Legislación › Ley 4/2025, de 9 de octubre, del Voluntariado de Cantabria.
Artículo 7. Tipos de voluntariado.
Artículo 7. Tipos de voluntariado.
El voluntariado podrá ser:
a) Presencial, desarrollado de manera física e integrado en programas de voluntariado.
b) No presencial, desarrollado a través de tecnologías de la información y la comunicación e integrado en programas de voluntariado. Incluyendo los principios de la accesibilidad universal, de modo que estas actividades sean utilizables y comprensibles por todas las personas, incluyendo aquellas con discapacidad o con barrera lingüística.


