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Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se acuerda el diseño y estructura de la Oficina Judicial para los Tribunales colegiados y Tribunales de Instancia conforme a las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
En vigor Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · Publicada el 12 de noviembre de 2025 · Último cambio el 5 de diciembre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
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- ESTRUCTURA DE LA OFICINA JUDICIAL
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto de la resolución.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Aspectos generales sobre la estructura de la oficina judicial.
- Artículo 4. Definición de las unidades que se integran en la oficina judicial.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Concepto y dotación de puestos.
- Artículo 6. Servicios que prestan los servicios comunes de tramitación.
- Artículo 7. Funciones que desarrolla el personal destinado en los servicios comunes de tramitación.
- CAPÍTULO III
- Artículo 8. Concepto y dotación de puestos.
- Artículo 9. Servicios que prestan los servicios comunes generales.
- Artículo 10. Funciones que desarrolla el personal destinado en los servicios comunes generales.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 11. Concepto y dotación de puestos.
- Artículo 12. Servicios que prestan los servicios comunes de ejecución.
- Artículo 13. Funciones que desarrolla el personal destinado en los servicios comunes de ejecución.
- CAPÍTULO V
- Artículo 14. División de los servicios comunes en áreas.
- Artículo 15. Régimen de constitución, organización y funcionamiento de los equipos y grupos de trabajo.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 16. Servicio de guardia.
- Artículo 17. Coordinación con la oficina fiscal.
- Artículo 18. Coordinación con las oficinas de justicia en los municipios.
- Artículo 19. Coordinación con equipos de medios adecuados de solución de controversias provinciales.
- Artículo 20. Horario especial.
- Artículo 21. Dedicación especial.
- Artículo 22. Centros penitenciarios.
- Artículo 23. Puestos de trabajo destinados a la atención de funciones gubernativas.
- Artículo 24. Oficinas del Registro Civil.
- Artículo 25. Oficinas de Justicia en los municipios.
- Artículo 26. Estadística e informes.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II


