdida potencial de presas por efecto del cambio climático. Otras perturbaciones, como la bioacumulación de PCBs o el recubrimiento de la piel por petróleo, pueden dar lugar a la inhibición de su reproducción o a la muerte por asfixia.
Vías de navegación (E02) y ruido submarino (E08).
El tráfico marítimo altera los patrones normales de desplazamiento y migración debido a alcances y colisiones con buques, causando daños e incluso la muerte a los individuos alcanzados. Además, genera contaminación acústica que perturba el comportamiento de la especie y puede producir episodios contaminantes en el medio marino. Por todo ello, el tráfico marítimo se considera como una presión media para Balaenoptera physalus.
Actividades recreativas (F07).
Las actividades recreativas pueden suponer una amenaza media para los cetáceos, sobre todo en verano cuando el número de embarcaciones y motos acuáticas es muy elevado, época del año donde se han determinado un mayor número de avistamientos de rorcual. Además de posibles molestias por ruidos o alcances, la acción física de los elementos de anclaje, así como las pinturas y anti óxidos y los vertidos de aguas residuales, combustibles y aceites, actúan como elementos degradativos del medio, fundamentalmente en los puntos de acumulación de fondeos, como el que se da en el extremo este del espacio y que representan un impacto de valor medio sobre la especie.
Basuras marinas (F22).
Entre las amenazas con un impacto alto a las que se enfrentan los cetáceos se encuentra la acumulación de basuras marinas. Los restos plásticos que flotan en el mar acaban descomponiéndose en microplásticos que son ingeridos y bioacumulados por estas especies, llegando a producir alteraciones en sus funciones vitales y hasta su muerte por intoxicación; mientras, los residuos flotantes de mayor tamaño pueden ser ingeridos por accidente, obturando su aparato digestivo y provocándoles la muerte por inanición.
Por otro lado, las artes de pesca desechadas o perdidas, consideradas igualmente como basura marina, pueden enmallar a los cetáceos impidiéndoles realizar sus funciones fisiológicas básicas o alterando sus procesos de ingesta, natación y reproducción. Esto le confiere un impacto de valor alto sobre la especie.
Ejercicios y operaciones militares (H02).
Todo el espacio está dentro de una zona de ejercicios militares y existen varios puntos de munición de vertido dentro del espacio protegido. Sin embargo, se considera que el riesgo de interacción de estas actividades con estas especies es muy bajo.
Cambio climático (N01 y N07).
Cambios derivados del calentamiento global como el aumento de la temperatura, variación de la salinidad o el aumento del nivel del mar, podrían provocar alteraciones en la distribución, la disponibilidad de presas, una mayor competencia o un aumento del estrés, entre otros impactos potenciales. Por ello, esta se considera como una presión media sobre las especies de cetáceos.
A continuación, se detallan las presiones y amenazas sobre los cetáceos de acuerdo con el listado estandarizado de la Comisión Europea sobre presiones y amenazas relativas a los espacios de Red Natura 2000, correspondientes al periodo 2013-2018.
| Presión/Amenaza | ||
|---|---|---|
| Código | Descripción | Importancia |
| E02 | Operaciones de transporte en las vías de navegación de buques de carga y de buques de pasaje. | MEDIA. |
| E08 | Actividades de transporte terrestre, acuático y aéreo que generan ruido, luz y otras formas de contaminación. | MEDIA. |
| F07 | Deportes al aire libre, actividades de ocio y actividades recreativas organizadas. | MEDIA. |
| F22 | Actividades e instalaciones residenciales o recreativas que generan contaminación marina de macro y macropartículas (por ejemplo, bolsas de plástico, espuma de poliestireno). | ALTA. |
| G12 | Captura y muerte accidental (artes de pesca). | MEDIA. |
| H02 | Ejercicios y operaciones militares, paramilitares o de la policía en el medio marino. | MUY BAJA. |
| N01 | Cambios de temperatura debido al cambio climático. | MEDIA. |
| N07 | Disminución o extinción de especies asociadas (por ejemplo, fuente de alimento/presa, depredador/parásito, simbionte, etc.) debido al cambio climático. | MEDIA. |
– Estado de conservación.
La Directiva hábitats define el «estado de conservación de una especie» como el conjunto de influencias que actúen sobre las especies de cetáceos y puedan afectar a largo plazo a la distribución e importancia de sus poblaciones.
Con el fin de valorar el estado de conservación de los valores naturales anteriormente mencionados, se ha tomado como referencia los parámetros empleados para el seguimiento de la Red Natura 2000 de acuerdo con el artículo 17 de la Directiva Hábitats. En el apéndice 1 a este plan de gestión, puede consultarse la metodología empleada para la evaluación del estado de conservación.
De acuerdo con la evaluación individual de cada uno de los parámetros, se considera que el estado de conservación de los cetáceos en este espacio protegido es desfavorable-inadecuado (DI), según se muestra en la tabla adjunta:
| Especies de interés comunitario | Indicadores del estado de conservación | |||
|---|---|---|---|---|
| Rango | Población | Hábitat de la especie | Perspectivas futuras | |
| Cetacea. |
F |
D |
DI |
D |
– Rango: de acuerdo a las recomendaciones basadas en la opinión de expertos, el rango de las especies podría considerarse como favorable, al entender que sus valores actuales son aproximadamente igual al valor favorable de referencia, es decir, toda la plataforma continental principalmente, y que éste no ha sufrido cambios (estable).
– Población: Se ha confirmado la presencia de cetáceos en el ámbito del espacio protegido y su abundancia dependerá en gran parte del grado de conservación global en toda su área de distribución. Aunque no hay una estima global de la abundancia de cetáceos en el litoral Valenciano, en la actualidad se están llevando a cabo censos aéreos como parte de la cuarta campaña de avistamiento de cetáceos y tortugas marinas de la Comunidad Valenciana. Al no contar con suficiente información para realizar la evaluación en base a los criterios de la Directiva Hábitat, se le otorga la categoría de desconocido (D).
