Legislación › Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible.
Disposición adicional segunda. Aprobación del primer Documento de Orientaciones para la Movilidad Sostenible (DOMOS).
Disposición adicional segunda. Aprobación del primer Documento de Orientaciones para la Movilidad Sostenible (DOMOS).
En el plazo de dieciocho meses tras la entrada en vigor de esta ley, el Consejo de Ministros aprobará el primer DOMOS.
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