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Legislación › Resolución de 15 de diciembre de 2025, del Instituto Social de la Marina, sobre formación sanitaria específica a distancia.

[preambulo]

El artículo 14 del Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar, establece que los capitanes, patrones y el personal encargado de la utilización, control y mantenimiento del botiquín a bordo deberán recibir una formación sanitaria específica que se actualizará obligatoriamente con una periodicidad máxima de cinco años, y que dicha formación, así como el reciclaje periódico deberán estar acreditados mediante la posesión de los correspondientes certificados de formación sanitaria.

La Regla VI/4 del Convenio de Formación, Titulación y Guardia de la Gente de Mar, STCW-78/95, establece los requisitos mínimos en materia de primeros auxilios y cuidados médicos, conforme a la Sección A-VI/4 del Código de Formación.

La Orden PJC/1424/2025, de 9 de diciembre, por la que se establecen los contenidos mínimos de los programas de formación sanitaria específica y las condiciones para la expedición y homologación del certificado de formación sanitaria de las personas trabajadoras del mar, desarrolla dichos contenidos mínimos en sus anexos I y II, y la disposición adicional única habilita al Instituto Social de la Marina a actualizar los objetivos, la duración y la temporalización de los cursos.

A fin de evitar desplazamientos y facilitar el acceso de los trabajadores del mar a la formación sanitaria desde sus puestos de trabajo y/o sus hogares, mediante el uso de nuevas tecnologías, el Instituto Social de la Marina ha diseñado unos cursos de formación sanitaria específica semipresencial en modalidad online, de acuerdo con los contenidos mínimos de los programas que están recogidos en la citada orden.

Por lo expuesto, con el objeto de regular el acceso y desarrollo de los cursos de formación sanitaria específica inicial y avanzada en modalidad semipresencial y, en virtud de las competencias que le atribuye el Real Decreto 504/2011, de 8 de abril, de estructura orgánica y funciones del Instituto Social de la Marina,

Esta Dirección resuelve:

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