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Legislación › Real Decreto 1027/2025, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

Artículo 29. Régimen de contratación.

Artículo 29. Régimen de contratación.

1. El régimen de contratación es el establecido en la legislación de contratos del sector público con las particularidades que se señalan a lo largo de este artículo.

2. Se considerarán contratos privados, los de edición a que se refiere el artículo 58 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, cuando se trate de editar una obra ya realizada por un autor; los de coedición, los de impresión y los de distribución, a los que se refiere la Ley 9/1975, de 12 de marzo, del Libro; y los de venta de publicaciones en la librería o a través de internet, a los que les será de aplicación la normativa general de ordenación del comercio minorista o comercio electrónico, respectivamente.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, los contratos privados se regirán, en cuanto a su preparación y adjudicación, en defecto de normas específicas, por las secciones 1.ª y 2.ª del capítulo I del título I del libro segundo de esta ley, y por sus disposiciones de desarrollo, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho administrativo o, en su caso, las normas de derecho privado, según corresponda por razón del sujeto o entidad contratante. En lo que respecta a sus efectos, modificación y extinción, estos contratos se regirán por el derecho privado.

La Dirección de la Agencia resolverá las reclamaciones que se formulen contra los actos de preparación y adjudicación de estos contratos y sus resoluciones podrán impugnadas ante la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso administrativo especial en materia de contratación pública previsto en los artículos 44 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.

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