En el caso del rorcual común, al ser una especie con movimientos migratorios marcados, su presencia en las aguas del espacio protegido es mayoritariamente de paso, por lo que no existen datos de estimas de población. La insuficiencia de información para realizar la evaluación le otorga también, por tanto, a este parámetro un valor desconocido (D).
– Hábitat de la especie: debido a la cercanía de los ejemplares avistados a la costa y a la presencia del puerto de Denia en las proximidades el espacio protegido, se considera que el hábitat sufre una presión media por riesgo de contaminación marina proveniente de las actividades que realiza dicho puerto. Así mismo, las rutas marítimas y la elevada presencia de actividades náuticas, suponen una amenaza para las especies de cetáceos a largo plazo, por lo que se considera que la calidad del hábitat es inadecuada para la supervivencia de la especie, otorgándole un valor a este parámetro de Desfavorable-Inadecuado (DI).
– Perspectivas futuras: al ser el rorcual una especie que utiliza el ámbito del espacio protegido durante su migración, con la llegada de ejemplares pertenecientes principalmente a la población del Atlántico occidental, la abundancia de esta especie en la zona dependerá en gran parte del grado de conservación global en todo su área de distribución, incluyendo sus zonas de reproducción; por ello, las perspectivas de futuro se asumirán como desconocidas (D).
Dátil de mar (Lithophaga lithophaga)
El dátil de mar (Lithophaga lithophaga) está incluido en el anexo IV de la Directiva Hábitat (Directiva 92/43/CEE) y en el anexo V de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad como «Especies animales y vegetales de interés comunitario que requieren una protección estricta», así como en el anexo II «Lista de especies en peligro o amenazadas» del Convenio de Barcelona y en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE), así como en el anexo II del Protocolo sobre zonas especialmente protegidas y la diversidad biológica en el Mediterráneo (ZEPIM).
El dátil de mar se asienta sobre sustrato rocoso calizo desde el piso mesolitoral hasta 25 m de profundidad; puede llegar a los 110 mm de longitud, aunque lo más común es que los ejemplares midan entre 60 y 95 mm. La concha está recubierta por una gruesa capa coriácea de color marrón que la protege de los ácidos que produce el animal para ablandar la roca calcárea y perforarla con mayor facilidad.
– Valoración.
No se tiene información actual que pueda arrojar datos sobre el estado de conservación de la especie en la zona, considerándose como desconocida (D) al no contar con series de datos anteriores de detalle que nos permitan realizar una evaluación sobre esta especie.
– Presiones y amenazas.
La mayor presión a la que se encuentra sometida la especie es su recolección para consumo humano, ya que se trata de un marisco muy apreciado. Por ello, entre sus principales amenazas se encuentra la extracción furtiva. Hay que añadir que los procesos de extracción de esta especie generan un grave impacto sobre el substrato sobre el que se asienta.
Nacra (Pinna nobilis)
La nacra (Pinna nobilis) está incluida en el anexo IV de la Directiva Hábitat (Directiva 92/43/CEE) y en el anexo V de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad como «Especies animales y vegetales de interés comunitario que requieren una protección estricta», así como en el anexo II «Lista de especies en peligro o amenazadas» del Convenio de Barcelona y en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE) 19. Además, en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA) 20, se encuentra en la categoría de «en peligro de extinción» y está declarada »en situación crítica« por la Orden TEC/1078/2018.
19 Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.
20 Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.
La nacra es una especie endémica del Mediterráneo y uno de los moluscos bivalvos más grandes del mundo y generalmente crece en las praderas de fanerógamas marinas, aunque no lo hace de manera continua y uniforme. En las zonas donde se asienta, su distribución aumenta probablemente debido a sus características reproductoras y a la escasa dispersión de sus larvas.
La nacra crea hábitat para gran cantidad de especies que la usan de sustrato ya que sus conchas proporcionan una superficie dura que puede ser colonizada por otras especies. De hecho, se ha calculado que más de 80 especies están asociadas a sus valvas. Genera por tanto biodiversidad, cobijo y protección. Además, hay dos especies documentadas que viven en su interior como simbiontes, una pequeña gamba, (Pontonia pinnophylax) y un cangrejo (Pinnotheres pinnotheres).
– Valoración.
En septiembre del 2016, una epidemia provocada por un protozoo haplosporidio, un parásito unicelular que afecta a la glándula digestiva del animal y que termina provocándole la muerte por inanición, afectó al 100 % de la población de nacra del LIC L’Almadrava. Por tanto, no existe, en el momento de redacción de este plan de gestión, información sobre la presencia de ningún ejemplar adulto vivo en el ámbito de este espacio marino protegido.
Hay que decir que, con anterioridad a la epidemia sufrida, en el espacio marino objeto de estudio, se constató la presencia de ejemplares en buen estado de conservación.
En el momento actual, la prioridad sería encontrar ejemplares resistentes a la epidemia sufrida y seguir lo indicado en el protocolo de supervivientes ya que se estima una mortalidad cercana al 100 %.
– Presiones y amenazas.
En el momento en que se realiza este plan de gestión, la mayor amenaza a la que se enfrenta la nacra es la extinción de las costas mediterráneas debido a la epidemia sufrida. En caso de supervivencia de algún ejemplar alevín (dato aún desconocido), la mayor presión a la que se enfrentará será la existencia de una nueva epidemia, ya que la falta de datos sobre la procedencia del organismo u organismos causantes de la epidemia hace muy difícil la prevención de nuevos episodios de contaminación de alevines de nacra que hayan podido sobrevivir. El resto de posibles presiones, como pueden ser obras costeras, vertidos, actividades recreativas y otros, por el estado actual de la especie, pasarían a un segundo plano por lo que no se entra en su valoración al detalle.
– Estado de conservación.
