Legislación › Real Decreto 1027/2025, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Artículo 8. La Presidencia.
Artículo 8. La Presidencia.
1. La Presidencia será ejercida por la persona titular de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
2. Corresponde a la Presidencia:
a) Ostentar la representación del Consejo Rector y dirigir y presidir sus sesiones.
b) Convocar las sesiones del Consejo Rector y fijar el orden del día.
c) Velar por la consecución de los objetivos asignados a la Agencia.
d) Ostentar la representación institucional de la Agencia, sin perjuicio de las funciones de representación legal que corresponden a la Dirección.
e) Informar al Congreso y al Senado sobre la gestión de la Agencia cuando fuere requerido para ello.
f) Informar, al Ministerio de adscripción, al Ministerio de Hacienda y al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, acerca de la ejecución y cumplimiento de los objetivos fijados en el contrato de gestión.
g) Presentar, al titular del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, el informe anual de actividad aprobado por el Consejo Rector, para su posterior remisión al Parlamento.
h) Ejercer las demás facultades y funciones que le atribuyan el presente estatuto, el Consejo Rector y las disposiciones vigentes.
i) Velar por el cumplimiento del presente estatuto y de sus normas de desarrollo.
3. En caso de ausencia, vacancia o enfermedad, le sustituirá la persona que ocupe la Vicepresidencia del Consejo Rector.


