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Ley 3/2025, de 6 de junio, de determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias en Castilla-La Mancha.
En vigor Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha · Publicada el 9 de septiembre de 2025 · Último cambio el 12 de junio de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRIMERO
- Artículo primero. Requisitos para poder solicitar el reconocimiento.
- Artículo segundo. Criterios para la determinación de la representatividad.
- TÍTULO SEGUNDO
- Artículo tercero. Incoación del procedimiento.
- Artículo cuarto. Tramitación del procedimiento.
- Artículo quinto. Resolución del procedimiento.
- Artículo sexto. Vigencia del reconocimiento.
- Artículo séptimo. Efectos generales del reconocimiento.
- Artículo octavo. Órganos participativos.
- Artículo noveno. Subvenciones directas.
- Disposición transitoria única. Representatividad transitoria de las organizaciones profesionales agrarias en Castilla-La Mancha.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Plazo para incoar el primer procedimiento para determinar la condición de organización profesional agraria más representativa en Castilla-La Mancha.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