En base a los criterios de la Directiva Hábitats y de acuerdo con la evaluación individual de cada uno de los parámetros empleados para el seguimiento de la Red Natura 2000, se considera que el estado de conservación de la nacra en el espacio protegido es Desfavorable-Malo (DM), al tener este valor 3 de los parámetros (Rango, Población y Perspectivas futuras), debido a la mencionada pérdida del 100 % de la población.
En cuanto al hábitat de la especie, que coincide con la distribución y estado de conservación de las praderas de Posidonia, se clasifica como Favorable por lo que se explica anteriormente en este mismo texto respecto al hábitat correspondiente.
| Especies de interés comunitario | Indicadores del estado de conservación | |||
|---|---|---|---|---|
| Rango | Población | Hábitat de la especie | Perspectivas futuras | |
| Pinna nobilis. |
DM |
DM |
F |
DM |
– Perspectivas futuras.
Si se encontraran ejemplares jóvenes o algún ejemplar más longevo que hubiera sobrevivido, se podría plantear la recuperación de la especie en el ámbito del espacio protegido mediante repoblaciones o mediante su cría en cautividad.
Por otro lado, diferentes Institutos de Investigación están realizando un reservorio genético de nacras no afectadas con ejemplares provenientes de las costas catalanas no afectadas (unos 215 ejemplares) con los objetivos de preservar la especie y de desarrollar un futuro programa de cría en cautividad.
Cabe destacar también que, debido a la actual situación de la especie, se ha desarrollado, por parte del Centro Oceanográfico de Baleares y el Instituto Español de Oceanografía, un «Protocolo metodológico para la recogida de datos de avistamientos e identificación de individuos supervivientes de Pinna nobilis». Con este texto se intenta hacer un seguimiento y verificación de los posibles supervivientes por parte del personal investigador para poder valorar futuras líneas de investigación y actuación.
8. Valoración de actividades e impactos – Análisis DPSIR
El diagnóstico de las principales presiones y amenazas que afectan a los hábitats y especies, diferentes a las aves, objeto de conservación se expone en el apéndice 2 de este documento, en forma de tabla, reflejando el modelo DPSIR (Driving force, Pressure, State, Impact and Response), desarrollado por la Agencia Europea de Medio Ambiente.
Este modelo permite tener una visión multidimensional de las interacciones entre las actividades humanas que se desarrollan en el espacio marino y los valores naturales presentes, recogiendo las fuerzas motrices que actúan sobre el espacio protegido, las presiones y amenazas que generan, su impacto sobre el medio marino, los hábitats y especies afectadas, así como las respuestas que se deben aportar para evitar o minimizar dichos impactos.
La identificación de presiones, impactos y amenazas (en adelante PIA), es una tarea fundamental en la gestión de los espacios naturales para que los hábitats y especies allí presentes mantengan o alcancen «un estado de conservación favorable», concepto ampliamente definido previamente en esta memoria. Para ello, deberán realizarse las actuaciones necesarias que permitan reducir o eliminar estas PIA, especialmente aquellas que afecten a los hábitats y especies que se hayan propuesto como objetivo.
En la tabla DPSIR se exponen las PIA conocidas que pueden influir en el estado de conservación de los hábitats y las especies por las que fue designado este espacio marino protegido. Las categorías de amenazas utilizadas, así como su codificación, se corresponden con la lista de referencia de impactos, presiones y amenazas elaborada por el grupo de expertos para presentación de informes en relación con el artículo 17 de la Directiva 92/42/CEE, del Consejo, de 21 de mayo, relativa a la Conservación de los Hábitats Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, y actualizada el 12 de octubre de 2010 21.
21 Disponible en http://bd.eionet.europa.eu/activities/Natura_2000/reference_portal.
9. Objetivos de conservación y medidas del plan de gestión
Los objetivos de conservación planteados en el presente plan de gestión se encuentran orientados al mantenimiento o al restablecimiento de un estado de conservación favorable de los hábitats y especies presentes en el ámbito del espacio protegido, en virtud de la Directiva Hábitat (92/43/CEE) y de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, garantizando que los usos y actividades que se desarrollen en el ámbito del espacio protegido sean compatibles con su conservación.
Estos objetivos y medidas de gestión se desglosan en tres grandes bloques:
1) Conocimiento para la Gestión,
2) Gestión,
3) Participación y Gobernanza.
Cada uno de los bloques contiene objetivos específicos, que deben ser alcanzados durante la vigencia del plan de gestión con medidas de gestión asociadas que resultan cuantificables, medibles mediante indicadores y directamente verificables, lo que permite realizar un adecuado seguimiento y evaluación de resultados. Tanto los objetivos como las medidas propuestas contribuyen de la mejor manera posible a la consecución de un estado de conservación favorable. Así mismo se pretende, por un lado, minimizar la duplicidad de esfuerzos y maximizar las sinergias para mejorar y racionalizar la vigilancia, y por otro lado, promocionar la sensibilización, la educación y la formación de carácter ambiental y la participación pública.
Por su parte, las medidas de conservación son los mecanismos y actuaciones efectivas que deben aplicarse en un espacio Red Natura 2000 con el fin de realizar los objetivos de conservación de ese lugar. De acuerdo con el artículo 46, apartado 1, de la Ley 42/2007, las medidas de conservación en una ZEC tienen que responder a las exigencias ecológicas de los tipos de hábitats naturales del anexo I y de las especies del anexo II presentes en el lugar. Por tanto, las medidas de gestión contenidas en este plan recogen instrucciones relativas a los usos y actividades del espacio respecto de las especies y los hábitats de Red Natura 2000.
En la medida que las actividades tradicionales contribuyan a la conservación de los espacios contemplados en la presente norma y al mantenimiento en un estado favorable de los hábitats y especies presentes en los mismos, se prestará una atención preferente a aquellas medidas que se dirijan al fomento de dichas actividades; también se prestará especial atención al apoyo económico derivado de la aplicación de los instrumentos financieros disponibles para la Red Natura 2000, entre otros.
