Legislación › Orden TMD/1538/2025, de 19 de diciembre, por la que se crea el distintivo honorífico al Mérito al Servicio Público en el Territorio, por la dedicación y excelencia en la Administración General del Estado en el Territorio.
Artículo 6. Características del distintivo honorífico.
Artículo 6. Características del distintivo honorífico.
El distintivo consistirá en una placa para las unidades distinguidas y en una insignia para las empleadas y empleados públicos con las características que se recogen en el anexo.


