Legislación › Real Decreto 141/2025, de 25 de febrero, por el que se establecen los requisitos esenciales de aeronavegabilidad de las aeronaves ultraligeras motorizadas (ULM) y por el que se modifica tanto la Orden de 31 de mayo de 1982 por la que se aprueba un nuevo Reglamento para la Construcción de Aeronaves por Aficionados, como el propio reglamento.
Artículo 3. Requisitos y obligaciones de las organizaciones de diseño.
Artículo 3. Requisitos y obligaciones de las organizaciones de diseño.
Para poder ser titulares de un certificado de tipo restringido para aeronaves ULM de las incluidas en el ámbito de aplicación de este real decreto, las organizaciones de diseño deben cumplir con las disposiciones de la presente sección.