La información sobre la Red Natura 2000 entre la población local, así como la concienciación sobre los objetivos que persigue y la necesaria implicación y participación activa de los habitantes de los espacios incluidos en la Red para garantizar el cumplimiento de dichos objetivos, se considerará un marco de actuación prioritario en el desarrollo y aplicación de la presente norma.
A continuación, se desglosan los objetivos y medidas de gestión asociadas, para el espacio protegido de L’Almadrava:
9.1 Objetivos y medidas de gestión de aplicación al espacio como ZEC
9.1.1 Bloque 1: Conocimiento para la gestión.
Objetivo general 1. Incrementar el nivel de conocimiento para la mejora efectiva del estado de conservación.
Objetivo operativo 1.1 Identificación de las lagunas de información sobre hábitats y especies de interés comunitario (THIC y EIC) y su estado de conservación, e integración de las variables aún desconocidas.
| Medidas de gestión | Horizonte temporal |
|---|---|
| M.1.1.1. Elaboración de un inventario de las especies características asociadas a los tipos de hábitats naturales de interés comunitario, y determinación de su representatividad. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
| M.1.1.2. Realización de un diagnóstico del estado actual de conservación actual de los hábitats naturales de interés comunitario, que permita determinar los parámetros de distribución, estructura, función y perspectivas futuras de los THIC 1110, 1120 y 1170 incluyendo las amenazas derivadas del cambio climático. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
Objetivo operativo 1.2 Mejorar el conocimiento sobre los hábitats de interés comunitario y especies sensibles presentes.
| Medidas de gestión | Horizonte temporal |
|---|---|
| M.1.2.1. Realización o mejora de la cartografía bionómica existente de los hábitats de interés comunitario 1110, 1120 y 1170, así como de su representatividad, teniendo en cuenta las fuentes bibliográficas existentes y los trabajos cartográficos previos. | En la primera mitad del periodo de vigencia del plan. |
| M.1.2.2. Actualización del Formulario Normalizado de Datos (FND) con la información recogida en el presente plan de gestión. | En la primera mitad del periodo de vigencia del plan. |
| M.1.2.3 Actualización del FND incluyendo los valores más actuales obtenidos en los estudios recogidos de los estudios previstos. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
| M.1.2.4. Realización de estudios para determinar la viabilidad de la aplicación de herramientas de vigilancia mediante el uso de nuevas tecnologías pasivas, principalmente mediante el uso de hidrófonos y equipos informáticos y de telecomunicaciones de acústica marina pasiva, dispositivos AUV (vehículos aéreos no tripulados) o USV (embarcaciones autónomas no tripuladas), así como del posicionamiento de buques a través del sistemas de identificación automática (AIS). De acuerdo con los resultados de estos estudios, se tratará de poner en marcha las herramientas que mejor se adapten a las necesidades de vigilancia y control. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
Objetivo operativo 1.3 Desarrollo de los estudios necesarios para la mejora del conocimiento de la afección de las actividades humanas sobre los THIC y otras especies sensibles presentes.
| Medidas de gestión | Horizonte temporal |
|---|---|
| ACTIVIDAD NÁUTICO - RECREATIVA | |
| M.1.3.1. Puesta en marcha de un estudio de seguimiento de la incidencia de la actividad náutico-recreativa, así como la evaluación del fondeo y sus efectos sobre las comunidades de los THIC 1110, 1120 y 1170. | En la primera mitad del periodo de vigencia del plan. |
| M.1.3.2. Realización de un estudio de capacidad de carga para elaborar una propuesta de establecimiento de cupos para la realización de actividades náutico-recreativas. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
| M.1.3.3. Realización de un estudio para la identificación de zonas óptimas para la instalación, en su caso, de fondeos ecológicos, y análisis de alternativas de instalación y gestión en colaboración con las administraciones autonómicas y locales. | En la primera mitad del periodo de vigencia del plan. |
| ACTIVIDAD PESQUERA PROFESIONAL Y ACUICULTURA | |
| M.1.3.4. Realización de un estudio del potencial impacto que tienen las artes de pesca o aparejos pesqueros y acuicultura que actualmente operan en el espacio protegido, con base en la elaboración y análisis de la huella pesquera del desarrollo de esta actividad en colaboración con las administraciones competentes en materia pesquera. | En la primera mitad del periodo de vigencia del plan. |
| ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS | |
| M.1.3.5 Puesta en marcha de un registro de la presencia de especies exóticas invasoras en las ZEC, determinación de su posible afección a los valores naturales objeto de protección, y propuesta de medidas concretas para evitar su propagación incluyendo el establecimiento de mecanismos de coordinación adecuados con otras unidades de la AGE o de las Administraciones territoriales. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
| CAMBIO CLIMÁTICO | |
| M.1.3.6. Puesta en marcha de un sistema de mejora del conocimiento sobre el impacto del cambio climático en los valores naturales presentes en el espacio protegido previa recapitulación de todo el conocimiento existente hasta el momento. | En la primera mitad del periodo de vigencia del plan. |
| M.1.3.7. Puesta en marcha estudios de análisis de la evolución de la línea de costa, su posible relación con el clima y desarrollo de modelos prospectivos teniendo en cuenta los resultados del proyecto PIMA Adapta Costas (informes de riesgos y visor online) previstos para mediados de 2021. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
| VERTIDOS | |
| M.1.3.8. Realización de un análisis de la problemática de los vertidos en el espacio a partir de los datos aportados por los seguimientos incluidos en los programas de vigilancia ambiental de las instalaciones que vierten en el entorno del espacio y de los datos de calidad de las aguas recogidos en el marco de los seguimientos de la Directiva Marco del Agua para las aguas de transición. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
| VIGILANCIA | |
| M.1.3.9. Realización de estudios para determinar la viabilidad de la aplicación de herramientas de vigilancia mediante el uso de nuevas tecnologías pasivas. De acuerdo con los resultados de estos estudios, se tratará de poner en marcha las herramientas que mejor se adapten a las necesidades de vigilancia y control. | En la primera mitad del periodo de vigencia del plan. |
9.1.2 Bloque 2. Gestión.
Objetivo general 2. Mantener o restablecer el estado de conservación favorable de los tipos de hábitats de interés comunitario, y de especies sensibles, y garantizar que los usos y actividades sean compatibles con su conservación.
