Legislación › Orden DEF/114/2025, de 28 de enero, por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas.
Norma 119.ª Colocación de las divisas.
Norma 119.ª Colocación de las divisas.
Las divisas de empleo se colocarán sobre los distintos tipos de uniforme en los lugares que se indican a continuación:
– En las bocamangas de la guerrera en los uniformes de gran etiqueta y etiqueta de los oficiales generales, coroneles, tenientes coroneles, comandantes, suboficial mayor, subteniente y brigada.
– En las mangas de la guerrera en los uniformes de gran etiqueta y etiqueta del resto de oficiales y suboficiales.
– En las hombreras de los uniformes de gala, especial relevancia y diario de las modalidades «A» y «C».
– En las palas portadivisas de los uniformes de gala, especial relevancia y diario de las modalidades «B».
– En las hombreras de las camisas de los uniformes de trabajo de las modalidades «B» y «C».
– En la cinta identificativa de la cazadora del uniforme de trabajo, del jersey, del uniforme de campaña y de los uniformes técnicos que se determinen.
– En la equipación deportiva, se colocarán en la parte superior izquierda de la zona pectoral.
– En el gorro color verde musgo.