Objetivo operativo 2.1 Mejorar los parámetros y valores que condicionan el estado de conservación de los valores naturales de interés comunitario, así como las condiciones de su entorno.
Durante la vigencia del plan, este objetivo se pretende alcanzar aplicando la regulación establecida en el anexo I sobre «Regulación de usos y actividades». Dicha regulación está basada en la matriz DPSIR incluida en el anexo 2, donde se realiza un diagnóstico de las principales presiones y amenazas que afectan a los valores naturales objeto de conservación, y medidas necesarias para revertir la situación.
Otras medidas de gestión, diferentes a la regulación de usos y actividades que redundarán en el logro del objetivo, son las siguientes:
| Medidas de gestión | Horizonte temporal |
|---|---|
| M.2.1.1. Evaluación de la superficie de THIC 1120 donde hay mata muerta en pie (tanatocenosis) y se ha analizado la posibilidad de regenerarlas mediante siembra. | En la primera mitad del periodo de vigencia del plan. |
| M.2.1.2. Redacción de un proyecto para la instalación de fondeos ecológicos, teniendo en cuenta el resultado de la medida M.1.3.3 y las posibles acciones emprendidas por las administraciones locales en este sentido. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
| M.2.1.3. Apoyo a las actuaciones y seguimiento de casos enmarcados en los protocolos de actuación sobre episodios de anidación de Caretta caretta, en caso de ocurrir, en playas lindantes con el espacio protegido, en colaboración con las tareas ya desarrolladas por la Comunidad Autónoma. | En la primera mitad del periodo de vigencia del plan. |
| M.2.1.4 Apoyo a las actuaciones y seguimiento de casos de varamientos de cetáceos o tortugas marinas, en caso de ocurrir en playas lindantes con el espacio protegido, y de recogida y recuperación de tortugas marinas interactuantes con artes pesqueras, en colaboración con las tareas ya desarrolladas por la Comunidad Autónoma. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
9.1.3 Bloque 3. Participación y gobernanza.
Objetivo general 3. Incrementar el conocimiento, sensibilización y participación de los distintos actores en el espacio protegido.
Objetivo operativo 3.1 Establecimiento de acuerdos y/o mecanismos efectivos de coordinación interadministrativa.
| Medidas de gestión | Horizonte temporal |
|---|---|
| M.3.1.1. Establecimiento de los mecanismos oportunos de cooperación y colaboración para la vigilancia y control del espacio protegido con las administraciones implicadas (estatal, autonómica y local) para la aplicación efectiva de las medidas de gestión. | En la primera mitad del periodo de vigencia del plan. |
| M.3.1.2. Promover la realización de al menos 6 jornadas formativas para el personal de entidades y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (empresas adjudicatarias del servicio de salvamento y socorrismo, Guardia civil, Policía Local…) en materia de conservación y protección de la biodiversidad marina. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
| M.3.1.3. Establecimiento de los mecanismos oportunos de colaboración con los ayuntamientos en la instalación de contenedores para la recogida de basuras en playas, puertos deportivos y pesqueros. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
| M.3.1.4. Puesta en marcha de los trabajos de coordinación con las Administraciones Competentes para la redacción de un manual de buenas prácticas para la ejecución de actuaciones en el litoral próximos al espacio protegido, con objeto de minimizar su repercusión sobre el estado de conservación de los valores naturales. | En la primera mitad del periodo de vigencia del plan. |
| M.3.1.5. Coordinar con las autoridades competentes para establecer alternativas viables que reduzcan el aporte de fertilizantes al mar, así como difundir su implementación. | En la primera mitad del periodo de vigencia del plan. |
| M.3.1.6. Coordinar con las entidades responsables de los emisarios para que se encarguen de alcanzar los estándares relativos a depuración de aguas residuales. | En la primera mitad del periodo de vigencia del plan. |
Objetivo operativo 3.2 Puesta en marcha de medidas oportunas de participación y mejora del conocimiento para la gestión del ZEC y de divulgación de sus valores naturales.
| Medidas de gestión | Horizonte temporal |
|---|---|
| M.3.2.1 Fomento de la participación de los usuarios del mar (sector pesquero, náutico recreativo, etc.) en actividades de recogida de basuras en la playa y en el mar. | En la primera mitad del periodo de vigencia del plan. |
| M.3.2.2 Desarrollo de campañas de información, sensibilización y divulgación de los valores naturales presentes en el espacio marino y sus amenazas, y de la regulación y las medidas de gestión elaboradas, para lograr una mayor implicación social en la conservación de los espacios. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
| M.3.2.3 Elaboración de cartelería con información sobre los valores objeto de protección, fácilmente comprensible, con cartografía, e instalación en puntos de mayor afluencia del público en general. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
| M.3.2.4 Elaboración de una cartografía de valores objeto de protección, fácilmente comprensible, y a disposición del público en general. | En la primera mitad del periodo de vigencia del plan. |
| M.3.2.5 Fomento de la implantación de una plataforma digital abierta de Ciencia Ciudadana para la recopilación de datos sobre especies marinas, en especial avistamientos, colisiones y capturas accidentales de cetáceos, tortugas y aves marinas, así como de posibles amenazas sobre los valores naturales objeto de protección, en coordinación con el Banco de datos de la Biodiversidad de la Comunidad Valenciana. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
| M.3.2.6 Promoción de la colaboración entre la comunidad científica, los gestores y los usuarios del mar para llevar a cabo el seguimiento del estado de conservación de los valores naturales. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
9.2 Objetivos y medidas de gestión de aplicación al espacio como ZEPA
9.2.1 Bloque 1. Conocimiento para la gestión.
Objetivo general 1. Incrementar el nivel de conocimiento para la mejora efectiva del estado de conservación de las poblaciones de aves marinas.
Objetivo operativo 1.1 Mejorar el conocimiento sobre la ecología y el estado de conservación de las poblaciones de aves marinas que utilizan el espacio.
| Medidas de gestión | Horizonte temporal |
|---|---|
| M.1.1.1 Identificar lagunas de conocimiento sobre la ecología y biología de las poblaciones de aves marinas que usan el espacio protegido y sobre los problemas de conservación de sus poblaciones. | En la primera mitad del periodo de vigencia del plan. |
| M.1.1.2 Identificar las variaciones espaciales y temporales de la densidad de individuos y del uso del espacio protegido por cada especie. | En la primera mitad del periodo de vigencia del plan. |
| M.1.1.3 Establecimiento de mecanismos de manejo adaptativo que permitan incorporar los resultados del programa de seguimiento de las poblaciones de aves marinas a la gestión de la ZEPA. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
|
M.1.1.4 Recopilación y análisis de los datos procedentes de fuentes auxiliares, en especial las siguientes: – Censos de aves acuáticas invernantes. – Censos de aves marinas orilladas en las playas. – Libros de capturas accidentales de aves marinas de la flota pesquera registrada en la ZEPA. – Registro de entradas de los centros de recuperación de fauna. – Cualquier otra fuente de información sistemática que permita realizar inferencias robustas sobre el estado de conservación de las aves marinas de la ZEPA y sobre el efecto de las principales amenazas en sus poblaciones. |
En la primera mitad del periodo de vigencia del plan. |
Objetivo operativo 1.2 Mejorar el conocimiento de las interacciones humanas sobre las poblaciones de aves marinas de interés y sus hábitats.
| Medidas de gestión | Horizonte temporal |
|---|---|
| M.1.2.1 Identificación de las variaciones espaciales y temporales de las presiones y los impactos susceptibles de afectar a las poblaciones de aves marinas del espacio protegido. | En la primera mitad del periodo de vigencia del plan. |
| M.1.2.2 Evaluar con mayor precisión el efecto de los impactos derivados de las actividades humanas sobre las poblaciones de aves marinas del espacio protegido. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
| M.1.2.3 Identificación de lagunas de conocimiento sobre medidas de mitigación de las amenazas y presiones que afectan al buen estado de conservación de las poblaciones de aves marinas de la ZEPA. | En la primera mitad del periodo de vigencia del plan. |
| M.1.2.4 Establecimiento de mecanismos de manejo adaptativo que permitan incorporar los resultados del programa de seguimiento del efecto de los impactos derivados de las actividades humanas sobre las poblaciones de aves marinas a la gestión de la ZEPA. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
| M.1.2.5 Desarrollo de modelos colaborativos para la adaptación de medidas de mitigación de la captura accidental de aves marinas a las artes, aparejos y técnicas de pesca locales. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
9.2.2 Bloque 2. Gestión.
Objetivo general 2. Mantener o restablecer el estado de conservación favorable de las poblaciones de aves marinas de interés, y garantizar que los usos y actividades sean compatibles son su conservación.
Durante la vigencia de este plan de gestión, se pretende alcanzar este objetivo aplicando la regulación establecida en el anexo I de este real decreto, «Regulación de usos y actividades». Para el logro de este objetivo, se tendrá en cuenta, de manera particular, la regulación que afecta a posibles usos que son difícilmente compatibles con la conservación de las aves marinas y sus hábitats, como algunas actividades náutico recreativas, algunas artes de pesca o los usos energéticos y extractivos.
Objetivo operativo 2.1 Reducir el efecto de los impactos negativos derivados de las presiones generadas por la pesca profesional de buques que operen en la ZEPA, sobre las poblaciones de aves marinas de interés y sus hábitats.
Al margen de las medidas de regulación, existen diversas medidas de mitigación puestas en marcha ya por pescadores, que han permitido reducir de manera sencilla y económica las capturas involuntarias de las aves. Es importante, cuando exista riesgo de capturas accidentales por artes de pesca, contar con un abanico de posibles medidas, de forma que los pescadores puedan elegir las más adecuadas en cada caso, y se adopte una o más medidas que se hayan probado como eficaces. En todo caso, se tratará de adaptar las medidas de mitigación propuestas a las prácticas y sus locales. Algunas de estas medidas que redundarán en el logro del objetivo de minimizar las capturas accidentales, son las siguientes:
| Medidas de gestión | Horizonte temporal |
|---|---|
| Medidas comunes para todos los buques de artes de pesca profesional | |
| M.2.1.1 Evitar los lances cerca de las agregaciones de aves marinas. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
| M.2.1.2 Poner en práctica un protocolo de buenas prácticas en la gestión de descartes y despojos con el objetivo de minimizar el número de aves alrededor de los buques durante las maniobras de pesca y de acuerdo con la política europea de descartes. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
| M.2.1.3 Informar sobre las aves capturadas accidentalmente y llevar un registro de las mismas (Libro de capturas accidentales de aves marinas). | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
| M.2.1.4 Impulsar con las Administraciones competentes, que dispongan de un sistema de seguimiento remoto tipo VMS o similar. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
| M.2.1.5 Poner en práctica, junto con la Administración competente, un sistema de recogida y atención de aves heridas, que tendrá en cuenta, como mínimo: a) el rescate y el transporte a bordo de las aves marinas que pudieran quedar atrapadas, conmocionadas o heridas; b) un protocolo de recogida en puerto y posterior transporte al Centro de Recuperación de Fauna Silvestre. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
|
Medidas relativas a la reducción del riestgo de captura accidental de aves en la pesca de palangre |
|
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M.2.1.6 A continuación se menciona un abanico de posibles medidas, de forma que los pescadores puedan elegir las más adecuadas en cada caso: – Evitar el palangre de día, con pocos pesos y usando peces como cebo, pues el riesgo de captura accidental es máximo. – No arrojar pescado al mar antes de la calada. – Procurar el calado nocturno. – Realizar caladas cortas y espaciadas en el tiempo. – Usar «líneas espantapájaros». – Procurar añadir lastre a las líneas principales y a las brazoladas. – Tratar de usar cebo muerto y encarnado por la cabeza. |
Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
9.2.3 Bloque 3. Participación y gobernanza.
Objetivo general 3. Incrementar el conocimiento, sensibilización y participación de los distintos actores en los espacios.
Objetivo operativo 3.1 Promover la cooperación entre Administraciones Públicas competentes:
| Medidas de gestión | Horizonte temporal |
|---|---|
| M.3.1.1 Promover, junto a las Administraciones competentes en materia de pesca, la elaboración y aplicación de un plan de explotación sostenible de las pesquerías que tenga en cuenta los requerimientos tróficos de las poblaciones de aves marinas de la ZEPA. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
| M.3.1.2 Colaboración entre las Administraciones responsables con objeto de reducir presiones generadas por el uso agrícola del territorio costero adyacente y los vertidos de aguas residuales. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
| M.3.1.3 Impulso de un programa de formación sobre conservación de aves marinas dirigido a las distintas administraciones con competencias en la ZEPA. | Antes del final del periodo de vigencia del plan. |
Objetivo operativo 3.2 Promover la participación ciudadana y la responsabilidad compartida de los distintos actores involucrados, que redunde en una mejor gobernanza del espacio marino protegido:
| Medidas de gestión | Horizonte temporal |
|---|---|
| M.3.2.1 Instalación de paneles informativos de la existencia y localización del espacio protegido en las playas, y en los puertos comerciales, deportivos y pesqueros de su área de influencia, para informar sobre los problemas de conservación de las aves marinas y sus hábitats en relación a la navegación. | Antes del final del periodo de vigencia del plan |
| M.3.2.2 Fomento de la participación de la población local en la conservación de las aves marinas y sus hábitats, y contribuir al desarrollo de un sentido de pertenencia y responsabilidad en relación a las aves marinas. | Antes del final del periodo de vigencia del plan |
|
M.3.2.3 Realización de campañas y actividades de información y sensibilización acerca de la importancia de las aves marinas en los ecosistemas y sobre los problemas de conservación de sus poblaciones y sus hábitats. |
Antes del final del periodo de vigencia del plan |
| M.3.2.4 Impulso de proyectos de conservación de las poblaciones de aves marinas y de sus hábitats y ecosistemas basados en la colaboración con las comunidades locales. | Antes del final del periodo de vigencia del plan |
| M.3.2.5 Redacción, elaboración y distribución de Manual de Buenas Prácticas a bordo para reducir la captura accidental de aves marinas. | En la primera mitad del periodo de vigencia del plan |
| M.3.2.6 Establecimiento de un programa de cursos de formación sobre buenas prácticas a bordo para reducir la captura accidental de aves marinas, incluyendo técnicas de manipulación de aves marinas atrapadas, conmocionadas o heridas en artes de pesca. | Antes del final del periodo de vigencia del plan |
10. estimación económica y prioridades
Las medidas establecidas en el plan de gestión serán desarrolladas con los medios propios existentes de las Administraciones públicas implicadas y no supondrán incremento de dotaciones, retribuciones o de otros gastos del personal. Dentro de los objetivos generales propuestos, serán prioritarias aquellas medidas que supongan una intervención directa sobre los valores naturales por los que ha sido declarado el espacio marino protegido, así como sobre sus principales presiones y amenazas, quedando la aplicación de estas medidas sujetas a la disponibilidad presupuestaria con carácter general.
11. Seguimiento y evaluación
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, modificada por la Ley 33/2015, de 21 de septiembre, establece en su artículo 48 la obligación de vigilar el estado de conservación de los tipos de hábitats y las especies de interés comunitario, teniendo especialmente en cuenta los tipos de hábitats naturales prioritarios y las especies prioritarias (recogidos en sus anexos I y II).
Asimismo, con el fin de dar cumplimiento a los informes nacionales exigidos por la Directiva Hábitats, incorpora la obligación de remitir a la Comisión Europea información sobre los cambios en el estado de conservación y las medidas de conservación fijadas respecto de las Zonas Especiales de Conservación, así como la evaluación de sus resultados y las propuestas de nuevas medidas a aplicar.
Por su parte, la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino, introduce la obligación de lograr un buen estado ambiental de las aguas marinas mediante la elaboración de estrategias marinas, las cuales incluirán programas de seguimiento para evaluar permanentemente el estado ambiental del medio marino español. Estos programas incorporarán la metodología y los indicadores necesarios para dar respuesta a la Directiva Hábitats, de forma que no se dupliquen esfuerzos y se maximice la utilización de recursos humanos y materiales en el seguimiento de los valores naturales de las Demarcaciones marinas.
Para la correcta realización del seguimiento y evaluación de las medidas de conservación planteadas para la ZEC/ZEPA L‘Almadrava se propone un sistema de seguimiento, desarrollado en el apéndice 3 «Indicadores de seguimiento» de este plan de gestión.
Dicho sistema de seguimiento incluye tanto la vigilancia del estado de conservación de los valores naturales a proteger en la zona como la evolución y desarrollo de las medidas de gestión que permiten alcanzar los objetivos propuestos.
Igualmente, se procederá a la revisión o modificación del programa de seguimiento propuesto cuando se considere que se ha producido una variación significativa en lo dispuesto en el subprograma de seguimiento correspondiente a la demarcación levantino-balear que pudiera afectar al seguimiento del espacio protegido.
11.1 Seguimiento y evaluación del plan de gestión
Con el fin de realizar un seguimiento adecuado de la ejecución del plan de gestión y determinar el grado de cumplimiento de los objetivos planteados, se desarrolla una serie de indicadores que le serán de aplicación.
Para ello, se han tenido en cuenta los objetivos que deben ser alcanzados durante la vigencia del plan de gestión para por un lado, mantener o, en su caso, restablecer el estado de conservación favorable de los valores naturales que motivaron la declaración del espacio como Lugar de Interés Comunitario y como Zona de Especial Protección para las Aves, así como de todos aquellos otros tipos de hábitats y especies de interés considerados como relevantes en el espacio protegido; y por otro, incrementar el nivel de conocimiento, tanto para la mejora efectiva del estado de conservación como para aumentar la sensibilización y participación de los distintos usuarios en los espacios.
La ficha de indicadores de seguimiento y evaluación del plan de gestión incluye la siguiente información:
| Objetivo general | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Hábitat o especie de interés comunitario | ||||||
| Objetivo general | Objetivo operativo | Indicador seguimiento* | Valor inicial | Criterio de éxito | Contribución consecución objetivos | Fuente verificación |
| Nombre de cada objetivo final a alcanzar en la ZEC. | Nombre de cada objetivo operativo que conforma los objetivos específicos propuestos. | Nombre de cada indicador asociado a cada objetivo operativo. | Valoración basal de los indicadores según la información científico-técnica analizada. | Resultado previsto de la ejecución de las acciones contempladas en el plan de gestión. | Resultado deseado para el logro de los objetivos contemplados en el plan de gestión. | Origen de los datos para la asignación de los valores de los indicadores. En este caso concreto, se realizará mediante el informe final a elaborar durante el último año de vigencia del plan de gestión. |
11.2 Seguimiento de los valores naturales objeto de conservación
Con el fin de determinar el estado de conservación de los valores naturales a proteger en el espacio protegido, realizar su seguimiento y valorar la eficacia de las medidas planteadas, se han desarrollado una serie de parámetros. Estos parámetros están basados, por un lado, en indicadores existentes contemplados en los subprogramas de seguimiento de la demarcación levantino-balear, y por otro lado, se han desarrollado indicadores nuevos para abordar aspectos no cubiertos por las herramientas previas. Ambos parámetros (existentes y nuevos) han sido adaptados a las particularidades que presentan los valores naturales en el ámbito del espacio protegido.
La ficha de indicadores de seguimiento del estado de conservación incluye la siguiente información:
| Hábitat o especie de interés comunitario | ||||
|---|---|---|---|---|
| Indicador seguimiento* | Parámetros | Periodicidad | Valor inicial | Criterio éxito |
| Nombre De Cada Indicador Asociado A Los Valores Naturales Objeto De Conservación. | Componentes de cada indicador a evaluar. | Frecuencia con la que se harán públicos los datos relativos a los distintos componentes de los indicadores. | Valoración basal de los indicadores según la información científico-técnica disponible analizada. | Resultado deseado que permita el mantenimiento o, en su caso, el restablecimiento de un estado de conservación favorable de los valores naturales objeto de conservación. |
12. Participación ciudadana
Para la redacción del plan de gestión de este espacio marino protegido, se ha llevado a cabo un trabajo previo de recopilación de información y consultas a Organismos, instituciones y sectores implicados en la zona. De forma paralela, se ha recabado la información científico-técnica disponible sobre los valores naturales y las presiones y amenazas existentes en el espacio.
Con el fin de fomentar la implicación y mejorar la participación en el proceso de establecimiento de medidas de gestión adecuadas para la protección del espacio protegido, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha diseñado y puesto en marcha un proceso de participación social (https://intemares.es/procesos-participativos/planes-gestion-espacios-levante) que se enmarca dentro del proyecto LIFE IP INTEMARES 22 (LIFE15 ES 00012). De esta manera, se ha intentado involucrar de manera activa tanto a todos aquellos sectores de actividad que tienen una relación directa con el espacio marino protegido, como a la ciudadanía en general, y en especial, aquella ligada de manera histórica a la zona.
22 LIFE IP INTEMARES cuyo objetivo principal es alcanzar una red consolidada de espacios marinos de la Red Natura 2000, gestionada de manera eficaz, con la participación activa de los sectores implicados y con la investigación como herramientas básicas para la toma de decisiones.
Para alcanzar este objetivo, y tras un exhaustivo análisis para determinar del estado de conservación de los valores naturales del espacio marino protegido, los usos que en él se desarrollan y las principales presiones y amenazas a las que está sometido, el proceso participativo se inició en enero de 2018, con un periodo de consulta pública previa online (en virtud de lo recogido en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común) a través del buzón de la página web del Ministerio.
En febrero de 2018 se celebró un taller presencial en las dependencias de la Autoridad Portuaria de Alicante, con el objetivo de que tanto los sectores implicados, como toda aquella persona o entidad interesada, aportaran sugerencias y mejoras respecto a las propuestas de medidas más adecuadas a incluir en el plan de gestión del espacio marino protegido. De esta manera, se generó un espacio de diálogo social multi-actor, profundizando en el conocimiento sobre el espacio protegido, incluyendo propuestas de medidas de gestión y regulación, así como la necesaria coordinación entre administraciones competentes para seguir avanzando hacia una buena gobernanza marina.
Finalmente, en virtud de lo recogido en los artículos 82 y 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común, se articuló en marzo de 2019 desde el Ministerio, el trámite de audiencia pública a los interesados que permitió la recogida de nuevas aportaciones y comentarios antes de la aprobación definitiva de la norma.
Gracias al proceso participativo, se ha recabado una muy valiosa información que ha permitido tanto una mejor caracterización socioeconómica del ámbito de influencia del espacio marino, como un mayor grado de consenso para el diseño de las medidas de gestión y seguimiento contenidas en el presente plan.
Durante los próximos seis años de vigencia del plan, y según los avances de la Estrategia de gobernanza que se está diseñando en el marco del proyecto LIFE IP INTEMARES, se continuarán los diferentes procesos de diálogo inter-sectoriales iniciados por este Ministerio, manteniendo la calidad de modelos eficaces de gobernanza marina y fomentando una gestión participativa y adaptativa.


